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Pág. 221818 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de abril de 2002 Visto el Oficio Nº 285-02/Procuraduría-JUS de fecha 16 de marzo de 2002, del Procurador Público Ad Hoc del Estado; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 017-2002-JUS, se designó a la doctora Astrid Jenny Leigh Vetter, como Procurador Público Adjunto Ad Hoc, para que en repre- sentación de la defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes, inter- venga en los procesos judiciales, investigaciones prelimi- nares y procedimientos de acusación constitucional, por los delitos contra la administración pública y otros, en agra- vio del Estado; Que se ha designado en representación del Estado Peruano, a la abogada Astrid Jenny Leigh Vetter, para que participe en la revisión preliminar de la documenta- ción contable y societaria del Pacific Industrial Bank, en poder FBI - Miami; ejecución del acuerdo de transac- ción entre inculpado y los Estados Unidos de Norte- américa; y el trámite subsiguiente a la incautación del dinero, para los fines de repatriación del dinero materia de transacción o incautación, según corresponda, a realizarse en la ciudad de Miami - Estados Unidos de Norteamérica, del 28 de abril al 1 de mayo de 2002. Asimismo, para realizar diligencia de incautación del dinero de los sentenciados, en el banco Fibi Bank Zuri- ch y el Bank Leumi Le Israel, ordenada por el Sexto Juzgado Especial Anticorrupción, a llevarse a cabo en la ciudad de Suiza, del 1 al 4 de mayo del año 2002, por lo que es necesario autorizar el viaje y los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la abogada Astrid Jen- ny Leigh Vetter, Procurador Público Adjunto Ad Hoc, a la ciudad de Miami - Estados Unidos de Norteamérica, del 28 de abril al 1 de mayo y, a la ciudad de Suiza, del 1 al 4 de mayo del año 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del Proyecto PER/02/003 "Procuradurías Anticorrupción", de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$1,576.77 Viáticos US$2,180.00 Tarifa CORPAC US$25.00 Artículo 3º.- La citada Procuradora Pública Adjunta Ad Hoc, deberá cumplir con sustentar lo señalado en los Artículos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 7320 Autorizan viaje de consultor de la Procuraduría Ad Hoc a fin de participar en diligencias preliminares y judiciales que se realizarán en EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2002-JUS Lima, 22 de abril de 2002 Visto el Oficio Nº 285-02/Procuraduría-JUS de fecha 16 de marzo de 2002, del Procurador Público Ad Hoc del Estado;CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 054-2002-JUS se aprobó el Convenio suscrito entre el Ministerio de Justi- cia y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarro- llo - PNUD, con el objeto de ejecutar el Proyecto PER/02/ 003 "Procuradurías Anticorrupción", a fin de brindar asis- tencia técnica y profesional en la ejecución de las activida- des que se requieran; Que, en los documentos del Proyecto se contempla ac- tividades relacionadas a la contratación de consultores na- cionales, por lo cual se celebró el Contrato de Servicio en- tre el Proyecto PER/02/003 "Procuradurías Anticorrupción" y el señor abogado Walter Miguel Hoflich Cueto, para rea- lizar intervención, impulso y seguimiento de investigacio- nes preliminares y judiciales y apoyar a los Procuradores de la Procuraduría Ad Hoc del Estado, entre otros; Que se ha designado en representación del Estado Pe- ruano, al señor abogado Walter Miguel Hoflich Cueto, con- sultor nacional de la Procuraduría Ad Hoc del Estado, para que participe en la revisión preliminar de la documentación contable y societaria del Pacific Industrial Bank, en poder FBI - Miami; ejecución del acuerdo de transacción entre inculpado y los Estados Unidos de Norteamérica; y el trá- mite subsiguiente a la incautación del dinero, para los fines de repatriación del dinero materia de transacción o incau- tación, según corresponda, a realizarse en la ciudad de Miami - Estados Unidos de Norte América, del 28 de abril al 1 de mayo de 2002, por lo que es necesario autorizar el viaje y los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al señor abogado Walter Miguel Hoflich Cueto, consultor nacional de la Procuradu- ría Adjunto Ad Hoc del Estado, a la ciudad de Miami - Esta- dos Unidos de Norte América, del 28 de abril al 1 de mayo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del Proyecto PER/02/003 "Procuradurías Anticorrupción", de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$553.72 Viáticos US$639.00 Tarifa CORPAC US$25.00 Artículo 3º.- El citado consultor nacional, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los Artículos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 7321 Autorizan a asociaciones el funciona- miento de centros de conciliación con sede en las ciudades de Chimbote y Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 112-2002-JUS Lima, 16 de abril de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 06848-2001, de fecha 23 de marzo de 2001, de la ASOCIACIÓN "POR LA CUL- TURA DE PAZ"; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACIÓN "POR LA CULTURA DE PAZ", es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora;