Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2002 (09/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 9 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Visto, el Informe Nº 020-2002-PRES/CEPAF de la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector - Ministerio de la Presidencia, designada mediante Resolucion Ministerial Nº 285-2001PRES; CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial al Proyecto de Construccion y Rehabilitacion de Instalaciones Institucionales del Ministerio de la Presidencia (CRI - PRES), se realizo en cumplimiento a las actividades programadas en el Plan Anual de Control 2001 de la Oficina de Auditoria Interna y comprendio las actividades desarrolladas por las diferentes areas del PRES con relacion al Proyecto CRI PRES, asi como del propio proyecto, teniendo como objetivos: a) Determinar en las diferentes fases de ejecucion del proyecto la correcta adquisicion y utilizacion de bienes y servicios, y b) Determinar la existencia y conservacion de los bienes adquiridos para la ejecucion del Proyecto; Que, como resultado de dicho Examen Especial, se emitio el Informe Nº 010-2001-02-0930, en el cual se plantearon siete (7) observaciones y cuatro (4) recomendaciones, la primera de las cuales recomienda se deslinde la responsabilidad administrativa de los siguientes ex funcionarios del Ministerio de la Presidencia: Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Eco. MORDAZA MORDAZA Apesteguia, ex Secretarios Generales, Ing. MORDAZA Misad Paulet, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CPC MORDAZA Vizarreta MORDAZA, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y Ing. MORDAZA Higuchi Higuchi, ex Directores Generales de Administracion, por los hechos materia de las observaciones Nºs. 1.- "Contrataciones de trabajos en el comedor y auditorio, asi como servicios de mano de obra, cambiando la modalidad de administracion directa sin sustento y justificacion debida, soslayan el inciso I, Articulo 54º de la Ley de Gestion Presupuestal Nº 26703"; 2.- "Parte de las obras, estudios y servicios, asi como adquisiciones de acabados realizadas durante los anos 1997 y 1998, se desviaron sustancialmente de los lineamientos generales considerados en el Decreto de Urgencia Nº 062-97 y su Presupuesto Referencial que sirvio de base a la R.M. Nº 222-97-PRES"; 3.- "Falta de efectivizacion de ejecuciones de Cartas Fianza solicitadas dentro del plazo legal establecido, asi como omision para la solicitud de ejecucion de otras ocasiona el riesgo potencial que los proveedores no puedan cumplir con los compromisos establecidos o en su defecto que el Ministerio de la Presidencia no pueda recuperar los saldos por concepto de trabajos y compromisos pendientes"; 4.- "Incumplimiento de la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CG, limito el control de los gastos de inversion en obra respecto del avance fisico de los trabajos"; 5.- "Omision de recepcion y liquidacion de obras que impiden la cancelacion de adeudos, ocasionando conflictos con los proveedores"; 6.- "Ejecucion de gastos adicionales por S/. 55,167.19 no considerados en el expediente tecnico"; y 7.- "Compromisos pendientes de pago en la ejecucion del Proyecto CRI - PRES, que no cuentan con la documentacion sustentatoria; Que, los hechos imputados a los ex funcionarios del Ministerio de la Presidencia, incumplen el Decreto de Urgencia Nº 062-97, que autorizo un credito suplementario y una transferencia de partidas a favor del Ministerio de la Presidencia para el ejercicio presupuestal de 1997, hasta por la suma de S/. 2'700,000.00 destinada para la construccion y rehabilitacion del inmueble de propiedad del Estado, registrado a nombre de la Superintendencia de Bienes Nacionales, ubicado en la MORDAZA 7 y 5, Rinconada Baja, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; los Articulos 1º, 3º y 4º del Decreto de Urgencia Nº 092-2000, que da por concluida la ejecucion del Proyecto CRI - PRES, autorizando su liquidacion y utilizacion o disposicion de los bienes y/o equipos adquiridos para el mismo; el Articulo 54º inciso i) de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; el Decreto Supremo Nº 065-85-PCM - Reglamento Unico de Adquisiciones para el suministro de bienes y prestacion de servicios no personales para el Sector Publico; la Resolucion Ministerial Nº 222-97-PRES, que aprobo la transferencia de Partidas por el monto de S/. 2'700,000.00; la Resolucion Ministerial Nº 366-97-PRES que aprobo el Expediente Tecnico del Proyecto; la Resolucion Ministerial Nº 115-98-PRES que aprueba el Convenio de Cesion en Uso del Local Institucional suscrito entre el Ministerio

de la Presidencia y la Unidad Tecnica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda; asi mismo, lo establecido en los Numerales Nºs. 3, 4, 5, 8 y 11 de la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CG - Ejecucion de las Obras Publicas por Administracion Directa; las Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico aprobadas por Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG, Nº 280-06 Documentacion Sustentatoria; los Articulos 39º inciso a) y 42º incisos a), c) y d) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Presidencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; y la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, Articulo 21º, incisos a) y d) referidos a las obligaciones de los servidores publicos, que senalan "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico", y "Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno"; Que, existen indicios de comision de presunta falta disciplinaria cometida por los ex Secretarios Generales y Directores Generales de Administracion del Ministerio de la Presidencia, incursos en los hechos materia del Informe de Control, las cuales se encuentran tipificadas en el Articulo 28º incisos a) y d) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por lo que es pertinente se instaure MORDAZA administrativo disciplinario, a fin de efectuar el correspondiente deslinde de responsabilidad administrativa; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25556, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, el Capitulo XIII del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra los senores: Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Eco. MORDAZA MORDAZA Apesteguia, ex Secretarios Generales, Ing. MORDAZA Misad Paulet, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CPC MORDAZA Vizarreta MORDAZA, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA Higuchi Higuchi ex Directores Generales de Administracion del Ministerio de la Presidencia, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conceder a los ex funcionarios citados en el articulo precedente el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion de la presente Resolucion y del correspondiente pliego de cargos, a fin que presenten sus descargos escritos y las pruebas que estimen convenientes para su defensa. Articulo 3º.- Poner en conocimiento de la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector Ministerio de la Presidencia, el MORDAZA administrativo que se instaura para que proceda de acuerdo a Ley. Publiquese, registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 14199

PRODUCCION
Cancelan concurso publico sobre contratacion de servicio de seguridad y vigilancia para las sedes operativas del ex Ministerio de Pesqueria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 018-2002-PRO MORDAZA, 8 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que a traves de Resolucion Ministerial Nº 191-2002PE, del 4 de junio de 2002, se designo a los miembros

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