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Pág. 229002Pág. 229002Pág. 229002Pág. 229002Pág. 229002 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, martes 27 de agosto de 2002 tículo 3º del Reglamento Operativo, será no mayor de se- senta (60) días calendario, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. Tercera.- Los procedimientos a que hacen referencia los numerales 5 y 6.9 del artículo 3º del presente Regla- mento Operativo se sujetarán a los plazos que determinela ONP , según sus normas y disposiciones aplicables. 15167 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONAFE Designan PDesignan PDesignan PDesignan PDesignan P residente del Directorio deresidente del Directorio deresidente del Directorio deresidente del Directorio deresidente del Directorio de la Corporación Fla Corporación Fla Corporación Fla Corporación Fla Corporación F inanciera de Desarroinanciera de Desarroinanciera de Desarroinanciera de Desarroinanciera de Desarro ----- llo S.Allo S.Allo S.Allo S.Allo S.A . - COFIDE S.A. - COFIDE S.A. - COFIDE S.A. - COFIDE S.A. - COFIDE S.A ..... ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 007-2002/011-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Finan- ciamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modi- ficatorias, la designación de los Directores de las empre-sas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empresa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por el señor Salomón Lerner Ghitis al cargo de Presidente del Directorio de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE S.A. y agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directo- rio del FONAFE Nº 007-2002/011-FONAFE, de fecha 21de agosto de 2002, se designó al señor Daniel Schydlows- ki Rosemberg como Presidente del Directorio de la referi- da Empresa. 15248 I R T P PPPPPrecisan plazo de vigencia de contratorecisan plazo de vigencia de contratorecisan plazo de vigencia de contratorecisan plazo de vigencia de contratorecisan plazo de vigencia de contrato para prestación de servicios de medi-para prestación de servicios de medi-para prestación de servicios de medi-para prestación de servicios de medi-para prestación de servicios de medi- ción de sintonía de televisión a que seción de sintonía de televisión a que seción de sintonía de televisión a que seción de sintonía de televisión a que seción de sintonía de televisión a que se refiere la Res. Nº 080-2002-IRTPrefiere la Res. Nº 080-2002-IRTPrefiere la Res. Nº 080-2002-IRTPrefiere la Res. Nº 080-2002-IRTPrefiere la Res. Nº 080-2002-IRTP RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 091-2002-IRTP Lima, 26 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 080-2002-IRTP se exoneró del proceso de Adjudica- ción Directa Pública, la contratación de los Servicios de Medición de Sintonía de Televisión Nacional del Perú, des- de el mes de julio 2002 hasta el mes de diciembre del mis-mo año; Que, habiéndose publicado dicha Resolución en el Dia- rio Oficial El Peruano el día 14 de agosto del 2002, es ne- cesario explicitar que los servicios a adquirirse están en- marcados dentro de la fechas que la ley determina paraeste tipo de procedimiento de adquisición; Que, en tal sentido, es necesario precisar los alcances de dicha resolución; Estando a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S.Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, D.S. Nº 013-2001- PCM, el Decreto Legislativo Nº 829 y el D.S. Nº 056-2001- ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precísase que la vigencia del contrato para la prestación de los servicios de medición de sintonía de Televisión a que se refiere el Artículo 1º de la Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 080-2002-IRTP rige a partirdel día de su suscripción y hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 2º.- Dispóngase la publicación inmediata de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión a la Contraloría General de la República de copia de la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO G. BRUCE MONTES DE OCA Presidente Ejecutivo 15249 SUNARP AAAAAutorizan el funcionamiento de unautorizan el funcionamiento de unautorizan el funcionamiento de unautorizan el funcionamiento de unautorizan el funcionamiento de una Oficina Zonal ubicada en el distrito deOficina Zonal ubicada en el distrito deOficina Zonal ubicada en el distrito deOficina Zonal ubicada en el distrito deOficina Zonal ubicada en el distrito de VVVVVilla El Salvador bajo la Zona Registralilla El Salvador bajo la Zona Registralilla El Salvador bajo la Zona Registralilla El Salvador bajo la Zona Registralilla El Salvador bajo la Zona Registral Nº IX, Sede LimaNº IX, Sede LimaNº IX, Sede LimaNº IX, Sede LimaNº IX, Sede Lima RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 336-2002-SUNARP/SN Lima, 23 de agosto del 2002 Que, mediante Ley Nº 26366, se creó la Superinten- dencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, or-ganismo público descentralizado autónomo del Sector Jus- ticia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos; Que, siendo concordante con la política de descentra- lización impartida por el Gobierno Central, facilitar el acce- so a los Servicios Registrales a la población de menores recursos y de sectores más alejados de la ciudad, se ha previsto la implementación y funcionamiento de una Ofici- na Zonal en el distrito de Villa El Salvador; Que, la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, organismo público descentralizado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, tiene ámbito geográfico y com- petencia registral en el departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao, por lo que resulta procedente quela Oficina Zonal de Villa El Salvador se encuentre dentro de la jurisdicción de la Zona Registral Nº IX; Que, la citada Oficina Zonal contará con las condicio- nes materiales necesarias y equipos para que los usua- rios de los distritos de Lurín, Pachacámac, Punta Negra,Santa María, Pucusana, Punta Hermosa, San Bartolo, Vi- lla María del Triunfo y Villa El Salvador, pueden solicitar los servicios registrales que correspondan y recibirlos en for- ma adecuada; Que, el Directorio de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en su sesión Nº 162 del miércoles 17 de julio del año en curso, acordó autorizar el funcionamiento de una Oficina Zonal en el distrito de Villa El Salvador, la cual estará bajo la jurisdicción de la Zona Registral IX; Estando a lo dispuesto por el Artículo 7º inciso a) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, a partir del 28 de agosto del 2002, el funcionamiento de una Oficina Zonal ubicada en el distrito de Villa El Salvador, provincia de Lima y departamen- to de Lima, bajo la jurisdicción de la Zona Registral Nº IX,Sede Lima, la misma que podrá recepcionar todas las solici- tudes de inscripción que ingresan actualmente a través del Libro Diario de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, y brindar servicios de publicidad registral referidos a Copias Simples y Búsquedas. Asimismo, en dicha oficina se podrán efectuarlos pagos por los servicios registrales antes señalados, a los que podrá añadirse aquellos que correspondan por la amplia- ción progresiva de sus servicios. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 15239