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Pág. 221866 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de abril de 2002 diaria debe estar constituida por alimentos nacionales pu- diendo ser leche en cualquiera de sus formas y/o enrique- cidos con lácteos y/o alimentos que contengan un mínimo de 90% de insumos nacionales, tales como harina de qui- nua, quiwicha, cebada, arroz, soya y otros productos na- cionales. De acuerdo al citado dispositivo será el Ministe- rio de Salud, específicamente el Instituto Nacional de Sa- lud el que determine su valor nutricional mínimo de esta ración alimenticia; Que, el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición- CENAN, órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, tiene entre otras funciones la de promover, programar, eje- cutar y evaluar investigaciones, y el desarrollo de tecnolo- gías apropiadas en el ámbito de la alimentación y nutrición humana; Que, mediante Informe Nº 035-02-DG-CENAN/INS, la Dirección General del Centro Nacional de Alimenta- ción y Nutrición remite el Proyecto de Directiva "Valo- res Nutricionales Mínimos de la ración del Programa del Vaso de Leche", elaborado conjuntamente con la Oficina General de Asesoría Técnica, con el objetivo de establecer los parámetros de los valores nutriciona- les mínimos que debe cumplir la ración diaria del Pro- grama del Vaso de Leche; el cual será aprobado por Resolución Ministerial; Estando a lo informado y con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 8º Inc. l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Unico .-Aprobar la Directiva denominada "Va- lores Nutricionales Mínimos de la Ración del Programa del Vaso de Leche", elaborada por el Centro Nacional de Ali- mentación y Nutrición - CENAN del Instituto Nacional de Salud, la cual consta de 7 numerales que serán de aplica- ción a las raciones diarias del Programa del Vaso de Le- che, ejecutado por las Municipalidades del ámbito Nacio- nal. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DIR-INS-014 1º EDICIÓN 2002-2-4 VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS DE LA RACIÓN ALIMENTICIA DIARIA DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE 1OBJETIVO 2CAMPO DE APLICACIÓN 3POLÍTICA 4DOCUMENTOS DE REFERENCIA 5DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 6RESPONSABILIDADES 7VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS QUE DE- BERÁ CUMPLIR LA RACIÓN DIARIA DEL PRO- GRAMA DEL VASO DE LECHE VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS DE LA RACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE 1. OBJETIVO El objetivo de la presente directiva es establecer los parámetros de los valores nutricionales mínimos que debe cumplir la ración diaria del programa del Vaso de Leche. 2. CAMPO DE APLICACIÓN Los valores nutricionales mínimos establecidos en la presente directiva son de aplicación a las raciones diarias del Programa del Vaso de Leche, ejecutados por las muni- cipalidades del ámbito nacional.3. POLÍTICA Es política del Ministerio de Salud promover la Lactan- cia Materna Exclusiva los seis primeros meses de vida del niño y a partir de entonces complementarla con ali- mentos cuyos valores nutricionales cumplan las exigen- cias establecidas en la presente norma. El Instituto Nacional de Salud, contribuye mediante la investigación al mejor conocimiento de los problemas nu- tricionales ejecutando acciones que coadyuven a mejorar el estado alimentario nutricional de la población. 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA 4.1 Ley Nº 27470: Ley que establece Normas Comple- mentarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche. 4.2 Decreto Supremo Nº 007-98-SA; Reglamento so- bre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas. 5. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 5.1 Ración: cantidad de producto según tipo de alimento por persona por día. 5.2 Valor Nutricional Mínimo: cantidad mínima de ma- cro y micronutrientes que debe contener la ración del Pro- grama del Vaso de Leche para cubrir, para el niño menor de 6 años, el 15% del requerimiento diario de energía, 100% de los recomendaciones de Vit. A, Vit. C y Hierro y 60% de las recomendaciones de las demás vitaminas y minerales. 6. RESPONSABILIDADES 6.1 Instituto Nacional de Salud: a través del Centro Na- cional de Alimentación y Nutrición, establece, revisa y ac- tualiza los valores nutricionales mínimos que debe conte- ner la ración diaria del programa del Vaso de Leche. 7. VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS QUE DE- BERÁ CUMPLIR LA RACIÓN DIARIA DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (para niños menores de 6 años) Tabla 1. Requerimiento Mínimo de Energía por Ración / día Cantidad (kcal) Energía 207 Tabla 2. Requerimiento mínimo de Vitaminas y Minerales Por Ración / dia Vitaminas Cantidad Vitamina A - µg de retinol 425 Vitamina C - mg 41,5 Tiamina - mg 0,45 Riboflavina - mg 0,49 Vitamina B6 - mg 0,60 Vitamina B12 - µg 0,46 Niacina - mg 5,85 Acido Fólico - µg 41,25 Minerales Cantidad Hierro - mg 10 Yodo - µg 42 Calcio - mg 465 Fósforo - mg 390 Zinc - mg 6 Tabla 3. Distribución Energética diaria por ración del Programa del Vaso de Leche Distribución Energética Cantidad Nutriente (%) (g) Proteínas 12 15 6.21 7.76 Grasas 20 25 4.6 5.75 Carbohidratos 68 60 35.19 31.05 total 100 100 7383