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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (19/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 221599 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de abril de 2002 Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a zonas arqueológicas ubicadas en los departamentos de Lambayeque, Huancavelica, Lima y Ancash RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 246/INC Lima, 27 de marzo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 059, tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 04, de fe- cha 6 de febrero de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 059, de fecha 6 de febre- ro de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Na- ción a la Zona Arqueológica Huaca Temoche - Picsi, ubica- da en el distrito de Picsi, provincia de Chiclayo, departa- mento de Lambayeque; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción”, Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Cultura” y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo- lógicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Huaca Temoche – Picsi, ubicada en el distrito de Picsi, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Topográfico y Poligonal de Huaca Temoche M-1 Sector Sur, Nº PL-MB-99-01, de fecha abril de 1999, a escala 1/250, con un área de 0.92 hectáreas, ubicada en el distrito de Picsi, provincia de Chi- clayo, departamento de Lambayeque, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Margesí de Bienes Nacionales , la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada “Patri- monio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a CO- FOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 7013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 247/INC Lima, 27 de marzo de 2002VISTO, el Acuerdo Nº 429 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 31, de fe- cha 30 de noviembre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 429 de fecha 30 de no- viembre de 2001, la Comisión Nacional Técnica de Arqueo- logía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na- cional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos : - Incahuasi, ubicado en el distrito y provincia de Hua- ytará, departamento de Huancavelica. - Willkapuquio, ubicado en el distrito y provincia de Aco- bamba, departamento de Huancavelica. Con las visaciones de la Dirección General de Patrimo- nio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Le- gal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción”, Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Cultura” y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo- lógicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos: - Incahuasi, ubicado en el distrito y provincia de Hua- ytará, departamento de Huancavelica. - Willkapuquio, ubicado en el distrito y provincia de Aco- bamba, departamento de Huancavelica. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Huancavelica que establezca las acciones nece- sarias para la elaboración de los Planos de Delimitación de los Sitios Arqueológicos antes mencionados con sus respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Margesí de Bienes Nacionales, la Condi- ción de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos mencionados en el Artículo 1º de la pre- sente Resolución, una vez elaborados sus Planos de Delimitación con las respectivas Fichas Técnicas y Me- morias Descriptivas. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidades Distritales y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 7014 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 248/INC Lima, 27 de marzo de 2002