TEXTO PAGINA: 36
Pág. 221590 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de abril de 2002 Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Ofici- na Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, la presente resolución para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 7133 Declaran improcedente recurso de revi- sión relativo a pedido de vacancia del cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN Nº 141-2002-JNE Lima, 18 de abril de 2002 Exp. Nº 183-2002 SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Oficio Nº 340-A-2002/MDSJM recibido el 14 de mar- zo de 2002 del señor Adolfo Ocampo Vargas, Alcalde del Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, remitiendo el Recurso de Revisión interpuesto por el ciudadano Roberto Jesús Gomero Me- jía, respecto al pedido de vacancia del cargo de Regidor de dicho concejo que ostenta don Paulo Hernán Hinostro- za Guzmán. CONSIDERANDO: Que, mediante escritos de fecha 22 de noviembre de 2001, los ciudadanos Jorge Araujo Loayza y Roberto Je- sús Gomero Mejía, solicitaron al Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, la declaración de vacancia del cargo de Regidor, correspondiente a don Paulo Hernán Hinostro- za Guzmán, alegando que se encuentra incurso en la cau- sal prevista en el inciso 8) del Artículo 23º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; Que, en sesión de Concejo de fecha 20 de febrero de 2002, con la concurrencia del Alcalde y 13 Regidores, de un total de 14 miembros de dicho concejo, se procedió a tratar la vacancia del cargo de Regidor de don Paulo Her- nán Hinostroza Guzmán, por encontrarse incurso en la cau- sal de vacancia establecida en el numeral 8) del Artículo 23º y numeral 3) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Sometido a la votación corres- pondiente, votaron a favor de la vacancia 7 miembros del concejo y 6 miembros en contra, por lo que, al no haberse alcanzado la mayoría legal, no se procedió a la declara- ción de la vacancia, según obra a fojas 97 a 104; Que de acuerdo a la reiterada jurisprudencia del Jura- do Nacional de Elecciones, y de conformidad con el Artí- culo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es procedente el recurso de revisión sólo contra el Acuer- do de Concejo que declara la vacancia del cargo de Alcal- de o Regidor, situación contraria a la observada en autos; toda vez que la ley no franquea recurso alguno contra el acuerdo en el que el concejo no apruebe la vacancia del cargo municipal, debiendo ser declarado improcedente el presente recurso; Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribu- ciones conferidas por la Constitución Política del Estado y la ley, el Pleno del Jurado Nacional del Elecciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el recurso de revisión interpuesto por don Roberto Jesús Gomero Mejía,respecto al pedido de vacancia del cargo de Regidor de dicho concejo que ostenta don Paulo Hernán Hinostroza Guzmán. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 7134 Declaran improcedente pedido de vacancia de los cargos de alcalde y re- gidor del Concejo Distrital de Poma- canchi, provincia de Acomayo RESOLUCIÓN Nº 142-2002-JNE Lima, 18 de abril de 2002 Expediente Nº 1363-2001 VISTO: el Oficio Nº 050-MDP-A-C recibido el 8 de abril del 2002, presentado por don Pablo Francisco Herrera He- rrera, Alcalde del Concejo Distrital de Pomacanchi, provin- cia de Acomayo, departamento de Cusco, por el que remi- te el informe sobre la declaratoria de vacancia de su cargo y del cargo de Regidor de don Luis Cajavilca Chávez; y, demás escritos presentados; CONSIDERANDO: Que, en Sesión Privada de fecha 15 de febrero del 2002, el Jurado Nacional de Elecciones acordó remitir los actua- dos al Concejo Distrital de Pomacanchi, para que proceda conforme a ley, respecto del pedido de vacancia presenta- do por don Mariano Zevallos Gamarra, quien fuera Presi- dente de la Comisión de Revocatoria del mandato de auto- ridades municipales del citado concejo; Que, don Mariano Zevallos Gamarra argumenta que el Alcalde don Pablo Francisco Herrera Herrera ha abando- nado su cargo al tomar conocimiento de las órdenes de captura que existen en su contra, encontrándose en simi- lar situación el teniente alcalde, al habérseles abierto ins- trucción con mandato de detención; Que, con el documento que obra a fojas 33, el Juez Mixto del Módulo Básico de Justicia de Acomayo informa que en la Instrucción Nº 2001-0093-0-1002-JM-PE-01 con- tra don Pablo Francisco Herrera Herrera y Luis Cajavilca Chávez por la comisión de los delitos de concusión, pecu- lado, corrupción de funcionarios y enriquecimiento ilícito en agravio del Estado y de la Municipalidad Distrital de Po- macanchi, el citado Alcalde interpuso recurso de apela- ción contra el mandato de detención y la Sala Superior mediante resolución de fecha 30 de noviembre del 2001 revocó el mandato de detención por el de comparecencia; y respecto de la situación del aludido Regidor, mediante resolución de fecha 14 de noviembre del año 2001, el Juz- gado revocó el mandato de detención, conforme se acredi- ta del auto que obra a fojas 25 y 26; Que, en sesión ordinaria de fecha 21 de marzo del 2002, el Concejo Distrital de Pomacanchi acordó de manera uná- nime declarar improcedente el pedido de vacancia de los cargos del Alcalde y de Regidor de don Luis Cajavilca Chávez, según consta del acta que en copia certificada obra de fojas 57 a 60; Que los hechos que se imputan al Alcalde y Regidor, no se encuentran circunscritos en las causales de vacan- cia y suspensión de cargos ediles, previstas en los Artícu- los 26º, 38º, 88º y 29º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; Que, con el documento que obra a fojas 24, el ciudada- no Victoriano Choque solicita se declare la vacancia de los cargos del Alcalde y de la Regidora doña Dunia Ríos Mira- no, por haber contratado a sus respectivos hijos en la Mu- nicipalidad Distrital de Pomacanchi, amparando su pedido