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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (13/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

Pág. 221343 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de abril de 2002 pamarca, provincia de La Unión, departamento de Are- quipa, comunicando la destitución del cargo de Regidora de Nancy Puma Condori, por inasistencia a sesiones de concejo; solicitando se nombre a su reemplazante; CONSIDERANDO: 1º.- Que el Concejo Distrital de Pampamarca comunica que en sesión del 10 de noviembre del 2000 destituyó a la Regidora Nancy Puma Condori, por inasistencia a sesio- nes de concejo; siendo que, la destitución que se informa debe entenderse como declaración de vacancia; 2º.- Que, este supremo órgano electoral mediante Ofi- cios N°s. 907, 4449, 4871 y 5312-2001-SG/JNE de fechas 16 de febrero, 2 de octubre, 7 de noviembre y 5 de diciem- bre del 2001, respectivamente, requirió al Concejo Distrital de Pampamarca a fin que remita: a) las constancias de notificación realizadas a la Regidora Nancy Puma Condori con la firma de recepción o el uso de cualquier otro medio eficaz que permite el Código Procesal Civil, que acrediten que dicha Regidora tuvo conocimiento de la convocatoria a cada una de las sesiones de concejo; b) las copias certifi- cadas de las actas de sesiones de concejo a las que inasis- tió la Regidora mencionada; c) copia certificada del acta de sesión de concejo en que se declara la vacancia de la cita- da Regidora, aprobada por la mayoría del número legal de sus integrantes; d) la constancia de notificación a la Regi- dora en mención del acuerdo de concejo que declaró la vacancia de su cargo; y, e) la certificación expedida por el concejo en la que conste que el acuerdo que declaró la vacancia de la Regidora Nancy Puma Condori ha quedado firme, al no haber interpuesto recurso impugnatorio. No obstante a la fecha el referido Municipio no ha cumplido con remitir la documentación reiteradamente requerida. Por tanto, no se ha acreditado en autos que la Regidora vacada se encuentra incursa en la causal que se afirma; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo de sesión del 10 de noviembre del 2000 del Concejo Distrital de Pam- pamarca, provincia de La Unión, departamento de Arequi- pa, que declara la vacancia del cargo de Regidora de Nan- cy Puma Condori, por no haberse acreditado la causal de vacancia invocada; en consecuencia, improcedente la soli- citud de Teodoro Huamani Choque, Alcalde del citado Mu- nicipio, sobre nombramiento de reemplazante de la Regi- dora Nancy Puma Condori. Artículo Segundo.- Declarar que la ciudadana Nancy Puma Condori continúa ejerciendo el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Pampamarca, elegida para el perío- do de gobierno municipal 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presen- te resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6789 RESOLUCIÓN Nº 130-2002-JNE Lima, 12 de abril de 2002 Exp. Nº 747-2001 Visto, el Oficio Nº 067-2001-MDC-AYMARAES, remitido por Richard Condori Huaman, Alcalde del Concejo Distri- tal de Caraybamba, provincia de Aymaraes, departamen- to de Apurímac , comunicando la declaratoria de vacancia del Regidor Gregorio Antonio Morales Ancón; CONSIDERANDO: 1º.- Que el Concejo Distrital de Caraybamba en sesión del 31 de marzo del 2000, con el voto conforme de 4 inte- grantes, de un total de 6 miembros, declaró la vacancia delcargo de Regidor de Gregorio Antonio Morales Ancón, por estar incurso en la causal de vacancia prevista en el nume- ral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, conforme se aprecia a fojas 2 y 3; 2º.- Que, este supremo órgano electoral mediante Oficios N°s. 3348, 4454 y 5313-2001-SG/JNE de fechas 10 de julio, 2 de octubre y 5 de diciembre del 2001, respectivamente, requi- rió al Concejo Distrital de Caraybamba a fin que remita: a) las constancias de notificación realizadas al Regidor Gregorio An- tonio Morales Ancón con la firma de recepción o el uso de cual- quier otro medio eficaz que permite el Código Procesal Civil, que acrediten que dicho Regidor tuvo conocimiento de la con- vocatoria a cada una de las sesiones de concejo; b) las copias certificadas de las actas de sesiones de concejo a las que ina- sistió el Regidor mencionado; c) copia certificada del acta de sesión de concejo en que se declara la vacancia del citado Regidor, aprobada por la mayoría del número legal de sus inte- grantes; d) la constancia de notificación al Regidor en mención del acuerdo de concejo que declaró la vacancia de su cargo; y, e) la certificación expedida por el concejo en la que conste que el acuerdo que declaró la vacancia del Regidor Gregorio Anto- nio Morales Ancón ha quedado firme, al no haber interpuesto recurso impugnatorio. No obstante a la fecha el referido Munici- pio no ha cumplido con remitir la documentación reiteradamen- te requerida. Por tanto, no se ha acreditado en autos que el Regidor vacado se encuentra incurso en la causal que se afir- ma; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo de sesión del 31 de marzo del 2000 del Concejo Distrital de Caray- bamba, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, que declara la vacancia del cargo de Regidor de Gregorio Antonio Morales Ancón, por no haberse acreditado la cau- sal de vacancia invocada. Artículo Segundo.- Declarar que el ciudadano Grego- rio Antonio Morales Ancón continúa ejerciendo el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Caraybamba, elegido para el período de gobierno municipal 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presen- te resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6790 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Disponen inscripción de valores típicos a emitirse dentro del "Segundo Progra- ma de Papeles Comerciales de Telefóni- ca del Perú - Decimonovena Emisión" RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 021-2002-EF/94.11 Lima, 10 de abril de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 1999/00729 presentado por TELE- FÓNICA DEL PERÚ S.A.A. y el Memorándum Nº 072-2002- EF/94.45 de fecha 10 de abril de 2002 de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 304º de la Ley Ge- neral de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pue- den emitir obligaciones;