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Pág. 211885 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de octubre de 2001 to, almuerzos y cenas, transporte interno y tarifas aero- portuarias. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 025 y la Ordenanza Nº 335; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Fede- rico Enrique Trelles García, funcionario del Instituto Catastral e Informático de Lima - ICIL, a la ciudad de Madrid, España, del 28 de octubre al 1 de diciembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Otorgar con cargo al presupuesto del Instituto Catastral e Informático de Lima, una asigna- ción de US$ 640.00 (seiscientos cuarenta y 00/100 dóla- res de los Estados Unidos de América), para cubrir los conceptos señalados en la parte considerativa, de acuer- do con el siguiente detalle: Viáticos :US$ 465.00 Gastos de traslado :US$ 150.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- El citado funcionario deberá presentar dentro de los 15 (quince) días posteriores a su retorno, un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, conjuntamente con la rendición de cuentas, de conformidad con la Ordenanza Nº 335. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ELENA SUAREZ PONGO Directora Ejecutiva 33304 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Suspenden otorgamiento de licencias de funcionamiento para los giros de agencia de viajes, turismo y comisio- nistas de venta de pasajes en diversas vías del distrito ORDENANZA Nº 042-MDB Breña, 17 de octubre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; VISTO: El Informe Nº 121-2001-OR/MDB de fecha 15 de octubre del año 2001, de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Locales tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme el numeral 7 del Artículo 68º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, es facultad de la Municipalidad otorgar Licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industrias y de servi- cios y controlar su funcionamiento. Asimismo en elnumeral 8 del Artículo 10º se establece que, es compe- tencia de las Municipalidades planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspon- dientes; Que, en la actualidad, la sede de la Dirección Gene- ral de Migraciones se encuentra en la Jurisdicción del distrito de Breña, razón por lo que en sus cercanías se han aperturado numerosos establecimientos comercia- les dedicados a agencias de viajes y turismo, agencias comisionistas de venta de pasajes. Asimismo, ante esta proliferación ha traído como consecuencia la existencia de "tramitadores" con vínculos para la fal- sificación de "lavado" de pasaportes y visas, tal como es de conocimiento público, por diversos medios de comunicación social; Con las atribuciones que confiere el numeral 3 del Artículo 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Nº 23853; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la si- guiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS GIROS DE AGENCIA DE VIAJES, TURISMO Y COMISIONISTA DE VENTA DE PASAJES Artículo 1º.- SUSPENDASE temporalmente, a partir del día siguiente de la publicación de la pre- sente norma, el otorgamiento de Licencias de Funcio- namiento, para los giros de Agencia de Viajes, Turis- mo y Comisionistas de Venta de Pasajes; en las calles que se señalan: - Av. Bolivia, cuadras 6, 7 y 8. - Av. España, cuadras 6 y 7. - Psje. Nacarino, cuadra 1. - Jr. Iquique, cuadras 6, 7 y 8. - Av. Arica, cuadras 3, 4 y 5. - Jr. Huaraz, cuadras 6, 7, 8 y 9. - Jr. Rebeca Oquendo, cuadras 3 y 4. - Jr. Jorge Chávez, cuadras 7 y 8. - Av. República de Portugal, cuadras 2, 3 y 4. - Jr. Gral. Felipe Varela, cuadras 7, 8 y 9. Artículo 2º.- ESTABLEZCANSE procedimientos de fiscalización en los establecimientos que hubieren obteni- do Licencias de Funcionamiento con los giros indicados en el artículo precedente. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presen- te Ordenanza a la Oficina de Renta y a la Unidad de Imagen Institucional su publicación y difusión. Artículo 4º.- FACULTAR al Alcalde para que me- diante decreto, dicte las disposiciones necesarias y com- plementarias para la debida ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 33299 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Declaran nulo proceso de adjudica- ción directa selectiva para la compra de asfalto en caliente RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 471-2001 La Molina, 19 de octubre de 2001