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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (28/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 229045 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de agosto de 2002 - El Presupuesto de Inversión Total es de US$ 134,266.97 (Ciento treinta y cuatro mil doscientos sesenta y seis y 97/100 Dólares Americanos). Que, dentro del marco legal del Decreto Legislativo Nº 757, el Decreto Supremo Nº 162-92-PCM, el Decreto Legislativo Nº 758 y la Ordenanza Nº 098-96-MML del Concejo Metropolitano de Lima por la que se aprobó el Reglamento para Inversiones Privadas en Obras de In- fraestructura y Servicios Públicos, Locales en la Provin- cia de Lima; En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Alcaldía Nº 084-2002-ALC/MSI de fecha 26.MAR.2002; RESUELVE: Artículo Único.- OTORGAR la Buena Pro a la em- presa INVERSIONES BROS S.A.C., para la conce- sión por un período de 14 años, del Proyecto Integral denominado "Remodelación, Puesta en Servicio y Explotación de la Plazuela de las Flores" con un in- greso para la Municipalidad del 5% sobre los ingre- sos brutos mensuales que por todo concepto perciba la Concesionaria, el presupuesto de inversión total es de US$ 134,266.97 (Ciento treinta y cuatro mil dos- cientos sesenta y seis y 97/100 Dólares Americanos) y comprende: La demolición de la construcción exis- tente y rotura de pisos en general; la construcción y equipamiento de 45.00 m2. de área techada para uso de venta de flores y de 200.00 m2. de área techada para el uso de Cafetín y el vaciado de pisos, veredas y sardineles; la recuperación y ordenamiento vehicu- lar y peatonal, así como la señalización en torno de la Plazuela, mediante obras civiles que recuperen y revaloricen un espacio urbano tradicional; el manteni- miento y conservación de los árboles y la ampliación de las áreas verdes ubicadas en la superficie de la Plazuela de las Flores; el ordenamiento vehicular y peatonal, mediante adecuación de las vías circundan- tes y el desarrollo de veinte estacionamientos vehicu- lares, todo ubicado en la jurisdicción del distrito de San Isidro, en la Provincia de Lima. MANUEL COSSIO LÓPEZ Presidente LUIS FERNANDO BELLEZA SAEZ Miembro JULIO DÁVILA MESTANZA Miembro 15351 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Declaran nulidad de oficio de proceso de selección de adjudicación directa selectiva para la adquisición de licen- cias de software RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1030 San Juan de Lurigancho, 22 de agosto de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; VISTO: El proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 022-2002-CEP/MSJL "Adquisición de Licencia de Soft- ware", y el Informe Nº 130-2002-DM/MSJL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 798 de fecha 07 de junio de 2002, se aprobaron las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 022-2002-CEP/MSJL sobre adquisición de Licencia de Software para los equipos informáticos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho; procediéndose a la convocatoria del mismo, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 85º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850; Que, con fecha 26 de junio de 2002, el Comité Espe- cial Permanente designado mediante Resolución Direc- toral Nº 001 de fecha 02 de enero de 2002, luego de ha- ber realizado la Evaluación Técnica y Económica de las propuestas presentadas, otorgó la Buena Pro a la Em- presa Inversiones Alcocer S.R.L., por haber alcanzado el máximo puntaje de acuerdo a los criterios de calificación establecidos en las Bases; Que, mediante el Memorándum Nº 1065-2002-DM/ MSJL, de fecha 25 de julio de 2002, la Dirección Munici- pal solicita se revise el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva, observando que al parecer habrían defectos en su procedimiento; Que, mediante el Memorándum Nº 245-2002-DAI/ MSJL, de fecha 26 de julio de 2002, la Oficina de Au- ditoría Interna, observa que la Adjudicación Directa llevada a cabo por el Comité Especial Permanente, no se encuentra establecida dentro del Plan Anual de Adquisiciones aprobado para el Ejercicio 2002, no evidenciándose la inclusión de la misma por el Titular o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; así como, la no participación de un tercer miembro técnico al momento de la calificación de las propues- tas presentadas por las empresas postoras, debién- dose proceder a la anulación de oficio de la Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 022-2002-CEP/MSJL "Ad- quisición de Licencia de Software"; Que, mediante Informe Nº 377-OP-2002/MSJL de fe- cha 15 de agosto de 2002, la Oficina de Planeamiento, ratifica la observancia efectuada por la Oficina de Audito- ría Interna; Que, mediante Proveído Nº 7484-2002-DA/MSJL de fecha 12 de agosto de 2002, la Oficina de Administración, solicita dejar sin efecto el otorgamien- to de la Buena Pro a la empresa Inversiones Alcocer S.R.L. y tramitar su publicación en el Diario Oficial El Peruano conforme a ley; teniendo como sustento el Informe Nº 677-2002-CEP/MSJL de fecha 31 de julio del presente año; Que, mediante Informe Nº 1689-2002-OAJ/MSJL de fecha 19 de agosto de 2002, la Oficina de Aseso- ría Jurídica, opina que, de verificarse las observacio- nes y de no haberse suscrito contrato deberá proce- derse a declarar la nulidad del proceso, retrotrayendo el proceso hasta la etapa anterior a la que se cometió el vicio, sin perjuicio de adoptar las acciones correcti- vas de ley; Que, de lo expuesto se concluye que el Comité Es- pecial Permanente, no ha observado los principios y normas que rigen las contrataciones y adquisiciones del Estado, incurriendo en causal de nulidad prevista por ley. Estando en uso de las atribuciones y facultades con- feridas por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; los Artículos 26º y 57º del Regla- mento y del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 respectivamente, y el Informe Nº 1689-2002-OAJ/MSJL; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD de ofi- cio del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Se- lectiva Nº 022-2002-CEP/MSJL "Adquisición de Licencias de Software", desde su convocatoria. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina de Se- cretaría General notifique a los interesados. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la Re- solución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de cinco (05) días hábiles de emitida. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CLAUDIO ZÚÑIGA ESPINOZA Alcalde 15273