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Pág. 221349 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de abril de 2002 EL DIRECTOR MUNICIPAL VISTO: El Informe Nº 008-2002-CEP/MSI presentado por el Presidente del Comité Especial Permanente de la Municipalidad de San Isidro, que informa haberse detecta- do un Vicio de Nulidad dentro del procedimiento de la Adju- dicación de Menor Cuantía Nº 006-2002-CEP/MSI, convo- cada para la adquisición de una (1) Fotocopiadora Digital; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2002- DM/MSI se designó al Comité Especial Permanente para los procesos de Adjudicaciones Directas y Adjudicacio- nes de Menor Cuantía de Bienes, Suministros y Servi- cios; Que, de acuerdo al calendario del proceso de selección se fijó como fecha de presentación de Propuestas, el 2 de abril del 2002 debiendo presentar los postores sus propues- tas respectivas en la Unidad de Abastecimiento; Que, con el documento de vistos, los integrantes del Comité Especial Permanente manifiestan que al momento de la Evaluación Técnica, han podido advertir que las Es- pecificaciones Técnicas de las Bases, no han sido formula- das en base a los principios que rigen las Contrataciones y Adquisiciones del Estado, impidiendo con ello una mayor participación de postores; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 013-2001-PCM), la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, esto es la Dirección Municipal, puede declarar la Nulidad de oficio del proceso de selección por cualquiera de las causales establecidas en el Art. 57º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hasta antes de la celebración del contrato; Que, el Art. 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM, establece entre otros que se declaran nulos los actos administrativos expedidos, cuando prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, en el presente caso se ha cumplido el supuesto contenido de la norma en mención, por lo que resulta pro- cedente la Declaración de la Nulidad parcial de la Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 006-2002 CEP/MSI debiendo retrotraerse la misma, hasta el momento de elaboración de las Bases; Que, en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Alcaldía Nº 007-2002-ALC/MSI de fecha 2 de enero de 2002 y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, (aprobado por D.S. Nº 012- 2001-PCM) y su Reglamento (aprobado por D.S. Nº 013- 2001-PCM); RESUELVE: Primero.- Declárese la NULIDAD PARCIAL de la Adju- dicación de Menor Cuantía Nº 006-2002-CEP/MSI para la adquisición de una Fotocopiadora Digital, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Segundo.- Retrotraer el proceso, hasta la Etapa de Formulación de Bases, debiendo contener todas las carac- terísticas y condiciones a que hace referencia el Texto Úni- co Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Tercero.- Dispóngase la publicación de la presente Re- solución Directoral, en el Diario Oficial El Peruano, de Acuer- do a lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado (aprobado por D.S. Nº 013- 2001-PCM), en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de emitida. Cuarto.- Encargar al Comité Especial Permanente de- signado, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR BLONDET SABROSO Director Municipal 6689MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Autorizan viaje de funcionarios de la Municipalidad a Chile para participar en el seminario "Marco Legal, Gestión y Control Municipal" RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000136 Callao, 8 de abril de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, la correspondencia de fecha 25/2/2002 remitida por la Asociación Nacional de Directores de Control Interno Municipal de Chile; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santiago de Chile (Chile) se realizará el Seminario Internacional "Marco Legal, Ges- tión y Control Municipal" del 10 al 12 de abril del año en curso; Que, dicho Seminario Internacional ha sido convocado por la Asociación Nacional de Directores de Control de Chile y la Asociación Chilena de Municipalidades; asimismo el precitado evento cuenta con el patrocinio de la Contraloría General de la República de Chile; Que, el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Ca- llao ha designado como participantes a dicho evento al Di- rector Municipal, Sr. Bruno Crespo Álvarez, y al Auditor General, Sr. Julio Juan Ruiz Calderón, para concurrir al Seminario Internacional Marco Legal, Gestión y Control Municipal, a celebrarse del 10 al 12 de abril del presente año; Que, es necesario autorizar el egreso del traslado por vía aérea, viáticos y tarifa de Corpac en favor de los citados funcionarios; Estando a lo expuesto, con la visación de la Oficina General de Presupuesto y Planificación, Oficina General de Administración, Dirección Municipal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 - Ley Nº 27619 y D.S. Nº 048- 2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de los señores funcionarios, Bruno Crespo Álvarez, Director Municipal, y Julio Juan Ruiz Calderón, Auditor General, al Seminario Internacional "Marco Legal, Gestión y Control Municipal", desde el 9 hasta el 13 de abril del año en curso en la ciudad de Santiago de Chile - Chile. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución de Alcaldía serán cubiertos con recursos del presupuesto municipal co- rrespondiente al ejercicio 2002 de acuerdo al siguiente detalle: SR. BRUNO CRESPO ÁLVAREZ Viáticos US$1,000 Valor del Seminario US$500 Pasaje US$309 Tarifa Corpac US$ 25 SR. JULIO RUIZ CALDERÓN Viáticos US$1,000 Valor del Seminario US$500 Pasaje US$309 Tarifa Corpac US$ 25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios designados deberán presentar a la institución un informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante el mismo, adjuntando la rendición de cuentas correspondien- te.