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Pág. 229034 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de agosto de 2002 presentación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por presunto delito contra la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MÉNDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 15318 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 660-2002-JEF/RENIEC Lima, 9 de agosto de 2002 Visto el Informe Nº 827-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 26 de julio de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que la ciudadana Dolo- res Sabina Chapeyquen Sánchez ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones fal- sas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, utilizándose para este efecto documento presun- tamente falsificado; Que el hecho antes descrito constituye indicio razo- nable de la comisión de presunto delito contra la fe públi- ca, en las modalidades de falsedad ideológica propia e impropia, previsto y sancionado en el Artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga contra Dolores Sabi- na Chapeyquen Sánchez, las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra Dolores Sabina Chapeyquen Sánchez, por presunto deli- to contra la fe pública, en agravio del Estado y del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MÉNDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 15319 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 661-2002-JEF/RENIEC Lima, 9 de agosto de 2002 Visto el Informe Nº 841-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 1 de agosto de 2002.CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que los ciudadanos por Alejandro Máximo Huerta Acuña, Hugo Nicolás Romaní Meléndez, Josué Rusbell Amancio Villanueva, Francisco Vásquez Goicochea y Manuel Enrique Montes Aguina- ga, quienes dicen llamarse Alejandro Tajiri Bances, Hugo Nicolás Inglish Higuchi, Valencio Amancio Villanueva, Erickson Francisco Vásquez Goicochea y Víctor Hugo Martín Mozo Maeda, respectivamente, han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones fal- sas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razo- nable de la comisión de presunto delito contra la fe públi- ca, en la modalidad de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente re- sulta necesario autorizar al Procurador Público, a car- go de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, contra Alejandro Máximo Huerta Acuña, Hugo Nicolás Romaní Meléndez, Jo- sué Rusbell Amancio Villanueva, Francisco Vásquez Goicochea y Manuel Enrique Montes Aguinaga, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra Alejandro Máximo Huerta Acuña, Hugo Nicolás Romaní Meléndez, Josué Rusbell Amancio Villanueva, Francisco Vásquez Goicochea y Manuel Enrique Montes Aguina- ga, por presunto delito contra la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MÉNDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 15320 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Aprueban circular referida al tráfico fronterizo de bienes de uso y consumo doméstico CIRCULAR Nº INTA-CR.63-2002 Callao, 27 de agosto de 2002 Señor: Intendente de la Aduana Presente Asunto: Tráfico fronterizo de bienes de uso y consumo doméstico __________________________________________________