Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2001 (04/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 4 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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nulidad insalvable al contravenir los Articulos 34º, 38º, y 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, De conformidad con la facultad prevista en el Art. 26º del cuerpo normativo reglamentario Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Gerencial Nº 026-2001-GG/RENIEC de fecha 24 de MORDAZA de 2001, expedida en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 004-2001-RENIEC. Articulo Segundo.- Declarar, la nulidad del acto de otorgamiento de la buena pro a favor de la empresa ALIUN S.A. y de todo lo actuado en el MORDAZA de Seleccion de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0042001-RENIEC; MORDAZA que debera convocarse nuevamente y cuya organizacion y ejecucion corresponde al respectivo Comite Especial; de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo Tercero.- Disponer, que tratandose de una Nulidad de Oficio la presente Resolucion, carece de objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto al otorgamiento de la buena pro. Registrese comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 30242

Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Ernau Gushiken, Analista del Departamento de Control de Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a la MORDAZA de Zurich, Suiza, del 4 al 14 de setiembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 621,12 Viaticos 2 600,00 Tarifa CORPAC 25,00 Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 30232

OSIPTEL
Modifican articulos del Reglamento de Interconexion
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 047-2001-CD/OSIPTEL MORDAZA, 31 de agosto de 2001 VISTO el proyecto de resolucion modificatoria del Reglamento de Interconexion aprobado mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 001-98-CD/OSIPTEL; CONSIDERANDO Que de acuerdo a lo establecido en el inciso g) del Articulo 8º de la Ley Nº 26285, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene asignadas, entre otras, las funciones relacionadas con la interconexion de servicios en sus aspectos tecnicos y economicos; Que conforme a lo senalado en el Articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos- el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y materias de su competencia, normas de caracter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que el Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, publicado el 2 de febrero de 2001, aprobo el Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, asimismo, la primera disposicion transitoria de la mencionada MORDAZA establece que OSIPTEL debera adecuar las normas emitidas por el organismo; Que el Articulo 27º del Reglamento de OSIPTEL establece que constituye requisito para la aprobacion de los Reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de caracter general que dicte OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; requisito que se ha cumplido mediante la publicacion del proyecto en dicho diario el 7 de MORDAZA de 2001; Que se han recibido comentarios de distintos agentes, los cuales han sido evaluados por OSIPTEL; De conformidad con lo acordado en la sesion de Consejo Directivo Nº 130;

SBS
Autorizan viaje de funcionario de la SBS para participar en pasantia que se realizara en Suiza
RESOLUCION SBS Nº 649-2001 MORDAZA, 3 de setiembre de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitacion cursada a esta Superintendencia por el Clariden Bank de Suiza a fin de designar un representante de nuestra Institucion para participar en la pasantia denominada "Introduccion a los Mercados de Capital Suizos", la misma que se llevara a cabo del 6 al 13 de setiembre de 2001, en la MORDAZA de Zurich, Suiza; CONSIDERANDO: Que, en la citada pasantia se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades de este Organismo de supervision y control, orientados principalmente a revisar y analizar las inversiones realizadas en el exterior por el sistema privado de pensiones asi como al control de riesgos, entre otros; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Ernau Gushiken, Analista del Departamento de Control de Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, ha sido designado por esta Superintendencia para participar en la referida pasantia; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, cuyos gastos seran cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 2001; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM;

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