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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (09/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 227897 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de agosto de 2002 Visto, el Informe Nº 020-2002-PRES/CEPAF de la Comisión Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector - Ministerio de la Presidencia, designada mediante Resolución Ministerial Nº 285-2001- PRES; CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial al Proyecto de Construc- ción y Rehabilitación de Instalaciones Institucionales del Ministerio de la Presidencia (CRI - PRES), se realizó en cumplimiento a las actividades programadas en el Plan Anual de Control 2001 de la Oficina de Auditoría Interna y comprendió las actividades desarrolladas por las dife- rentes áreas del PRES con relación al Proyecto CRI - PRES, así como del propio proyecto, teniendo como ob- jetivos: a) Determinar en las diferentes fases de ejecu- ción del proyecto la correcta adquisición y utilización de bienes y servicios, y b) Determinar la existencia y con- servación de los bienes adquiridos para la ejecución del Proyecto; Que, como resultado de dicho Examen Especial, se emitió el Informe Nº 010-2001-02-0930, en el cual se plan- tearon siete (7) observaciones y cuatro (4) recomendaciones, la primera de las cuales recomienda se deslinde la respon- sabilidad administrativa de los siguientes ex funcionarios del Ministerio de la Presidencia: Lic. Luis Dávila Dávila y Eco. Luis León Apesteguía, ex Secretarios Generales, Ing. José Misad Paulet, CPC Gladys Revilla Carbajal, CPC Ju- dith Vizarreta Mendoza, CPC Jorge Villacorta Padilla, y Ing. José Higuchi Higuchi, ex Directores Generales de Adminis- tración, por los hechos materia de las observaciones Nºs. 1.- "Contrataciones de trabajos en el comedor y auditorio, así como servicios de mano de obra, cambiando la moda- lidad de administración directa sin sustento y justifica- ción debida, soslayan el inciso I, Artículo 54º de la Ley de Gestión Presupuestal Nº 26703"; 2.- "Parte de las obras, estudios y servicios, así como adquisiciones de acaba- dos realizadas durante los años 1997 y 1998, se desvia- ron sustancialmente de los lineamientos generales considerados en el Decreto de Urgencia Nº 062-97 y su Presupuesto Referencial que sirvió de base a la R.M. Nº 222-97-PRES"; 3.- "Falta de efectivización de ejecucio- nes de Cartas Fianza solicitadas dentro del plazo legal establecido, así como omisión para la solicitu d de ejecu- ción de otras ocasiona el riesgo potencial que los pro- veedores no puedan cumplir c on los compromisos esta- blecidos o en su defecto que el Ministerio de la Presiden- cia no pueda recuperar los saldos por concepto de traba- jos y compromisos pendientes"; 4.- "Incumplimiento de la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG, limitó el control de los gastos de inversión en obra respecto del avance físico de los trabajos"; 5.- "Omisión de recepción y liquida- ción de obras que impiden la cancelación de adeudos, ocasionando conflictos con los proveedores"; 6.- "Ejecu- ción de gastos adicionales por S/. 55,167.19 no conside- rados en el expediente técnico"; y 7.- "Compromisos pen- dientes de pago en la ejecución del Proyecto CRI - PRES, que no cuent an con la documentación sustentatoria; Que, los hechos imputados a los ex funcionarios del Ministerio de la Presidencia, incumplen el Decreto de Ur- gencia Nº 062-97, que autorizó un crédito suplementario y una transferencia de partidas a favor del Ministerio de la Presidencia para el ejercicio presupuestal de 1997, hasta por la suma de S/. 2'700,000.00 destinada para la construcción y rehabilitación del inmueble de propiedad del Estado, registrado a nombre de la Superintendencia de Bienes Nacionales, ubicado en la calle 7 y 5, Rinco- nada Baja, distrito de La Molina, provincia y departamen- to de Lima; los Artículos 1º, 3º y 4º del Decreto de Urgen- cia Nº 092-2000, que da por concluida la ejecución del Proyecto CRI - PRES, autorizando su liquidación y utili- zación o disposición de los bienes y/o equipos adquiri- dos para el mismo; el Artículo 54º inciso i) de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; el Decreto Supremo Nº 065-85-PCM - Reglamento Único de Adquisiciones para el suministro de bienes y presta- ción de servicios no personales para el Sector Público; la Resolución Ministerial Nº 222-97-PRES, que aprobó la transferencia de Partidas por el monto de S/. 2'700,000.00; la Resolución Ministerial Nº 366-97-PRES que aprobó el Expediente Técnico del Proyecto; la Resolución Ministe- rial Nº 115-98-PRES que aprueba el Convenio de Cesión en Uso del Local Institucional suscrito entre el Ministeriode la Presidencia y la Unidad Técnica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda; así mismo, lo establecido en los Numerales Nºs. 3, 4, 5, 8 y 11 de la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG - Ejecución de las Obras Pú- blicas por Administración Directa; las Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, Nº 280-06 Documentación Sustentatoria; los Artículos 39º inciso a) y 42º incisos a), c) y d) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Presidencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; y la Ley de Ba- ses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, Artículo 21º, incisos a) y d) referidos a las obligacio- nes de los servidores públicos, que señalan "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el ser- vicio público", y "Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeño"; Que, existen indicios de comisión de presunta falta disciplinaria cometida por los ex Secretarios Generales y Directores Generales de Administración del Ministerio de la Presidencia, incursos en los hechos materia del Infor- me de Control, las cuales se encuentran tipificadas en el Artículo 28º incisos a) y d) de la Ley de Bases de la Ca- rrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por lo que es pertinente se instaure proceso administrativo dis- ciplinario, a fin de efectuar el correspondiente deslinde de responsabilidad administrativa; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25556, el De- creto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, el Capítulo XIII del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Re- glamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo discipli- nario contra los señores: Lic. Luis Dávila Dávila y Eco. Luis León Apesteguía, ex Secretarios Generales, Ing. José Misad Paulet, CPC Gladys Revilla Carbajal, CPC Judith Vizarreta Mendoza, CPC Jorge Villacorta Padilla e Ing. José Higuchi Higuchi ex Directores Generales de Administración del Ministerio de la Presidencia, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Conceder a los ex funcionarios citados en el artículo precedente el plazo de cinco (5) días hábi- les, contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución y del correspon- diente pliego de cargos, a fin que presenten sus descar- gos escritos y las pruebas que estimen convenientes para su defensa. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Comisión Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector Ministerio de la Presidencia, el proceso admi- nistrativo que se instaura para que proceda de acuerdo a Ley. Publíquese, regístrese y comuníquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 14199 PRODUCCIÓN Cancelan concurso público sobre contratación de servicio de seguridad y vigilancia para las sedes operativas del ex Ministerio de Pesquería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2002-PRO Lima, 8 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que a través de Resolución Ministerial Nº 191-2002- PE, del 4 de junio de 2002, se designó a los miembros