Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2002 (27/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de agosto de 2002

das, con prioridad de la poblacion que vive en situacion de pobreza extrema y sufren los efectos de la discriminacion, violencia e inequidad social. Le corresponde dirigir, evaluar y supervisar el cumplimiento de las politicas sectoriales impartidas por el/la Ministro(a), dirigir y supervisar a los organos de linea tecnico normativos y a los Programas Nacionales Wawa Wasi y Contra la Violencia Familiar y Sexual, asi como a los Organismos Publicos Descentralizados: Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Patronato del MORDAZA de las Leyendas - PATPAL, y Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS. Por delegacion asume las funciones que le encomiende el/la Ministro(a). El/la Viceministro(a) depende del/la Ministro(a). Articulo 15º.- Son funciones del Despacho Viceministerial de la Mujer las siguientes: a. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar a los organos de linea, programas nacionales, organos desconcentrados y organismos publicos descentralizados, en su area de competencia. b. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el seguimiento del cumplimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres. c. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el seguimiento de la politica de igualdad de oportunidades para la ninez y adolescencia y el cumplimiento del Plan Nacional de Accion por la Infancia. d. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimiento de las politicas y normas institucionales en relacion con las entidades publicas, privadas y sociales que trabajan en su ambito. e. Articular con la Agenda Nacional de Desarrollo, la problematica de inequidad, desigualdad y exclusion. f. Hacer el seguimiento de la politica Decimo Primera del Acuerdo Nacional que se refiere a la "Promocion de la Igualdad de Oportunidades sin Discriminacion". g. Promover la elaboracion de informacion estadistica sobre la situacion de las mujeres respecto a los hombres. h. Otras que le encomiende el/la Ministro(a) de acuerdo a ley. Articulo 16º.- El Despacho Viceministerial de Desarrollo Social Es la autoridad inmediata al/la Ministro(a) en el area de su competencia. Le corresponde dirigir, evaluar y supervisar el cumplimiento de las politicas sectoriales impartidas por el/la Ministro(a) asi como dirigir y supervisar a los organos de linea tecnico normativos, asi como a los siguientes Organismos Publicos Descentralizados : Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP y el Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR. Le corresponde dictar las politicas y las normas tecnicas y legales que promuevan la inversion social, el fortalecimiento institucional, la descentralizacion, concertacion y participacion social, priorizando a la poblacion que vive en situaciones de pobreza extrema y sufren de discriminacion, inequidad o exclusion social. Por delegacion asume las funciones que le encomiende el/la Ministro(a). Depende del/la Ministro(a). Articulo 17º.- Son funciones del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social las siguientes : a. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar a los organos de linea en su area de competencia relacionada con el area de desarrollo social, la inversion social, la descentralizacion y el fortalecimiento institucional. b. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el seguimiento de las politicas de desarrollo social el cumplimiento de los Planes operativos sectoriales. c. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar a los Organismos Publicos Descentralizados, los organos de linea y organos desconcentrados en el ambito del desarrollo social. d. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimiento de las politicas y normas institucionales en relacion con las entidades publicas, privadas y sociales e. Otras que le encomiende el/la Ministro(a). Articulo 18º.- La Secretaria General Es el organo de apoyo de la Alta Direccion en los aspectos administrativos, de tramite documentario, comunicacion social y relaciones publicas.

Ejerce la representacion legal del Ministerio. Esta a cargo de un(a) Secretario(a) General que depende del/la Ministro(a). Articulo 19º.- Son funciones de la Secretaria General las siguientes : a. Conducir los procesos de tramite documentario y archivo; b. Autenticar las normas expedidas en su ambito; c. Dirigir las funciones de los organos de apoyo administrativo; d. Aprobar las Subvenciones Sociales; e. Dirigir el Centro de Documentacion; f. Dirigir el Centro de Capacitacion; y, g. Otras que le encomienden los Despachos Ministerial o Viceministeriales. Articulo 20º.- La Secretaria General tiene a su cargo las siguientes Oficinas: - Oficina de Informatica y Desarrollo de Sistemas; - Oficina de Comunicaciones, Imagen y Relaciones Publicas; - Oficina de Tramite Documentario y Archivo; - Oficina de Defensa Nacional; - Centro de Documentacion; y, - Centro de Capacitacion. Articulo 21º.- Oficina de Informatica y Desarrollo de Sistemas Es el organo encargado de disenar, programar, coordinar y supervisar los sistemas del MIMDES y de los organismos del Sector de conformidad a las normas y principios vigentes. Esta a cargo de un(a) Jefe(a) que depende de la Secretaria General. Articulo 22º.- Oficina de Comunicaciones, Imagen y Relaciones Publicas Es el organo encargado de programar, coordinar y ejecutar los procesos de comunicaciones orientados a crear la identidad sectorial y proyectar la imagen institucional, de conformidad a las politicas, normas y principios aprobados por el/la Titular del Sector. Esta a cargo de un(a) Jefe(a) que depende de la Secretaria General . Articulo 23º.- Oficina de Tramite Documentario y Archivo Es el organo encargado de recibir, registrar y entregar oportunamente los documentos que ingresan asi como los que se reparten a otras dependencias publicas y privadas. Es responsable del archivo institucional. Esta a cargo de un (a) Jefe que depende de la Secretaria General. Articulo 24º.- Oficina de Defensa Nacional Es el organo encargado de asesorar a la Alta Direccion y dirigir la ejecucion de acciones de Defensa Civil y Nacional de su competencia y de conformidad a la ley. Esta a cargo de un(a) Jefe(a) que depende de Secretaria General. Articulo 25º.- Centro de Documentacion Es una unidad de apoyo encargada de sistematizar y difundir la informacion y material especializado entre el publico involucrado en los temas de su competencia. Promover el acceso a la informacion del Sector a todas las personas que lo soliciten, con arreglo a ley. Articulo 26º.- Centro de Capacitacion Es una unidad de apoyo encargado de desarrollar, implementar y brindar oportunidades de capacitacion y desarrollo de los trabajadores del Sector. Desarrolla programas, brinda oportunidades y evalua los resultados de la capacitacion de acuerdo a las orientaciones de la Oficina de Recursos Humanos.

CAPITULO II ORGANO DE CONTROL
Articulo 27º.- Organo de Control La Oficina General de Auditoria Interna es el organo encargado de dirigir las acciones de control, auditorias, examenes especiales en el MIMDES y en los Organismos Publicos Descentralizados, de conformidad a las normas del Sistema Nacional de Control. Esta a cargo de un Auditor General que depende del/la Ministro(a).

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