Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2002 (09/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 9 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 238-2002-SA-P

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 14214

MORDAZA, 8 de agosto del 2002 Vista, la Resolucion Viceministerial Nº 226-2002-SAP, de fecha 5 de agosto del 2002; CONSIDERANDO:

Aceptan renuncia de asesora del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1295-2002-SA/DM MORDAZA, 8 de agosto del 2002 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 586-2002SA/DM, se designo en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5, a la Dra. MORDAZA MORDAZA Chafloque Agapito; Que, mediante documento presentado en la fecha ante el Despacho Ministerial la referida profesional, ha formulado renuncia irrevocable al cargo; De conformidad con lo previsto por el Art. 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso "l" del Articulo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la Dra. MORDAZA MORDAZA CHAFLOQUE MORDAZA, Asesor II del Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 14224

Que, el numeral 201.1 del Articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, habiendose incurrido en errores materiales y omisiones involuntarias en la Resolucion Viceministerial Nº 226-2002-SA-P, resulta necesario efectuar la rectificacion correspondiente; De conformidad con lo previsto en el numeral 201.2 del Articulo 201º de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Rectificar la Resolucion Viceministerial Nº 226-2002-SA-P de fecha 5 de agosto del 2002, en el sentido siguiente: PARTE CONSIDERATIVA MORDAZA PARRAFO DICE: "Que, en torno a las irregularidades en la recepcion de medicinas mediante embarques...; por lo que asume responsabilidad administrativa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber incurrido en las faltas disciplinarias tipificadas en los literales a) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276." DEBE DECIR: "Que, en torno a las irregularidades en la recepcion de medicinas mediante embarques...; por lo que asume responsabilidad administrativa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber incurrido en las faltas disciplinarias tipificadas en los literales a), d) y f) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276." DUODECIMO PARRAFO DICE: "... dirigir, ejecutar y controlar las acciones de tesoreria en el Ministerio;" DEBE DECIR:

Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de Prensa de la Oficina de Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1296-2002-SA/DM MORDAZA, 8 de agosto del 2002 Vista la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA VARELA VIDAL; De conformidad con lo previsto en el Articulo 34º inciso b) del Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 182º inciso b) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA VARELA MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo de Prensa de la Oficina de Comunicaciones del Ministerio de Salud, Nivel-F-4, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud

"... dirigir, ejecutar y controlar las acciones de tesoreria en el Ministerio; por lo que dicha persona asume responsabilidad administrativa al haber incurrido en las faltas disciplinarias tipificadas en los literales a) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276;" PARTE RESOLUTIVA DEBE DECIR: "Articulo 8º.- IMPONER la sancion de CESE TEMPORAL POR 31 DIAS SIN GOCE DE REMUNERACIONES a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Tesorero del Ministerio de Salud, al haber incurrido en las faltas tipificadas en los literales a) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276;" Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Viceministro de Salud 14234

Rectifican la R.VM. Nº 226-2002-SA-P

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