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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (09/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 227894 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de agosto de 2002 Designan Procuradora Pública del Esta- do a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2002-JUS Lima, 8 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Interior ha propuesto la designa- ción del letrado que ocupe a partir de la fecha, el cargo de Procurador Público del Estado a cargo de los Asuntos Ju- diciales del Ministerio del Interior, por lo que es necesario expedir la correspondiente resolución administrativa; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y lo establecido en el Reglamento para la Designación de Procuradores Pú- blicos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la docto- ra ROSA DELSA MAVILA LEÓN, como Procuradora Pú- blica del Estado a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 14281 Determinan como de confianza el car- go de Director de la Oficina de Perso- nal de la Oficina General de Admi- nistración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2002-JUS Lima, 26 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 560, son cargos de confianza los señalados en el Título III de dicho dispositivo legal, así como también los cargos inmediato inferior al de Direc- tor General; Que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Desplazamiento de Personal, aprobado por Resolu- ción Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de se- tiembre de 1992, pueden ser cargos públicos de confian- za los que cada sector determine por Resolución del Ti- tular. Estos cargos pueden ser los de categoría remune- rativa de F-1, F-2 y F-3, que cuenten con una unidad or- gánica bajo su mando, ejercicio efectivo de la función di- rectiva, decisión en el área de su competencia y que se encuentren vacantes, en el momento de la designación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, y la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Determinar como Cargo de Confianza el de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Direc-tor de la Oficina de Personal, de la Oficina General de Administración, del Ministerio de Justicia. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración para los fines per- tinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 14112 P R E S Inician procesos administrativos disciplinarios a ex funcionarios de los CTAR Huánuco, Loreto y Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2002-PRES Lima, 10 de julio de 2002 Visto, el Informe Nº 019-2002-PRES/CEPAF de la Co- misión Especial de Procesos Administrativos para Fun- cionarios del Sector - Ministerio de la Presidencia, desig- nada mediante Resolución Ministerial Nº 285-2001-PRES. CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial al Consejo Transitorio de Administración Regional de Huánuco (CTAR Huánuco), se realizó por disposición del Despacho de la señora Con- tralora General de la República, y corresponde a una Ac- ción No Programada y estuvo orientado a determinar si los recursos financieros asignados al CTAR Huánuco, fueron utilizados en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normatividad vigente, siendo sus objetivos específicos: a) Determinar si los bienes y servicios se adquirieron con sujeción a los procedimien- tos técnicos, administrativos y legales, y si fueron utiliza- dos en los fines institucionales, b) Establecer si las re- muneraciones, bonificaciones, aguinaldos e incentivos laborales se sujetaron a las disposiciones legales vigen- tes, c) Determinar si las obras públicas se sujetaron a las especificaciones técnicas y económicas y a las disposicio- nes legales aplicables, así como el grado de cumplimien- to de las metas previstas, y d) Evaluar el grado de im- plantación de las recomendaciones expuestas en los in- formes de control; Que, como resultado del Examen Especial se evacuó el Informe Nº 021-2001-CG/B380, en el cual, se plantea- ron catorce (14) observaciones y quince (15) recomenda- ciones, la primera de las cuales, recomienda se deslinde la responsabilidad administrativa de los siguientes ex fun- cionarios del CTAR Huánuco: señores Eco. Billy Alberto Herrera Gonzales, ex Presidente Ejecutivo, y Eco. José Bejarano Taboada, ex Secretario Técnico, por los hechos materia de las Observaciones Nºs. 7.- "Durante los años 1999 y 2000, se efectuaron pagos irregulares de viáticos al ex Presidente Ejecutivo, ex Chofer y ex Miembro de Seguridad, por la suma de S/. 70,621.45 sin haberse rea- lizado las Comisiones de Servicio"; y 8.- "Durante los años 1999 y 2000, se autorizaron pagos irregulares de Incenti- vos a la Productividad al ex Presidente Ejecutivo y ex Secretario Técnico por un importe de S/. 31,412.00"; Que, los hechos imputados a los ex funcionarios del Ministerio de la Presidencia, incumplen lo dispuesto en los incisos b) y d) del Artículo 6º de las Leyes Nºs. 27013 del 15.Dic.98 y 27212 del 2.Dic.99 - Leyes de Presupuesto del Sector Público para los años 1999 y 2000, respecti- vamente, los cuales establecen que las asignaciones pre- supuestarias aprobadas por las Entidades del Sector Público deben asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas que la Entidad se ha propuesto y que la ejecu- ción de los ingresos y gastos de los Presupuestos Institu- cionales se rigen por las disposiciones legales de carác- ter presupuestario, administrativo y de control aplicables, bajo responsabilidad; los incisos 5.1.1 y 5.1.3 del nume- ral V, así como el inciso 6.3 del numeral VI, de las Direc- tivas Nº 002-98-CTAR-HUÁNUCO-DRPP/DIR y Nº 013-