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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (12/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 211132 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de octubre de 2001 del contrato establecido como monto máximo de la san- ción según el Artículo 5.11.4 del RULCOP; Que, dicha Resolución fue notificada notarialmente al contratista, mediante Oficio Nº 10461-1999-GO-PRES- INFES, y Nº 2239-2000-GA-PRES-INFES señalándose en ambas ocasiones que el destinatario no domicilia en la dirección indicada; motivo por el cual se notificó nueva- mente mediante Edicto, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 1 de julio de 2001, sin que dentro del plazo para su impugnación se haya formulado recurso alguno contra la Resolución, por lo que ésta ha quedado consentida; Que, en consecuencia es necesario facultar al Procura- dor Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, a efectos de que inicie las acciones judiciales pertinentes contra el contratista; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia a iniciar las acciones judiciales a que hubie- ra lugar contra la firma contratista Promotores de Obras Civiles S.A. - PROMOCI S.A., por los hechos y funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presen- te resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Público del Sector, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 32483 Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales a contratistas por pre- sunta responsabilidad en la ejecución de obras de infraestructura y alcanta- rillado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 351-2001-PRES Lima, 3 de octubre del 2001 Visto los Oficios Nºs. 500 y 723-2001-GG-PRES-IN- FES del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autorice al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el Contratista GUILLE CONTRATISTAS GENE- RALES S.R.LTDA.; CONSIDERANDO: Que, por Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, suscrito el 23 de noviembre de 1994, el Instituto de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, con- trató con el Contratista GUILLE CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA., la ejecución de obras de infra- estructura en el C.E. Nº 38455, ubicado en el distrito de Huancapi, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, materia de la Licitación Pública Nº 347-94- PRES-INFES; Que, ejecutada la obra física, fue recepcionada por la Comisión de Recepción mediante Acta suscrita el 3 de marzo de 1997, habiéndose aprobado la liquidación final del contrato de obra mediante Resolución de GerenciaGeneral Nº 1442-97-PRES-INFES del 25 de setiembre de 1997; Que, posteriormente, con fecha 14 de julio de 2000 habiéndose realizado una visita de inspección, se detec- taron deficiencias constructivas, cuyo detalle se consig- na en el Informe Nº 078-2000-OCD-PRES-INFES del 17 de julio de 2000, emitido por la Oficina Zonal VI - Ayacucho, a raíz del cual, la Gerencia de Obras mediante Oficio Nº 9277-2000-GO-PRES-INFES del 20 de setiem- bre de 2000, recepcionado el 21 del mismo mes y año, requirió al Contratista GUILLE CONTRATISTAS GE- NERALES S.R.LTDA., la reparación de las deficiencias constructivas detectadas, sin que hasta la fecha haya cumplido; Que, por Resolución de Gerencia General Nº 568- 2000-PRES-INFES del 23 de octubre de 2000, se aprobó el Presupuesto Analítico ascendente a la suma de S/. 7 168,69 (Siete mil ciento sesenta y ocho y 69/100 Nuevos Soles) que se requiere para la ejecu- ción de los trabajos de reparación de las deficiencias constructivas detectadas en la obra C.E. Nº 38455, ubicado en el Huancapi, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, la que fue notificada a la Contratista mediante Oficio Nº 10659-2000-GO- PRES-INFES, recepcionado el 26 de octubre de 2000 habiendo interpuesto Recurso de Nulidad, que fue calificado como de Apelación, conforme a lo dispuesto por el Artículo 103º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 94-JUS, y resuelto por Resolución del Consejo Direc- tivo Nº 033-2001-PRES-INFES del 5 de abril de 2001, declarándolo infundado; con cuya notificación efec- tuada mediante Oficio Nº 037-2001-SG-PRES-INFES del 5 de abril de 2001, recepcionado el 6 del mismo mes y año, ha quedado agotada la vía administrativa; Que, la responsabilidad del Contratista GUILLE CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA., está plena- mente acreditada, conforme a lo convenido contractual- mente en la Cláusula 4.0 - Obligaciones del Contratista, numeral 4.2 y 4.11, del Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada; responsabilidad que se extiende por el lapso de siete (7) años, conforme a lo estipulado en la Cláusula 8.0 - Finales, numeral 8.1., de acuerdo a lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 32º de la Resolución Nº 001-94-EF/76.01; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judi- ciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el Contra- tista GUILLE CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA.; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Infraestructura; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17677 y el Artículo 34º del Reglamen- to de Organización y Funciones del Ministerio de la Presidencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el Contratista GUILLE CONTRA- TISTAS GENERALES S.R.LTDA., y otros que resul- ten responsables, por las razones y los hechos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al referido Procurador Público del Sector para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 32484