Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2001 (25/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES
PROHIBICION

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SALUD
Constituyen el Patronato del Hospital Nacional "Dos de Mayo"
DECRETO SUPREMO Nº 025-2001-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Hospital Nacional "Dos de Mayo", es uno de los Nosocomios mas antiguos del MORDAZA, se remonta su fundacion a 1552, con el nombre de Hospital Real de "San Andres", MORDAZA de Misericordia durante la Colonia; Que la construccion del Hospital Nacional "Dos de Mayo", se inicio el 1 de MORDAZA de 1868, debido a la epidemia de la fiebre amarilla que afecto seriamente a la poblacion; Que dicha construccion fue llevada a cabo por la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, siendo inaugurado el 28 de febrero de 1875 con la asistencia del Presidente Provisorio de la Republica don MORDAZA DIEZ CANSECO, contando con la asistencia de los Ministros de Estado, Embajadores, la Congregacion religiosa de los Hijos de la MORDAZA de San MORDAZA de Paul; Que la obra se considero como el mejor Hospital de MORDAZA del Sur, y llevo el nombre "Dos de Mayo" en homenaje a la gloriosa MORDAZA del Combate del Dos de MORDAZA en el Callao; Que el Hospital en mencion, atiende a gran numero de pacientes de escasos recursos economicos, contando con numerosos servicios especializados; Que es necesario modernizar la infraestructura de su edificacion para mejorar el servicio de salud, respetando las que constituyan Patrimonio Cultural de la Nacion; Que para ello es necesario contar con importantes recursos financieros; De conformidad con lo establecido en el Articulo 118º inciso 8) de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: OBJETO Articulo 1º.- Constituyase el Patronato del Hospital Nacional "Dos de Mayo" (PAHNDM), con el objetivo de mejorar el servicio de salud que presta dicho establecimiento. FINALIDAD Articulo 2º.- El PAHNDM tiene los siguientes fines: Promover y administrar actividades diversas para recaudar fondos, con financiamiento interno-externo, para la construccion de nuevas edificaciones en el Hospital Nacional "Dos de Mayo", asi como para incrementar su equipamiento. CONSEJO DIRECTIVO

Articulo 5º.- Los Miembros del Patronato no podran recibir ninguna retribucion, asignacion, dieta u otro aporte economico, cualquiera fuere su denominacion. REFRENDO Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre del ano dos mil uno. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 33337

Dan por concluida designacion de Director Tecnico de la Direccion Subregional de Salud V, MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 413-2001-SA MORDAZA, 23 de octubre del 2001 Visto el Oficio Nº 0963-DG-DISA.V.LC-2001 de la Directora General de la Direccion de Salud V, MORDAZA Ciudad; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema Nº 239-2001-SA, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA ORREGO MORDAZA, en el cargo de Director Tecnico, Nivel F-5 de la Direccion Subregional de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; Que es conveniente dar por concluida dicha designacion del mencionado funcionario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276, y el Decreto Ley Nº 25515; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Dar por concluida, a partir de la fecha de la presente Resolucion, la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA ORREGO MORDAZA, en el cargo de Director Tecnico, Nivel F-5, de la Direccion Subregional de Salud V, MORDAZA MORDAZA, del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 3º.- El Concejo Directivo esta conformado de la manera siguiente: - Un representante del Presidente de la Republica, quien lo presidira; - Un representante del Ministerio de Salud; - Un representante de la Iglesia Catolica de Lima; - El MORDAZA de MORDAZA o su representante; - El MORDAZA de La MORDAZA o su representante; - Un representante de la Beneficencia Publica de Lima; - Un representante del Instituto Nacional de Cultura; - El Director General del Hospital Nacional "DOS DE MAYO" o su representante; - Un representante de la Policia Nacional del Peru; - Un representante del Cuerpo Medico. RECURSOS Articulo 4º.- Constituyen Recursos del Patronato: a. Los legados y donaciones que obtengan; b. Los provenientes de convenios que celebre; c. Otros que puedan captar con arreglo a Ley.

Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 33327

Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Bienestar Social
RESOLUCION SUPREMA Nº 414-2001-SA MORDAZA, 23 de octubre del 2001 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515;

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