TEXTO PAGINA: 28
Pág. 228994Pág. 228994Pág. 228994Pág. 228994Pág. 228994 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, martes 27 de agosto de 2002 Los Programas Nacionales son los siguientes: - Programa Nacional WAWA WASI. - Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual. CAPÍTULO VIII DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Artículo 68º.- Son órganos desconcentrados del Mi- nisterio la Secretaría Nacional de Adopciones y los Comi-tés de Coordinación Sectorial de nivel regional. Artículo 69º.- La Secretaría Nacional de Adopcio- nes Es la autoridad central de carácter ejecutivo en materia de adopciones, que cuenta con oficinas desconcentradasa nivel nacional. Cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, que está presidido por el/la Secretario (a) Nacional de Adop-ciones, cuyos integrantes son representantes de las insti- tuciones públicas y privadas, de conformidad con la legis- lación vigente. Artículo 70º.- Los Comités de Coordinación Secto- rial Por disposición del/la Ministro(a) se constituyen los Comités de Coordinación del Sector y se designa a los coordinadores sectoriales que correspondan a nivel regio-nal. Los comités están integrados por un representante de las unidades operativas de los Programas Nacionales ycada uno de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector en la región. Estarán presididos por el Coordi- nador Sectorial designado por el Ministerio. Los Coordinadores Sectoriales dependen funcionalmen- te de la Dirección General de Descentralización, Concer- tación y Participación Social. Artículo 71º.- Las funciones de los Coordinadores Sec- toriales son: a. Representar al Ministerio en su ámbito de compe- tencia; b. Presidir los Comités de Coordinación Sectoriales; c. Coordinar con las unidades operativas de los orga- nismos públicos descentralizados del Sector; d. Coordinar la actuación sectorial en situaciones de emergencia; e. Establecer las coordinaciones que correspondan de acuerdo a ley con los gobiernos regionales y locales; y, f. Facilitar los procesos de descentralización de los pro- gramas sociales a los niveles regionales y locales. CAPÍTULO IX ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS Artículo 72º.- Los Organismos Públicos Descentra- lizados La composición y funciones de los Organismos Públi- cos Descentralizados se regulan de acuerdo a las disposi-ciones legales, reglamentarias, complementarias y co- nexas. En lo que corresponde al Sector al cual están ads- critos se rigen por el presente Reglamento de Organiza-ción y Funciones y de acuerdo a las directivas que emita la Alta Dirección del MIMDES. Participan dentro de los pro- cesos de descentralización, reestructuración y reorgani-zación sectorial e integración institucional. Están a cargo de Directores Ejecutivos que dependen del/la Ministro(a) y de los(as) Viceministros(as) según elárea de su competencia. Artículo 73º.- Los Organismos Públicos Descentrali- zados son : - Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; - Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP;- Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; - Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR; - Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL; - Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; y,- Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo So- cial - FONCODES. Artículo 74º.- Los Jefes de los Organismos Públi- cos Descentralizados del Sector Mujer y DesarrolloSocial, participan en el Gabinete de Coordinación Sec- torial, presidido por el/la Ministro(a) o por quien éste(a) designe. Artículo 75º.- "La Comisión Consultiva tiene por objeto absolver las consultas de los asuntos que le sean someti-dos a su consideración por la Alta Dirección. Está integra- da por no menos de seis (6) ni más de doce (12) Miem- bros, Profesionales y Especialistas de reconocida capaci-dad o experiencia en el Sector de Mujer y Desarrollo So- cial. Sus integrantes son designados por Resolución Ministerial.El cargo de Miembro de la Comisión Consultivaes honorario, de confianza y no inhabilita para el desempe- ño de ninguna actividad pública o privada. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Declárese en proceso de reorganización sec- torial al Sector Mujer y Desarrollo Social, que culminará enel plazo de 120 días útiles. El Ministerio a través de sus órganos de dirección y de línea, queda facultado a dictar las políticas y disposiciones normativas que correspondanen las áreas de Mujer y Desarrollo Social relacionadas con la evaluación, supervisión, racionalización, reestructura- ción, reorganización y fusión de los Programas Naciona-les, los Organismos Públicos Descentralizados y demás organismos de su Sector. Segunda.- Autorizase al Titular del Pliego Presupues- tario del Ministerio de Mujer y Desarrollo Social a aprobar de manera integrada y sectorial el pliego y los sub pliegos presupuestales de los Programas Nacionales y Organis-mos Públicos Descentralizados del Sector, introduciendo las modificaciones que se consideren necesarias para el ejercicio presupuestal del año 2003. Tercera.- El Poder Ejecutivo mediante Decreto Supre- mo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas aprobará las modificaciones de presupuesto sectorial ne-cesarias para el funcionamiento de los organismos del Sector y gestionará como corresponde los créditos suple- mentarios que se requieran para el cumplimiento de lasfunciones asignadas al Sector. Cuarta.- Transfiérase la Dirección de Inversión Econó- mica y Social - DIES, con sus recursos financieros y hu-manos que fueron transferidos del desactivado Ministerio de la Presidencia al Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES por Decreto Supremo 019-2002-PRES, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Constitúyase una Comisión de Transferencia bajo la direc- ción de un Representante de la Alta Dirección del Ministe-rio, con participación de un Representante del FONCO- DES, con la finalidad de presentar al Despacho Ministerial en el plazo de Ley, el informe relacionado con la transfe-rencia sectorial de la mencionada Dirección y sus recur- sos. Quinta.- Constitúyase una Comisión de Trabajo Secto- rial bajo la dirección de un representante de la Alta Direc- ción del MIMDES, con participación de un representante del INABIF, uno de las Sociedades de Beneficencia Públi-ca y uno por cada uno de los sectores de Educación y Salud, con la finalidad de presentar al Despacho Ministe- rial en el plazo de treinta (30) días útiles a partir de la insta-lación de la Comisión una propuesta legislativa de reorga- nización integral y descentralización, relacionada con las Sociedades de Beneficencia Pública. Sexta.- Constitúyase una Comisión de Trabajo Secto- rial bajo la dirección de un representante de la Alta Direc- ción con participación de un representante del ProgramaNacional Wawa Wasi, y uno de cada uno de los Sectores Educación, Justicia y Salud respectivamente, con la finali- dad de presentar al Despacho Ministerial, en el plazo de30 días útiles desde la instalación de la Comisión, una pro- puesta legislativa de estrategias de fortalecimiento y des- centralización de los citados Programas. Séptima.- Constitúyase una Comisión de Trabajo Sec- torial bajo la dirección de un representante de la Alta Di- rección con participación de un representante del Progra-ma Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, y uno de cada uno de los Sectores Educación, Justicia y Salud res-