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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (13/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 221334 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de abril de 2002 dalena), coadyuvando a la mejor administración de justicia en los lugares de la República con mayores dificultades para su desarrollo; Que, el Informe Nº 033-2002-SEP-GP-GG, de la Ge- rencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad de la creación del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de Patibamba; Que, de conformidad con el texto modificado del Ar- tículo 82º, inciso 24), de la Ley Orgánica del Poder Ju- dicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está fa- cultado para crear y suprimir Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Calderón Castillo, en sesión extraordinaria de la fe- cha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letra- do en el Centro Poblado Menor de Patibamba, distrito de San Miguel, provincia de La Mar, departamento y Distrito Judicial de Ayacucho. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, a la Fiscal de la Nación, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO SILVA VALLEJO WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 6794 Crean Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Huaura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 039-2002-CE-PJ Lima, 9 de abril del 2002 VISTOS: Los Oficios Nºs. 2489-2001; 120, 254 y 503-2002-P- CSJHU/PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justi- cia de Huaura y el Informe Nº 047-2002-SEP-GP-GG de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura remite a este Órgano de Gobierno nueva propuesta para la Creación de una Sala Mixta en el Distrito Judicial a su Cargo; fundamentándola en el hecho de tener excesiva carga procesal que vienen soportando desde hace más de un lustro las dos úni- cas Salas que atienden asuntos penales y civiles, con el consiguiente retardo en la Administración de Justi- cia, manifestando que los requerimientos de Auxilia- res Jurisdiccionales, equipo y mobiliario los atenderá previa redistribución; Que, la Creación de una Sala Mixta en el Distrito Judi- cial de Huaura, contribuirá a reducir la carga procesal que tienen las actuales dos Salas que conocen asuntos pena- les y civiles, y que excede los estándares fijados; coadyu- vando a un mejor y oportuno servicio de Administración de Justicia; Que, el Informe Nº 047-2001-SEP-GP-GG, de la Ge- rencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad de la Creación de una Sala Mixta en el Distrito Judicial de Huaura, y la necesidad de Magistrados para que funcio- ne dicha Sala Mixta, serán cubiertas con las plazas exce- dentes de Vocales Superiores de la Corte Superior de Jus- ticia de Lima; Que, de conformidad con el texto modificado del Artícu- lo 82º, inciso 24), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, elConsejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para crear y suprimir Distritos Judiciales, Salas de Cortes Supe- riores y Juzgados, cuando así se requiera para la más rápi- da y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Calderón Castillo, en sesión extraordinaria de la fe- cha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear una Sala Mixta en la Corte Superior de Justicia de Huaura. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, para que en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial dé cumplimien- to a la presente Resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Fiscal de la Nación, Ministerio de Justi- cia, a las Presidencias de las Cortes Superiores de Jus- ticia de Lima y Huaura, y a la Gerencia General del Po- der Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO SILVA VALLEJO WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 6792 Sancionan con destitución a servidor por su actuación como secretario judi- cial del Tercer Juzgado de Familia de Cajamarca QUEJA ODICMA 358-2001-CAJAMARCA Lima, nueve de abril del dos mil dos. Visto; el expediente que contiene la Queja Odicma número trescientos cincuentiocho guión dos mil uno guión Cajamarca, interpuesta contra Pablo Eduardo Vásquez Rodríguez, por su actuación como Secretario Judicial del Tercer Juzgado de Familia de Cajamarca, de conformidad con la propuesta de destitución, formu- lada por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistra- tura del Poder Judicial, mediante resolución del dieci- nueve de julio del dos mil uno, obrante a fojas setentiu- no y siguientes, y Considerando; Primero; Que en la secuela del presente proceso ha quedado debidamente acreditado, incluso con la propia declaración del auxi- liar de justicia procesado, que éste cobró el íntegro de un depósito judicial que le fuera endosado, cuando el mandato judicial correspondiente disponía sólo el co- bro de una parte, lo cual se ve agravado con el hecho de no haber efectuado el depósito del saldo retirado indebidamente; Segundo; Que lo expuesto por el cita- do Auxiliar de Justicia, en el sentido de haber guardado el dinero retirado indebidamente en su escritorio, para posteriormente hacer el depósito, que no realizó pues el dinero fue sustraído, debe entenderse como un sim- ple argumento de defensa, que de manera alguna des- virtúa el cargo que se le formula; Tercero; Que, el he- cho antes descrito constituye un grave atentado contra la respetabilidad de este Poder del Estado, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista en el Artículo doscientos once de la Ley Orgánica del Poder Judicial, habiéndose procedido a comunicar los hechos al Minis- terio Público, conforme se observa a fojas trece y cator- ce; por tales motivos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las atribuciones conferidas por el antes citado cuerpo legal, en sesión extraordinaria de la fecha, de conformidad con el informe emitido por el señor Consejero Alva Angulo, por unanimidad, ACOR- DÓ; Imponer la Medida Disciplinaria de Destitución a Pablo Eduardo Vásquez Rodríguez, por su actuación