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Pág. 229047 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de agosto de 2002 2002-SDOPRIV-DDU-MSS al Nº 075.02-2002-SDO- PRIV-DDU-MSS la Regularización de Habilitación Ur- bana Ejecutada de Lote Único de Tipo Progresivo, del terreno de 1,259.60 m2 de propiedad de CASA COM S.A.C., constituido por el Sublote 2-B, Lote 2, Mz. "7" de la Parcelación Semi Rústica "Santa Teresa", ubi- cado con frente a la Av. Monterrico Chico Nº 475, dis- trito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DECLARAR CUMPLIDAS por la empresa CASA.COM S.A.C. las Obras de Habilita- ción Urbana Ejecutada, para Uso Residencial de Baja Densidad R1 del terreno de un mil doscientos cincuen- ta y nueve metros cuadrados y sesenta decímetros cuadrados (1,259.60 m2), constituido por el Sublote 2- B, Lote 2, Mz. "7" de la Parcelación Semi Rústica "Santa Teresa", ubicado con frente a la Av. Monterrico Chico Nº 475, distrito de Santiago de Surco, con el Cuadro de Áreas siguiente: Área Bruta 1,259.60 m2 Área para vías 0.00 m2 Área Útil 1,259.60 m2 Artículo Tercero.- CONSIDERAR del Tipo Progresi- vo a la presente Habilitación Urbana, dejándose diferida la ejecución de las Obras de pavimentación correspon- diente a la vereda de la Av. Monterrico Chico, para ser ejecutada por empresa CASA.COM S.A.C. en el plazo máximo de diez (10) años, según lo establecido en el numeral II-XXII-4.2 del Reglamento Nacional de Cons- trucciones. Las características de las obras de pavimentación que queda pendiente de ejecutar se ajustará a las caracterís- ticas siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f'c = 175 kg/cm2 de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado será con una mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El des- nivel de la acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de con- creto de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera de que cuando se ejecuten repara- ciones no se comprometa al sardinel; la calidad de con- creto será de f'c = 175 kg/cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra cha- cra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 m. en pozas de concreto. Artículo Cuarto.- APROBAR la Valorización de los déficits de aportes reglamentarios para Recreación Pública, Ministerio de Educación y Otros Fines con un área total de 88.17 m2; en la suma de CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 01/100 NUEVOS SOLES (S/. 4,977.01) que serán actualiza- dos con el Índice de Precios al Consumidor al mo- mento de su cancelación. Artículo Quinto.- TENER por cancelados los défi- cits de Aportes Reglamentarios para Recreación Pú- blica, Parques Zonales, Ministerio de Educación y Otros Fines, de conformidad con los documentos de cancelación adjuntados por CASA.COM S.A.C. y de- tallados en el cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo Sexto.- DISPONER que la administrada CASA.COM S.A.C efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el pla- zo de cinco días útiles contados a partir del día si- guiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Séptimo.- REMITIR los presentes actua- dos administrativos en copia simple a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su verificación de acuer- do a ley.Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Dirección de De- sarrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Pri- vadas, el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 15272 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAULI Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra- ma del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2002-MDY Yauli, diecinueve de agosto del dos mil dos VISTOS: El Informe Técnico Nº 01-2002-DM/MDY-HVCA, de fecha veinticinco de julio del año dos mil dos y el Informe Nº 102-02-E-PVL-MDY-HVCA, de fecha dos de agosto del año dos mil dos; CONSIDERANDO: Que, estando a la Resolución de Alcaldía Nº 047-2002- A-MDY/HVCA, de fecha tres de julio del año dos mil dos, Declaran Nulo de Oficio la Licitación Pública Nº 001-2002- CE-MDY/HVCA, por la sobrevaluación de precios de los productos alimenticios y por no contar con el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año dos mil dos, de la Municipalidad Distrital de Yauli; Que estando a la Resolución de Alcaldía Nº 053-2002- A-MDY/HVCA, de fecha diecinueve de agosto del año dos mil dos, donde se Aprueba en vías de regularización el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal del año dos mil dos, de la Munici- palidad Distrital de Yauli; Que, estando al Informe Técnico Nº 01-002-DM/MDY- HVCA, indica que se debe declarar de urgencia por un perío- do de noventa días calendario para adquirir los insumos del programa de vaso de leche para los beneficiarios del distrito de Yauli y el Informe Nº 102-02-E-PVL-MDY-HVCA, de fecha dos de agosto del año dos mil dos, indica, el Acuerdo del Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche respecto a la Adquisición de insumos de urgencia por un período de noventa días del Programa de Vaso de Leche; Que, estando al artículo 19º, 20º y artículo 21 del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM del Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al artículo 108º numeral 2) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a la votación unánime del concejo donde aprueban declarar en situación de urgencia el programa de vaso de leche y por las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, en situación de UR- GENCIA la Adquisición de insumos para el Programa de Vaso de Leche, por un período de noventa días calenda- rio, contados del mes de abril, mayo y junio del año dos mil dos, de la Municipalidad Distrital de Yauli, provincia y departamento de Huancavelica. Artículo Segundo.- EXONERAR, del proceso de selec- ción, procediéndose a la Adquisición en la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme al siguiente deta- lle: