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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (04/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 209539 NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de setiembre de 2001 J N E Convocan a candidato no proclamado para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Miraflores, provin- cia de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 634-2001-JNE Lima, 3 de setiembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 983-2001, iniciado con escrito recibido el 23 de agosto de 2001, remitido por el ciudada- no Eloy Francisco Laura Collanqui, comunicando el fallecimiento de Benigno Vargas Pampamallco quien desempeñaba el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, a fin que se le nombre como su reemplazante; CONSIDERANDO: 1º.- Que de autos aparece que Benigno Vargas Pampa- mallco, quien desempeñaba el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Miraflores, falleció en dicha locali- dad el 12 de julio de 2001, tal como consta de la partida de defunción expedida por la Municipalidad Distrital de Miraflores, corriente a fojas 3; 2º.- Que, la muerte pone fin a la persona, conforme lo establece el Artículo 61º del Código Civil; 3º.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, corresponde asumir el cargo de Regidor a Eloy Francisco Laura Collanqui, candidato no proclamado de la lista indepen- diente "Somos Miraflores 98"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Eloy Francisco Lau- ra Collanqui, candidato no proclamado de la lista indepen- diente "Somos Miraflores 98", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, debiendo juramentar el cargo que asume ante el Alcalde del citado concejo, para comple- tar el período de gobierno municipal 1999 - 2002, por fallecimiento del titular, Benigno Vargas Pampamallco. Artículo Segundo.- Otorgar la correspondiente cre- dencial a Eloy Francisco Laura Collanqui. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLIVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 30249 Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Oropesa, provin- cia de Quispicanchis RESOLUCIÓN Nº 635-2001-JNE Lima, 3 de setiembre de 2001 Expediente Nº 676-2001Vistos, los Oficios Nºs. 148 y 165-MDO-2001, remiti- dos por Francisco Martínez Díaz, Alcalde del Concejo Distrital de Oropesa, provincia de Quispicanchis, depar- tamento de Cusco, comunicando la declaratoria de va- cancia del cargo de Regidora correspondiente a Irma Zenobia Choque Jurado, por impedimento en el desem- peño de su cargo por plazo mayor de tres meses y ausencia de la localidad por más de 30 días sin la autoriza- ción del municipio; solicitando se nombre a la reempla- zante conforme a ley; CONSIDERANDO: 1º.- Que el Concejo Distrital de Oropesa en sesión extraordinaria de fecha 18 de julio de 2001, con el voto aprobatorio de cinco votos a favor de un total de seis integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de Regidora de Irma Zenobia Choque Jurado, por las causales de vacancia previstas en los numerales 1) y 2) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, tal como aparece de la copia del acta que corre a fojas 64 y 65, siendo ratificada la mencionada vacan- cia por Resolución Municipal Nº 07-MDO-2001 del 20 de julio de 2001, conforme obra a fojas 7; 2º.- Que según se aprecia en el acta mencionada anteriormente, la Regidora doña Irma Zenobia Choque Jurado solicitó al Concejo Distrital de Oropesa licencia por motivos de salud, petición que por acuerdo de sesión de 16 de junio de 2000, le fue concedida por el plazo de 3 meses; posteriormente, la Regidora mencionada comu- nicó a la alcaldía, vía telefónica, la prolongación de su tratamiento, para lo cual viajó a los Estados Unidos; 3º.- Que de los documentos aportados como prueba, a fojas 10 aparece la diligencia de constatación del domici- lio de la Regidora doña Irma Zenobia Choque Jurado, por el personal de la Comisaría PNP Oropesa realizada el 15 de agosto de 2001, en dicha diligencia se entrevista a doña Hilda Choque Jurado, quien manifestó que su hermana Irma Zenobia Choque Jurado desde junio del 2000 se encuentra en los Estados Unidos, por estar en tratamiento por motivos de salud; asimismo, a fojas 12 obra la certificación de fecha 14 de agosto de 2001 expedida por el juez de paz de primera nominación del distrito de Oropesa, quien hace constar que se ha cumpli- do con notificar la convocatoria a sesiones de Concejo a la Regidora doña Irma Zenobia Choque Jurado, la misma que no ha recibido personalmente las citaciones, al en- contrarse ausente de la localidad de Oropesa, por más de un año, debido a motivos de salud, por tanto, se ha acreditado que la Regidora doña Irma Zenobia Choque Jurado se encuentra incursa en la causal de vacancia establecida en el numeral 2) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; 4º.- Que se ha cumplido con notificar a doña Irma Zenobia Choque Jurado con el acuerdo de Concejo que declara la vacancia de su cargo de Regidora, diligencia realizada el 31 de julio de 2001, por el juez de paz de primera nominación del distrito de Oropesa, quien en- tregó dicho documento a don Mariano Choque Álvarez, padre de la Regidora cuya vacancia ha sido declarada; además, dicha Regidora no ha interpuesto recurso im- pugnativo dentro del plazo que le concede la ley, confor- me consta de la certificación que corre a fojas 68 expedi- da por el secretario del Concejo Distrital de Oropesa; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas lis- tas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Quispicanchis, corresponde asumir el cargo de Regidora a doña Grego- ria García Luna, candidata no proclamada de la lista independiente "Unidad Quispicanchina"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Gregoria García Luna, candidata no proclamada de la lista independiente "Unidad Quispicanchina"; para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Oropesa, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco, debiendo jura- mentar el cargo que asume ante el Alcalde del citado