Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2001 (04/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 4 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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velica, comprension del Distrito Judicial de Huancavelica, solicitada por las autoridades y pobladores de la referida comunidad; Que, mediante Informe Nº 03-2001-J-1JCHU-CSJHU, remitido al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, el Juez (S) del Juzgado Civil de Huancavelica, opina por la Creacion del Juzgado de Paz No Letrado del Centro Poblado Menor de MORDAZA Pata; fundamenta su informe en que dicha comunidad, que tiene una poblacion general de aproximadamente 1500 habitantes, se encuentra alejada de los Juzgados aledanos, lo que impide que sus habitantes accedan a una oportuna y eficaz administracion de justicia; Que, la creacion del Juzgado de Paz No Letrado del Centro Poblado Menor de MORDAZA Pata, contribuira en la solucion de los conflictos que afronten los pobladores de esta comunidad, coadyuvando a la mejor administracion de justicia en los lugares de la Republica con mayores dificultades de desarrollo; Que, el Oficio Nº 0835-2001-GG/PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que la creacion del Juzgado de Paz No Letrado del Centro Poblado de MORDAZA Pata es factible, ya que su implementacion y funcionamiento, no demandaran gastos en remuneraciones que por su naturaleza son rigidos e ineludibles, y que los requerimientos de bienes y servicios para el cumplimiento de sus funciones se atenderan de acuerdo a la disponibilidad de recursos presupuestarios y financieros para el presente Ejercicio Fiscal; Que, de conformidad con el Texto modificado del Articulo 82º inciso 24 de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Informe del senor Consejero Doctor MORDAZA MORDAZA Bernardini, en uso de sus atribuciones y en sesion ordinaria de la fecha; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de MORDAZA Pata, distrito de Yauli, provincia y departamento de Huancavelica, comprension del Distrito Judicial de Huancavelica. Articulo Segundo.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, a dictar las medidas jurisdiccionales y administrativas que MORDAZA necesarias para el funcionamiento y operatividad del Juzgado de Paz No Letrado, objeto de esta Resolucion. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara mayores gastos en remuneraciones ni contratacion de personal; cualquier requerimiento de bienes y servicios se atendera por la Gerencia General del Poder Judicial de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Fiscal de la Nacion, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes. Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 30235

Autorizan participacion de magistrada de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en curso sobre adopcion internacional que se realizara en Colombia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 101-2001-CE-PJ MORDAZA, 24 de agosto del 2001 VISTO: El Oficio Nº 3406-2001-P-CSJLI/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el citado oficio, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, hace de conocimiento que la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional, ha comunicado a ese Despacho que la doctora Luz MORDAZA Capunay MORDAZA de MORDAZA, Presidenta de la Sala de Familia de MORDAZA, ha sido seleccionada para participar en el Curso "Adopcion Internacional", el cual se llevara a cabo en el Centro Iberoamericano de Formacion de Cartagena de Indias, Colombia, del 24 al 28 de setiembre del presente ano; Que, asimismo, manifiesta que siendo el tema a tratar de suma importancia por referirse a la proteccion de la infancia, la participacion de la citada Magistrada, redundara en beneficio de los demas Magistrados de la Especialidad de Familia, por lo que, de conformidad con el Articulo 241º, inciso tercero, de la Ley Organica del Poder Judicial, resulta atendible la peticion que se formula; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones y en sesion ordinaria de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar la participacion de la doctora Luz MORDAZA Capunay MORDAZA de MORDAZA, Presidenta de la Sala de Familia de MORDAZA, en el Curso "Adopcion Internacional", a llevarse a cabo en Cartagena de Indias, Colombia, del 24 al 28 de setiembre del ano en curso; concediendosele, al efecto, la licencia correspondiente. Segundo.- El cumplimiento de la presente resolucion, no irrogara gasto alguno al pliego del Poder Judicial. Tercero.- La citada Magistrada, debera presentar un informe a este Organo de Gobierno, sobre el desarrollo del referido evento, dentro del plazo de 15 dias contados a partir de la fecha de su retorno. Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial y a las instancias correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 30236

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