Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2001 (23/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

FE DE ERRATAS ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 118-2001-PCM

Mediante Oficio Nº 3299-2001-PCM/SG-200 la Presidencia del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 118-2001-PCM, publicado en la edicion del dia 14 de noviembre de 2001, en la pagina 212599.

Pag. 212982

DICE:

GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA (...)

DEBE DECIR:

GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA (...)

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCION DE RECLAMOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO - TRASS Pago de Derechos Automatico Positivo (a) Gratuito 30 dias habiles 30 dias habiles Area de Administracion Documentaria y Archivo 30 dias habiles (c) Negativo (b) Evaluacion Previa Silencio Administrativo No Regulado Dependencia donde se inicia el tramite Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento, TRASS Autoridad que aprueba/resuelve Calificacion Recurso de Reconsideracion Recurso de Apelacion Autoridad que resuelve recursos impugnativos No amerita No amerita



Denominacion de procedimiento

Requisitos

7 Recursos de Apelacion de Usuarios (Res. Sup. Nº 765-99-SUNASS)

NORMAS LEGALES

El Recurso de Apelacion presentado por escrito ante la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS dentro de los quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la resolucion dictada por la primera instancia de la EPS. 8 Recursos de aclaracion o Escrito dirigido al Presidente del Tribunal dentro de los rectificacion (Res. Sup. quince dias habiles computados desde la notificacion de Nº 765-99-SUNASS) la resolucion a aclarar y/o rectificar. Gratuito Gratuito 30 dias habiles (d) Area de Administracion Documentaria y Archivo Area de Administracion Documentaria y Archivo Area de Administracion Documentaria y Archivo

No amerita

No amerita

9 Recursos de Apelacion de Usuarios (Resolucion Nº 033-2001-SUNASSCD) Gratuito 10 dias habiles (e)

Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento, TRASS Tribunal de Solucion de Controversias

No amerita

No amerita

El Recurso de Apelacion presentado por escrito ante la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS dentro de los quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la resolucion dictada por la primera instancia de la EPS. 10 Solicitud de aclaracion o Escrito dirigido al Presidente del Tribunal dentro de los rectificacion (Resolucion quince dias habiles computados desde la notificacion Nº 033-2001-SUNASS- de la resolucion a aclarar y/o rectificar. CD)

Tribunal de Solucion de Controversias

No amerita

No amerita

(a) Es silencio administrativo positivo si la EPS elevo al Tribunal el expediente de reclamo sin la informacion necesaria para resolver la causa, si emitio Resoluciones Ambiguas u oscuras, si no actuo las pruebas pertinentes para determinar con seguridad lo fundado o infundado del reclamo o si elevo los autos fuera del plazo senalado en la Res. Superintendencia Nº 765-99-SUNASS. (b) Es silencio administrativo negativo si la EPS no incurrio en ninguno de los supuestos senalados para el silencio administrativo positivo. (c) La Res. Superintendencia Nº 765-99-SUNASS no contempla la figura del Silencio positivo o negativo, solo establece que el TRASS tiene 30 dias habiles para resolver. (d) Cuando la complejidad del caso lo amerite, el Tribunal de Solucion de Controversias podra ampliar hasta en veinte (20) dias habiles adicionales el plazo para resolver. (e) La Resolucion Nº 033-2001-CD no contempla la figura del Silencio positivo o negativo, solo establece que el TRASS tiene 10 dias habiles para resolver.

(...)

MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2001

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