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Pág. 210837 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de octubre de 2001 Establecen disposiciones para la cancelación de deuda de Electrope- rú S.A. con el Consorcio Electrowatt- Motlima DECRETO SUPREMO Nº 204-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERÚ S.A. celebró con el Consorcio ELECTROWATT-MOTLIMA, un Contrato de Presta- ción de Servicios Profesionales de Ingeniería para la Ejecución y Supervisión de las Obras de la Central Hidroeléctrica Restitución, Mantaro I - III Etapa; Que, parte del referido Contrato de Prestación de Servicio fue financiado con cargo al Convenio de Présta- mo aprobado por Decreto Supremo Nº 275-80-EF, cele- brado entre ELECTROPERÚ S.A. y varios bancos e instituciones financieras, actuando como agente el Cre- ditt Suisse First Boston Limited, con la garantía de la República del Perú, actuando a través de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE - hasta por la suma de US$ 16 000 000,00 (DIECISEIS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinados a finan- ciar la Supervisión de Obras y Proyecto Ejecutivo de la Central Hidroeléctrica de Restitución Mantaro I - III Etapa incluyendo el reajuste de precios; Que, por Decreto Supremo Nº 079-92-EF, se aprobó el Acuerdo de Reescalonamiento de Deudas Peruanas, sus- crito entre los Gobiernos de la Confederación Suiza y del Perú, en el marco de la Minuta del Club de París 1991, en el cual se incluyó el saldo pendiente de la deuda de ELECTROPERU S.A. con el Consorcio ELECTROWATT - MOTLIMA derivada del referido Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Ingeniería; asumiendo el Estado la atención del servicio de estas obligaciones; Que, resulta necesario establecer los términos y con- diciones bajo los cuales ELECTROPERU S.A. reem- bolsara al Ministerio de Economía y Finanzas los montos incluidos en el Acuerdo de Reescalonamiento de Deudas Peruanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 079-92- EF; De conformidad con los numerales 8) y 17) del Artícu- lo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase a ELECTROPERU S.A. a cancelar al Ministerio de Economía y Finanzas, el monto de Fr.Sz. 2 748 057,04 (DOS MILLONES SETECIEN- TOS CUARENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y SIETE Y 04/100 FRANCOS SUIZOS) más los intereses genera- dos hasta la fecha del pago, correspondientes a las obligaciones con el Consorcio ELECTROWATT - MOTLI- MA, que fueron incluidas en el Acuerdo de Reescalona- miento de Deudas Peruanas aprobado por Decreto Su- premo Nº 079-92-EF. Artículo 2º.- Los intereses de la deuda que se mencio- na en el artículo precedente, comprendidos entre el 20 de julio de 1987 hasta la fecha efectiva de pago, serán calculados a una tasa del 7,625% anual, conforme se establece en el Acuerdo de Reescalonamiento de Deudas Peruanas aprobado por Decreto Supremo Nº 079-92-EF. Artículo 3º.- Autorízase a ELECTROPERU S.A. a efectuar la transferencia de fondos, indistintamente, en Francos Suizos o su equivalente a Dólares Americanos, considerando el tipo de cambio establecido en la Página Reuters en el código FXXZ, al cierre del día del mercado de Nueva York, del día anterior a la fecha de la referida transferencia; con lo cual ELECTROPERÚ S.A. realiza- rá los ajustes contables que se requieran para dar por cancelada la deuda con el Consorcio ELECTROWATT - MOTLIMA, incluida en los alcances del Decreto Supre- mo Nº 079-92-EF. Artículo 4º.- Autorízase al Director General de Cré- dito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir la documentación que se requiera para imple- mentar lo establecido en este dispositivo legal.Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo es refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de octubre del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 32205 Aceptan donación que otorgará el Go- bierno del Japón para financiar la prepa- ración del Segundo Préstamo Programático de Reforma Social RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 468-2001-EF Lima, 1 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Japón, a través del Banco Inter- nacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF- ha acor- dado otorgar al Gobierno de la República del Perú una donación hasta por la suma de US$ 653 000,00 (SEIS- CIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL Y 00/100 DOLA- RES AMERICANOS), para financiar la preparación del Segundo Préstamo Programático de Reforma Social; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida donación, por cuanto constituye una valiosa contribución, así como autorizar la suscripción de la Carta Convenio correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 909, el Decreto Legislativo Nº 719 y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación que otorgará el Gobierno del Japón a través del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-, al Gobierno de la República del Perú, hasta por la suma de US$ 653 000,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar la prepara- ción del Segundo Préstamo Programático de Reforma Social, en las condiciones establecidas en la Carta Con- venio a ser suscrita. Artículo 2º.- Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas para que conjuntamente con el Ministro de Relaciones Exteriores, o quienes éstos designen, suscri- ban la Carta Convenio, así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los demás documentos que se requieran para implementar la citada donación. Artículo 3º.- Designar, a la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales (UCPS) del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas como el Organismo Ejecutor de la donación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 32207