Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2001 (17/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2001

2001/INFRA/GG/PJ de la Oficina de Infraestructura y el Informe proyectado por la Oficina de Asesoria Juridica, de fechas 4 de MORDAZA, 18 de MORDAZA y 6 de noviembre de 2001, respectivamente, concernientes a la investigacion e inspeccion tecnica efectuada en el "Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA - Ucayali", ejecutado por la Empresa Contratista "Intimpa Ingenieros Contratistas Generales S.R.Ltda.", por la sustitucion y utilizacion de materiales distintos a los estipulados en el Expediente Tecnico y planos de la Obra; CONSIDERANDO: Que, luego de la inspeccion tecnica practicada por la Oficina de Inspectoria General, con fecha 30 de marzo de 2001, se concluyo que en la construccion del "Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA - Ucayali", se utilizaron materiales distintos a los estipulados en el expediente tecnico de la Obra, lo que supone la comision del delito de Estafa previsto y penado por el Articulo 196º del Codigo Penal en agravio del Poder Judicial, cuyos responsables serian los representantes de la firma Contratista "Intimpa Ingenieros Contratistas Generales S.R.Ltda." y ex funcionarios del Poder Judicial, y que a su vez ha significado un perjuicio economico al Poder Judicial por las deficiencias constructivas que presenta la Obra y que deberan ser reparadas por este Poder del Estado; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 283-2001GG-PJ, de fecha 11 de junio de 2001, se aprueba la Liquidacion Final de la Obra, estableciendose un saldo a cargo de la Empresa Contratista "Intimpa Ingenieros Contratistas Generales S.R.Ltda." de S/. 55,889.10, por concepto de multa por retraso injustificado en la entrega de la Obra, monto que debe ser recuperado por el Poder Judicial; Que, en consecuencia es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que interponga las acciones civiles y penales correspondientes contra los que resulten responsables, de conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4) del Articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465 y Ley Nº 27536; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Gerente General de la Empresa Contratista "Intimpa Ingenieros Contratistas Generales S.R.Ltda.", Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Supervisor de la Obra, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA Lovera, ex miembros del Comite de Recepcion de la Obra y otros que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 34630

VISTO; el expediente que contiene la Investigacion numero treintidos guion dos mil uno MORDAZA, instaurada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretario en lo Penal del Primer Juzgado de Paz Letrado del distrito de La MORDAZA, comprension del Distrito Judicial de Lima; de conformidad con la propuesta de destitucion formulada por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion del diecisiete de MORDAZA del dos mil uno, obrante de fojas ochentinueve a fojas noventidos, y CONSIDERANDO: que de lo actuado en el presente MORDAZA investigatorio, queda debidamente acreditado el cargo imputado al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien aprovechandose de sus funciones como Secretario en lo Penal del Primer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, requirio suma de dinero a una justiciable, la misma que, al denunciar el hecho ante la Oficina de Control de la Magistratura hizo posible la intervencion de la Unidad Operativa Movil de la referida Oficina de Control lo que permitio comprobar que el citado servidor solicito y recibio dinero de una litigante; que, tal conducta indebida constituye grave atentado contra la administracion de justicia y la respetabilidad de este Poder del Estado; por tales motivos, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treintiuno del Articulo ochentidos de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley numero veintisiete mil cuatrocientos sesenticinco, en concordancia con los Articulos doscientos dos y doscientos once del mismo cuerpo normativo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en Sesion Extraordinaria de la fecha, de conformidad con los informes emitidos por Asesoria Legal y por el senor Consejero designado, con el MORDAZA de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bernardini, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, y Ordonez MORDAZA, ACORDO: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretario en lo Penal del Primer Juzgado de Paz Letrado del distrito de La MORDAZA, comprension del Distrito Judicial de Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 34659

Imponen medida disciplinaria de destitucion a Clasificador Distribuidor del Centro de Distribucion General del Modulo Basico de Justicia de Chulucanas del Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 33-2001 PIURA-TUMBES MORDAZA, ocho de noviembre del dos mil uno.VISTO; el expediente que contiene la Investigacion numero treintitres guion dos mil uno, instaurada contra MORDAZA MORDAZA Llacsahuanga MORDAZA, por su actuacion como Clasificador Distribuidor del Centro de Distribucion General del Modulo Basico de Justicia de Chulucanas, comprension del Distrito Judicial de Piura; de conformidad con la propuesta de destitucion formulada por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolucion del diecisiete de MORDAZA del dos mil uno; y CONSIDERANDO; Que, de lo actuado en el presente MORDAZA investigatorio, han quedado debidamente acreditados los cargos imputados al citado servidor quien aprovechando indebidamente las facultades que le fueron encargadas como Clasificador Distribuidor del Centro de Distribucion General del Modulo Basico de Justicia de Chulucanas, sustrajo y se apodero de dos certificados de deposito judicial; hizo uso indebido de los sellos del Juzgado Especializado en lo Penal de dicho Modulo de Justicia, llegando a falsificar las firmas del Juez y del

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Imponen medida disciplinaria de destitucion a Secretario en lo Penal del Primer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 032-2001-LIMA MORDAZA, ocho de noviembre del dos mil uno

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