Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2002 (19/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratacion de servicios de publicidad estatal en MORDAZA de television de senal abierta
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 011-SE-2002 MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realizan para servicios personalisimos, los que se realizaran mediante una adjudicacion directa de menor cuantia conforme a lo dispuesto en el Articulo 116º del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, incluye expresamente los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distingan; Que, visto el Informe Tecnico de fecha 10 de MORDAZA del 2002, de la Gerencia de Promocion de Mercados esta senala que resulta imprescindible la contratacion de los servicios de publicidad en medios de comunicacion televisiva de senal abierta y las emisoras radiales RPP y Ke Buena, para llevar a cabo la MORDAZA informativa inicial de caracter masivo sobre los alcances del Fondo MIVIVIENDA, mediante un spot televisivo y radial que permita comunicar de manera inmediata a la ciudadania en general acerca de los alcances del Programa MIVIVIENDA dentro del Plan Vivienda para Todos promocionado por el actual Gobierno; Que, el mencionado Informe Tecnico determina que los MORDAZA televisivos de senal abierta, por sus caracteristicas evaluadas tanto cualitativa como cuantitativamente, se distinguen por llegar a los diferentes grupos objetivos, por lo que los mismos califican como idoneos y pertinentes para cumplir con la finalidad de la publicidad en los medios televisivos. Igual sustento se presenta para la eleccion de las emisoras radiales RPP y Ke Buena; Que, asimismo el valor referencial por la citada contratacion asciende a US$ 78,494.40 incluido el IGV, por un periodo comprendido entre el 13 al 26 de MORDAZA del presente ano; Que, visto el Informe Legal Nº 45-2002-OAJ que indica que se ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; De conformidad con los Articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los Articulos 111º y 116º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE y en uso de sus facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. Autorizar la contratacion de los servicios de publicidad estatal en los MORDAZA de television de senal abierta, exonerandolos del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios. b. Descripcion del servicio: contratacion de medios de comunicacion televisiva en los MORDAZA de senal abierta (2, 4, 5, 7, 9, 11 y 13) y radial en RPP y Ke Buena.

c. Valor referencial total incluido IGV: 78,494.40, compuesto por las siguientes tarifas sin IGV: - MORDAZA de television 2 por US$ 11,466.68 - MORDAZA de television 4 por US$ 12,200.00 - MORDAZA de television 5 por US$ 16,500.00 - MORDAZA de television 7 por US$ 4,480.00 - MORDAZA de television 9 por US$ 11,000.00 - MORDAZA de television 11 por US$ 800.00 - MORDAZA de television 13 por US$ 3,000.00 - Emisora radial RPP por US$ 4,914.00 - Emisora radial Ke Buena por US$ 2,160.00 d. Fuente de financiamiento: recursos propios. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: del 13 al 27 de MORDAZA del 2002. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Planeamiento. g. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Promocion de Mercados, de conformidad con el Articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2. Encargar a la Gerencia de Administracion y Planeamiento, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al acuerdo adoptado conforme a los dispositivos legales vigentes, asi como la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision. 3. Disponer a la Gerencia de Administracion y Planeamiento, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes sustentatorios respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Secretario Ejecutivo 7177

INDECOPI
Disponen el inicio del procedimiento de investigacion por la supuesta existencia de practicas de dumping en las importaciones de bobinas y planchas laminadas en caliente originarias y/o procedentes de Kazajstan
(N. de E. Se publica por MORDAZA vez consecutiva la siguiente resolucion conforme lo dispuesto en el Art. 19º del D.S. Nº 133-91-EF modificado por el D.S. Nº 051-92EF). COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS RESOLUCION Nº 015-2002/CDS-INDECOPI MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Vistos, el Decreto Supremo Nº 133-91-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 051-92-EF, supletoriamente el Decreto Supremo Nº 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 144-2000-EF, el Expediente Nº 002-2002-CDS; y, CONSIDERANDO: Que, el 21 de marzo del 2002, la Empresa Siderurgica del Peru S.A.A.- SIDERPERU1 solicito el inicio del proce-

1

En adelante SIDERPERU.

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