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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (26/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

Pág. 211886 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de octubre de 2001 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, el Informe Nº 107-MDLM-DOPIU-01 de la División de Obras Públicas e Infraestructura Urbana mediante el cual solicitan se deje sin efecto la Buena Pro otorgada a la empresa EMULTEC S.A.C. para proveer de asfalto en caliente, por las razones expuestas en el mismo; CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de fecha 6.9.2001 el Comité Especial Permanente nombrado por Resolución de Al- caldía Nº 249-2001, otorga la Buena Pro de la Adjudi- cación Directa Selectiva de acuerdo al Cuadro Compara- tivo Nº 050/2001-UI, a la empresa EMULTEC S.A.C.; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Memo- rándum Nº 327-MDLM-AJ-2001 precisa que en el Proce- so de Adjudicación Directa Selectiva para la Adquisición de Asfalto en Caliente, no ha cumplido con la elaboración de los Términos de Referencia, documento en el que debió especificar las características y calidades técnicas del asfalto a adquirir, así como las condiciones mínimas que se debían exigir a las empresas postoras; Que, el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que la Nulidad de Oficio podrá declararse por el Titular del Pliego o la máxima Autoridad Administrativa, siempre y cuando se presenten las causales previstas en el Artículo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, antes de la celebración del contrato; Estando al mérito de lo expuesto y a las facultades contenidas en los Artículos 2º y 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR NULO el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la compra de Asfalto en Caliente, Tipo IV., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la Convocatoria al Proceso de Selección que corresponda de acuerdo a las formalidades de Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y a la Dirección de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 33303 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan celebración de matrimonio civil comunal en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2001-MSS Santiago de Surco, 23 de octubre de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 4º de la Constitu- ción Política del Perú, la Comunidad y el Estado prote-gen e specialmente a la familia, promueven el Matrimo- nio y los reconocen como institutos naturales y funda- mentales de la sociedad; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 233º del Código Civil, la regulación jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortaleci- miento, en armonía con los principios y normas procla- madas en nuestra Constitución; Que, en la jurisdicción de Santiago de Surco existe un alto índice de parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil contrayendo matrimo- nio; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el Matrimonio como Institución Natural y Fundamental de la Sociedad, cautelando de esta manera su legalidad y seguridad jurídica; Que por Ordenanza Nº 30-MSS del 11 de mayo del 2000 que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el numeral 1.05 estable- ce en el punto (I) que el pago por concepto de matrimo- nio civil comunal será aprobado por Decreto de Alcal- día; En conformidad con lo dispuesto en el Libro de Fami- lia, en sus Arts.: 233º, 234º, 248º del Código Civil; En uso de las facultades que se confieren en los incisos 6) y 17) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: 1.- AUTORIZAR la celebración del II Matrimonio Civil Comunal - 2001 en conmemoración al "Aniversario del Distrito", a llevarse a cabo el domingo 16 de di- ciembre de 2001, a horas 11.00 a.m. en la Plaza Mayor de Santiago de Surco. 2.- Disponer la exoneración de los plazos legales para la referida celebración. 3.- Disponer como único pago por todo concepto la cantidad de S/. 95.00 (Noventicinco y 00/100 Nuevos Soles), debiendo presentar los contrayentes los siguien- tes documentos: a) Certificado médico gratuito y constancia de haber recibido consejería preventiva de ETS, VIH y SIDA, otorgados por el Policlínico de la Municipalidad de San- tiago de Surco. b) Partidas de nacimiento originales de ambos con- trayentes o dispensa judicial. c) Fotocopia simple de los Documentos de Identidad (previa presentación del documento original). d) Declaración Jurada de domicilio de ambos contrayentes (o del que vive en Santiago de Surco), adjuntar fotocopia simple del recibo de energía eléc- trica o agua. e) Una foto tamaño carné de cada contrayente. f) Un testigo mayor de edad por cada contrayente, debidamente identificado. g) Publicación del Edicto Matrimonial (por cuenta de los contrayentes). 4.- La Unidad de Registros Civiles, verificará la documentación exigida que adjunten los interesados, y publicará los avisos durante 8 días en la vitrina de la referida dependencia. 5.- Encargar a Secretaría General, a través de la Unidad de Registros Civiles el cumplimiento del prese- nte Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 33302