Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2002 (09/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 9 de agosto de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante el Decreto Supremo Nº 100-93-EF y normas modificatorias, se aprobo el anexo de las partidas arancelarias afectas a los derechos arancelarios ad valorem CIF con la tasa de 20%; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 035-97-EF se establecio con caracter temporal una sobretasa adicional arancelaria equivalente al 5% ad valorem CIF a diversas partidas arancelarias; Que, resulta conveniente modificar la cobertura de las mercancias afectas a los tributos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo establecido en el inciso 20) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Incluyanse las subpartidas nacionales 2402.20.10.00/2402.20.20.00 en el Anexo del Decreto Supremo Nº 100-93-EF y modificatorias, con la tasa por concepto de derechos arancelarios ad valorem CIF de 20%. Articulo 2º.- Incluyanse en el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 035-97-EF y normas modificatorias, a las subpartidas nacionales 2402.20.10.00/ 2402.20.20.00. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 14276

Delegan en el Jefe de la Oficina General de Administracion la representacion del Ministerio para suscribir contratos relacionados con el Servicio de Calificacion de Riesgo Internacional Soberano
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 313-2002-EF/10 MORDAZA, 6 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27575 establece que, a fin de facilitar la contratacion de los servicios vinculados a los procesos necesarios para efectuar, entre otras operaciones, la emision de obligaciones externas, se exonera al Ministerio de Economia y Finanzas de lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, publicados el 13 de febrero de 2001, autorizandolo a contratar dichos servicios de manera directa; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 27575, mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-EF, se ha autorizado la Emision Internacional de Bonos Soberanos hasta por US$ 1 500 000 000,00 (MIL QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), de los cuales hasta la suma de US$ 1 000 000 000,00 (MIL MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) se utilizaran en una operacion de refinanciacion, mediante un canje de Bonos, mejorando el perfil del servicio de deuda externa peruana, y hasta la suma de US$ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) para captar recursos financieros y apoyar la Balanza de Pagos; Que, en tal sentido, se requiere contratar empresas de prestigio internacional que presten el Servicio de Calificacion Internacional de Riesgo Internacional Soberano, siendo imprescindible que los mismos posean una amplia experiencia en calificacion de riesgos financieros;

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO Nº 010-2002-EF/76.01 A LOS GOBIERNOS LOCALES MORDAZA DE LA ASIGNACION PRESUPUESTARIA REFERENCIAL DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EL ANO FISCAL 2003
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, comunica lo siguiente: 1. Que el plazo de MORDAZA a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico de la Asignacion Presupuestaria Referencial de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2003, por las Municipalidades Provinciales, establecido en el Articulo 12º de la Directiva Nº 004-2002EF/76.01 -Directiva para la Determinacion de la Asignacion Presupuestaria Referencial de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2003, ha vencido el 30 de MORDAZA de 2002. 2. Teniendo en cuenta lo MORDAZA anotado solicitamos a los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales, que por diversos motivos a la fecha no han cumplido con presentar dicha informacion, dispongan las medidas necesarias para su remision -en el menor tiempo posible- a fin que esta Direccion Nacional pueda consolidar la totalidad de la Asignacion Presupuestaria Referencial de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2003. MORDAZA, 7 de agosto de 2002 DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 14190

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