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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (19/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 221596 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de abril de 2002 rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 7007 Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a sitios y zonas arqueológicas ubi- cadas en los departamentos de Huan- cavelica, Lambayeque, Ancash y Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 225/INC Lima, 27 de marzo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 427 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 31, de fe- cha 30 de noviembre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 427 de fecha 30 de noviembre de 2001, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Insti- tuto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultu- ral de la Nación al Sitio Arqueológico "Ccellccaya" ubicado en el distrito y provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica. Con las visaciones de la Dirección General de Patri- monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", De- creto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cul- tura" y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico "Ccellccaya", ubicado en el distrito y provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Huancavelica que establezca las acciones nece- sarias para la elaboración del Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico antes mencionado con su respectiva Fi- cha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico men- cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución, una vez elaborado su Plano de Delimitación con la respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura.Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a CO- FOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 7008 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 228/INC Lima, 27 de marzo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 061, tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 04, de fe- cha 6 de febrero de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 061, de fecha 6 de febre- ro de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Na- ción al Complejo Arqueológico Corvacho Zaña, ubicado en el distrito de Zaña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Con las visaciones de la Dirección General de Patri- monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Cultura" y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo- lógicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Complejo Arqueológico Corvacho Zaña, ubicado en el distrito de Zaña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Complejo Arqueológico Corvacho, Nº PL-MB 99-12, de fecha junio de 1999, a escala 1:10,000, con un área de 273.32 hectá- reas, ubicado en el distrito de Zaña, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Complejo Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado "Pa- trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro- bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a CO- FOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 7009