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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (27/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 228989Pág. 228989Pág. 228989Pág. 228989Pág. 228989 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, martes 27 de agosto de 2002 f. Promover la concertación y participación de la pobla- ción en la ejecución y vigilancia de los programas socia-les; g. Aprobar la estructura organizativa y demás disposi- ciones que mejor convenga a sus funciones. h. Velar por la ejecución de los programas de acción de las Cumbres Mundiales sobre Desarrollo Social, en el ámbito del ordenamiento jurídico peruano. Proponerla suscripción de nuevos convenios sobre Desarrollo Social i. Coordinar con las entidades públicas y privadas, na- cionales e internacionales en las materias de su compe- tencia. TÍTULO III DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 10º.- El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para cumplir sus objetivos y funciones cuenta con la siguiente estructura orgánica : Alta Dirección Despacho MinisterialDespacho Viceministerial de la Mujer Despacho Viceministerial de Desarrollo Social Secretaría General Órgano de Coordinación Gabinete de Coordinación Sectorial Órgano Consultivo Comisión Consultiva Órgano de Control Oficina General de Auditoría Interna Órgano de Defensa Judicial Procuraduría Pública Órganos de Línea En el Despacho Viceministerial de la Mujer Dirección General de Promoción de la Mujer Dirección General de Niñas, Niños y AdolescentesDirección General de Personas Adultas Mayores En el Despacho Viceministerial de Desarrollo So- cial Dirección General de Inversión Social Dirección General de Fortalecimiento InstitucionalDirección General de Descentralización, Concertación y Participación Social Órganos de Asesoría Dirección General de Planeamiento Oficina de Planificación y Presupuesto Oficina de Monitoreo y Evaluación Oficina de Cooperación Internacional Dirección General de Asesoría Jurídica Órganos de Apoyo Secretaría General - Oficina de Informática y Desarrollo de Sistemas;- Oficina de Comunicaciones, Imagen y Relaciones Públicas; - Oficina de Trámite Documentario y Archivo;- Oficina de Defensa Nacional; - Centro de Documentación; y, - Centro de Capacitación. Dirección General de Administración Oficina de Recursos HumanosOficina de Logística Oficina de Contabilidad Oficina de Tesorería Órganos Desconcentrados Coordinadores Sectoriales RegionalesSecretaría Nacional de Adopciones Programas Nacionales Programa Nacional WAWA WASI Programa Nacional contra la Violencia Familiar y SexualOrganismos Públicos Descentralizados Consejo Nacional de Integración de la Persona con Dis- capacidad - CONADIS Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIFPrograma de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR Patronato del Parque de las Leyendas - PATPALPrograma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO- NAA Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES CAPÍTULO I DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 11º.- El Despacho Ministerial El/la Ministro(a) es el/la Titular del Sector y de su res- pectivo Pliego Presupuestal, le corresponde fijar los objeti- vos del Ministerio, aprobar los planes de actuación y asig-nar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspon- dientes. Artículo 12º.- Son funciones del Despacho Ministerial las siguientes: a. Formula, aprueba, dirige y supervisa las acciones del Ministerio, de los Organismos Públicos Descentraliza-dos y Programas Nacionales bajo su competencia; b. Aprueba los documentos de gestión institucional y a nivel sectorial la propuesta de presupuesto de los Orga-nismos Públicos Descentralizados y Programas Naciona- les bajo su competencia y supervisa su cumplimiento; c. Determina, y en su caso, propone, la organización interna del Ministerio, de acuerdo con las competencias que le atribuye la Ley; d. Aprueba, dirige y evalúa las políticas y los planes anuales y multianuales , políticas internas así como los demás instrumentos de gestión del Ministerio y ejerce el control sobre las instituciones que conforman el Sector; e. Nombra y remueve a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio y propone la designación de los titulares de los Organismos Públicos Descentralizados; f. Mantiene las relaciones con los Gobiernos Regiona- les y los Gobiernos Locales, asimismo convoca a reunio- nes sectoriales en el ámbito de las competencias atribui-das a su Sector; g. Refrenda los dispositivos legales que atañen a su Sector; h. Promueve la coordinación intra e intersectorial así como la aprobación de políticas y normas multisectoriales en los ámbitos de su competencia; i. Establece mecanismos necesarios para la transpa- rencia en la gestión del Sector así como para el acceso a la información pública y la rendición de cuentas de acuer-do a ley; j. Aprueba y suscribe convenios nacionales e interna- cionales en el ámbito de su competencia; y, k. Acepta y/o aprueba las donaciones en el ámbito de su competencia, según corresponda de acuerdo a ley. Artículo 13º.- Los/las Viceministros(as) Son las autoridades inmediatas al/la Ministro(a), les corresponde orientar, ejecutar y supervisar las políticas demujer así como de desarrollo humano y social en el área de su competencia, de conformidad con las políticas for- muladas por el/la Ministro(a). Forman parte de la Alta Dirección y coordinan, orientan y supervisan las actividades que cumplen los órganos del Ministerio y las de los Organismos Públicos Descentrali-zados y las Comisiones Sectoriales y Multisectoriales que estén dentro de su ámbito, así como de los Programas Nacionales y Proyectos según corresponda a su ámbitode acción. Por delegación los/las Viceministros(as) asumen las funciones que les encomiende el/la Ministro(a). Artículo 14º.- El Despacho Viceministerial de la Mu- jer Está a cargo del/la Viceministro (a) de la Mujer que es la autoridad inmediata al/la Ministro (a) en el área de su competencia, tiene a su cargo la promoción de igualdad deoportunidades para las personas, niños y niñas, adoles- centes, hombres y mujeres, adultas mayores, discapacita-