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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (12/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 211127 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de octubre de 2001 P R E S Declaran improcedente impugnación contra resolución que sancionó con destitución a ex Presidente Ejecutivo del CTAR Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2001-PRES Lima, 2 de octubre del 2001 Visto, el Informe Nº 015-2001-PRES/CEPAF de la Comisión Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector - Ministerio de la Presidencia, designada mediante Resolución Ministerial Nº 285-2001- PRES y el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Ing. José Tomás Gonzales Reátegui, Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Región Loreto, contra la Resolución Ministerial Nº 272-2001-PRES del 26 de julio de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 061-99- PRES publicada con fecha 4 de marzo de 1999, se instau- ró proceso administrativo disciplinario al Ing. JOSÉ TOMÁS GONZALES REATEGUI, ex Presidente Ejecu- tivo del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Región Loreto, por haber transgredido sus fun- ciones y obligaciones propias de la Carrera Administra- tiva, y haber incurrido en faltas de carácter disciplinario por incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; Que, por Resolución Ministerial Nº 111-99-PRES de fecha 27 de abril de 1999, se resolvió suspender el proceso administrativo disciplinario, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 139º, inciso segundo de la Cons- titución Política del Perú y en el Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en tanto el Poder Judicial emitiera pronunciamiento firme respecto a la denuncia penal formalizada por el Fiscal Penal de Maynas el 16 de abril de 1999, contra el mencionado ex funcionario; Que, en mérito a lo informado por el Procurador Público del Sector mediante los Informes Nºs. 034-2000- PRES-PP del 21 de marzo de 2000, 075-2000-PRES-PP del 29 de mayo de 2000 y 083-2001-PRES-PP del 10 de julio de 2001, se expidió la Resolución Ministerial Nº 272- 2001-PRES del 26 de julio de 2001, por la cual se resuelve imponer la Sanción de Destitución al Ing. José Tomás Gonzales Reátegui, al haber determinado su responsabi- lidad administrativa por los hechos descritos en los literales a), b) y c) del numeral 5.2 del Informe Final del Grupo Especial de Trabajo de la Comisión de Fiscaliza- ción del Congreso de la República, incumpliendo sus funciones previstas en los incisos a), b) y d) del Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por De- creto Legislativo Nº 276; Que, contra dicha Resolución Ministerial, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 98º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 94-JUS, se interpone el Recurso impugnativo materia de la presente Resolución, con el objeto de que se deje sin efecto la sanción impuesta; Que, estando a la norma legal precedente, el recurso de reconsideración se interpone ante el mismo órgano que dictó la primera resolución impugnada, debiendo necesariamente sustentarse con nueva prueba instru- mental; Que, constituyendo el recurso de reconsideración un medio impugnativo que tiene por objeto posibilitar que el órgano que expidió la resolución impugnada pueda nue- vamente considerar el caso a la luz de nueva prueba instrumental y no obrando en autos la precitada pruebaa merituarse, el recurso interpuesto no se encuentra dentro de los alcances de la norma acotada, por lo que no resulta amparable; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, el Decreto Ley Nº 25556, el Decreto Legislativo Nº 276, los Capítulos XII y XIII del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los Artículos 8º inciso "a" (modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26810) y 98º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor ingeniero José Tomás Gonzales Reátegui, contra la Resolución Ministe- rial Nº 272-2001-PRES, la misma que se ratifica en todos sus extremos por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Declarar agotada la vía administrativa con la expedición de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 32481 Constituyen Consejo Consultivo en el departamento de Ica encargado de pro- poner ejecución de obras públicas para superar daños sufridos a causa del fenómeno "El Niño" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2001-PRES Lima, 3 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, el Minis- terio de la Presidencia tiene como finalidad atender las necesidades de la población a través del desarrollo de obras de infraestructura básica y programas sociales; Que, resulta necesario constituir en el departamento de Ica un Consejo Consultivo que sirva de foro para el análisis y debate de propuestas y proyectos relacionados con las acciones de reconstrucción y desarrollo de dicho departamento, tendentes a la recuperación social y eco- nómica de su población; Que, dicho Consejo Consultivo debe recoger la partici- pación amplía de los diversos sectores sociales, institu- cionales y productivos del departamento de Ica a efecto de asegurar el consenso respecto de las obras de inver- sión pública a ser ejecutadas por las entidades y organis- mos públicos pertenecientes al Sector Presidencia, las mismas que deben caracterizarse por su gran impacto social y económico en beneficio de la población que sufrió los estragos del fenómeno "El Niño"; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir en el departamento de Ica el Consejo Consultivo, encargado de estudiar y proponer al Ministro de la Presidencia la ejecución de obras públicas de rehabilitación, construcción, reconstrucción y desarro- llo que resulten necesarias para superar los daños sufri- dos en su infraestructura básica a causa del fenómeno "El Niño". Artículo 2º.- El Consejo Consultivo tendrá como funciones principales las siguientes: