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Pág. 229043 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de agosto de 2002 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Aceptan renuncia formulada por SEDAPAL a la afectación en uso de terreno ubicado en el distrito de Ate, provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 134-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 19 de agosto del 2002 Visto el expediente Nº 062-2002/SBN-JAR que contiene la renuncia a la afectación en uso formulada por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcan- tarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al área de te- rreno de 64 767,00 m² ubicada en la margen izquier- da del río Rímac, colindante con el puente de Santa Clara o Huachipa, a la altura del kilómetro 16.2 de la Carretera Central, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrita a favor del Estado en la ficha Nº 78375 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de la Oficina Registral de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el De- creto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", y De- creto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprove- chamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su inter- cambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscaliza- ción; Que, el Estado es propietario de un área de terreno de 64 767,00 m² ubicada en la margen izquierda del río Rímac, colindante con el puente de Santa Clara o Hua- chipa, a la altura del kilómetro 16.2 de la Carretera Cen- tral, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrita en la ficha Nº 78375 del Registro de la Pro- piedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao, y registrada en el asiento Nº 1099 del Libro de Lima del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Pro- piedad Estatal - SINABIP; Que, mediante Resolución Suprema Nº 189-98-PRES de fecha 11 de julio de 1998, el Ministerio de la Presiden- cia resuelve afectar en uso, en vía de regularización, a favor de la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, el terreno de 64 767,00 m² antes descrito para la implementación y administra- ción del Centro Ecológico Recreacional Huachipa, con fines educativos, de investigación, recreación, y esparci- miento de la comunidad; Que, con Oficio Nº 0354-2002-CEI-TUR de fecha 08 de agosto del 2002, PROINVERSIÓN comunica el acuerdo de su Consejo Directivo adoptado en la se- sión de fecha 07 de agosto del 2002, mediante el cual, con la finalidad de coadyuvar al proceso de conce- sión del Centro Ecológico Recreacional Huachipa, se autoriza a la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL a iniciar las gestio- nes correspondientes ante la Superintendencia de Bienes Nacionales a efectos de que se proceda, vía la modalidad de renuncia, a la desafectación del uso del terreno submateria, con la finalidad de transferirlo en propiedad al Ministerio de Comercio Exterior y Tu- rismo; Que, mediante Carta Nº 964-2002-GG, el Gerente Ge- neral de la empresa de Servicio de Agua Potable y Al- cantarillado de Lima - SEDAPAL remite un documento con firma legalizada, a través del cual solicita que en con-cordancia con el acuerdo de Directorio de SEDAPAL de fecha 16 de agosto del año en curso, y habiéndose otor- gado la buena pro de la concesión del Centro Ecológico Recreacional Huachipa al Consorcio Ecolatina, siendo ne- cesaria su transferencia al Ministerio de Comercio Exte- rior y Turismo, se apruebe la renuncia a la afectación en uso constituida en favor de su representada sobre el te- rreno de 64 767,00 m² antes mencionado, cumpliendo con la formalidad establecida por el artículo 97º del De- creto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, en tal sentido resulta procedente aprobar la renuncia a la afectación en uso del predio de 64 767,00 m² ubicado en la margen izquierda del río Rímac, co- lindante con el puente de Santa Clara o Huachipa, a la altura del kilómetro 16.2 de la Carretera Central, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la ficha Nº 78375 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Regis- tral de Lima; Que, de conformidad al inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-201/SBN de fe- cha 03 de setiembre del 2001, que aprueba el "Regla- mento de Organización y Funciones de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales", se faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera ins- tancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 263-2002/SBN-GO-JAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la renuncia a la afectación en uso formulada por la empresa de Servicio de Agua Po- table y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto al área de terreno de 64 767,00 m² ubicada en la margen izquierda del río Rímac, colindante con el puente de Santa Clara o Huachipa, a la altura del kilómetro 16.2 de la Carretera Central, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrita a favor del Estado en la ficha Nº 78375 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de la Oficina Registral de Lima, y que fuera afecta- da en uso mediante Resolución Suprema Nº 189-98- PRES de fecha 11 de julio de 1998, reasumiendo el Estado su administración. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao, por el mérito de la presente resolución, inscribirá la corres- pondiente renuncia a la afectación en uso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 15229 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban denominaciones de áreas de recreación pública ubicadas en el dis- trito de San Martín de Porres ACUERDO DE CONCEJO Nº 169 Lima, 25 de junio de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión de la fecha el Acuerdo de Concejo Nº 148-2001-MDSMP del distrito de San Martín de Porres de fecha 20 de noviembre de 2001 de acuerdo con el artículo 65° inciso 10) de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26365, su Re- glamento el Dictamen Nº 02-2002-MML-CN de la Comi- sión de Nomenclatura de Lima Metropolitana;