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Pág. 213124 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de noviembre de 2001 diendo l o establecido para el incumplimiento de las operaciones. Artículo 17º.- Transferencia de las Operaciones La transferencia de operaciones se realizará a través de procesos periódicos, cuyos archivos serán transferi- dos de la Bolsa de Valores de Lima, al computador de CAVALI ICLV S.A., en intervalos de una (1) hora, a partir de las 09.45 horas hasta las 14.00 horas del mismo día. La información de las operaciones deberá ser remiti- da como máximo hasta las 14.30 horas del día de la operación. Dicha información es la siguiente: (a) Fecha de Operación (b) Hora de Operación (c) Número de Operación (d) Moneda (e) Participante comprador (f) Participante vendedor (g) Cantidad o Monto del documento(Monto nomi- nal) (h) Monto Efectivo Negociado (precio por cantidad o monto del documento) (i) Precio (j) Plazo (en días) (k) Instrumento (l) Fecha de Liquidación (m) Indicador de Carta Fianza (n) Indicador de Liquidación Directa a través de CAVALI ICLV S.A.. (o) Estado de la operación Artículo 18º.- Presentación de Comitentes a CAVALI ICLV S.A. La presentación de comitentes a CAVALI ICLV S.A. la realizarán los participantes. Para aquellos casos que la fecha de liquidación (FL1) de la operación sea T+1, T+2 o T+3, se deberá realizar como máximo hasta las 19.00 horas del día T. Este proceso se realizará a través de la opción correspondiente en el sistema. De existir incon- venientes con las comunicaciones, se aplicará el procedi- miento de contingencia, es decir, la presentación de comitentes a través de medios magnéticos. Para el caso de las operaciones cuya fecha de liquida- ción fuera pactada para el mismo día (PH), la asignación de comitentes deberá efectuarse a más tardar hasta las 15.00 horas del día T, a través del procedimiento descrito precedentemente. Los datos que deberán ser registrados en el sistema, serán los siguientes: (a) Fecha de Operación (b) Nro. de Operación (c) Fecha de Liquidación (d) Instrumento (e) Fecha de vencimiento del documento (f) Cantidad(*) (g) Comitente(*) (h) Indicador de Fianza(*) (i) Monto de la Carta Fianza(*) (j) Comisión S.A.B.(*) (*) Datos por comitente El sistema validará los datos registrados por el par- ticipante con los datos enviados por la Bolsa de Valores de Lima. De existir alguna discrepancia el sistema mos- trará un mensaje de error y no procesará ningún regis- tro, devolviendo el archivo al participante para su co- rrección. Artículo 19º.- Cálculo de Importes de Opera- ción y Retribuciones Sobre la base de los datos registrados por los partici- pantes y los enviados por la Bolsa de Valores de Lima, el sistema de CAVALI ICLV S.A. procederá a calcular los importes a liquidar por los participantes por cada opera- ción-comitente, incluyendo el importe de las retribucio- nes aplicadas en cada caso. El procedimiento actual de emisión de pólizas, será aplicado de igual forma en este tipo de operacione s.Artículo 20º.- Modificación de Operaciones Los participantes podrán solicitar la modificación de sus operaciones, hasta antes de la liquidación. En tal sentido, se permitirán los siguientes tipos de modifica- ción: (a) Modificación de comitentes (cambio total, desdo- ble y fusión) (b) Anulación o reducción de operaciones (con la aprobación previa de la contraparte y del Direc- tor de Mercados de la Bolsa de Valores de Lima). (c) Cambio de comisión SAB. (d) Cambio de FL1 (con la aprobación previa de la contraparte y del Director de Mercados de la Bolsa de Valores de Lima). El procedimiento para la modificación de operacio- nes y el plazo máximo para su realización, será el aplica- ble para las operaciones realizadas con instrumentos representativos de deuda en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de la Valores de Lima. La modificación de operaciones para ser liquidadas en “T” podrá ser solicitada hasta las 16.00 horas del mismo día, en tanto dichas operaciones no hayan sido liquidadas. Artículo 21º.- Control de Cartas Fianzas Los participantes que hubieran negociado instru- mentos garantizados con cartas fianzas, y cuyos da- tos fueran registrados al momento de la presentación de la información a CAVALI ICLV S.A., deberán hacerle llegar las correspondientes cartas fianzas antes de las 16.00 horas de la fecha de liquidación de la operación. Las cartas fianzas entregadas deberán cumplir con las siguientes características: (a) Estar emitidas a favor de CAVALI ICLV S.A. (b) Ser solidarias, irrevocables y de realización au- tomática (c) Tener una fecha de vencimiento de 5 días poste- riores a la fecha de vencimiento del instrumento negociado. (d) Estar emitidas por los bancos con categoría ma- yor a B. (e) El importe deberá ser igual o mayor al 105% del monto de la operación. En caso, se requiera la ejecución de la carta fianza, CAVALI ICLV S.A. deducirá del monto de la carta fianza, los gastos en que hubiera incurrido en la ejecu- ción de la misma. La ejecución de la carta fianza podrá ser solicitada a través de la SAB del comitente respectivo. Capítulo II Incumplimiento en la Liquidación de las Operaciones Artículo 22º.- Efectos del Incumplimiento En caso se produzca un incumplimiento en la liquidación de las operaciones por cualquiera de las partes, la operación quedará sin efecto extinguiéndo- se las obligaciones de las sociedades agentes de bolsa intervinientes. Ello sin perjuicio de la suspensión para operar en la siguiente sesión del MIENM y de la Rueda de Bolsa a la sociedad agente de bolsa que incumplió. Artículo 23º.- Control de la Liquidación CAVALI ICLV S.A. efectuará el control de la liquida- ción oportuna de las operaciones, informando a la Direc- ción de Mercados de la Bolsa de Valores de Lima y a los participantes afectados, los incumplimientos incurri- dos, a fin de que se apliquen las medidas correspondien- tes. A los efectos de considerar como incumplida una operación, CAVALI ICLV S.A. preparará un informe con las operaciones no liquidadas y dejará constancia que dichas operaciones han quedado sin efecto.