Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2002 (07/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

Nº de orden REQUISITOS observaciones, y no habiendolas subsanado, se declarara abandonada la referida solicitud y por ende el importe de la tasa abonada correspondera a CONS UCODE. DISPOSICIONES FINALES

MORDAZA, sabado 7 de diciembre de 2002

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

TASA U.I.T. (1) APROBACION AUTOMATICA INICIO DE TRAMITE AUTORIDAD QUE AP RUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA SILENCIO SILENCIO POSITIVO NEGATIVO

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RE CURSO DE IMPUGNACION

NORMAS LEGALES

1.- Los documentos procedentes del extranjero presentados como sustento o anexo en los tramites ante el CONSUCODE, deberan estar legalizados por el Consulado Peruano en el MORDAZA de origen y refrendados por el Ministerio de Rel aciones Exteriores en el Peru. As imismo debera acompanarse la traduc cion simple cuando el caso asi lo requiera. 2.- Para ac reditar la solvencia ec onomica, las empresas ex tranjeras deberan presentar sus es tados financieros (no consolidados) del ultimo ejerc icio debidamente auditados (Informe del MORDAZA tor y minimo Bal ance General y Es tado de Ganancias y Perdi das ) (no memori as) debidamente legali zado por el Consulado P eruano en el lugar de su domicil io y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteri ores en el Peru. 3.- P ara ac reditar al repres entante legal, las empresas extranjeras no domiciliadas en el MORDAZA, deberan adjuntar MORDAZA si mple de l a inscri pcion en los Registros Publicos del Peru, del poder otorgado, conforme l o dis pone la MORDAZA Di sposicion Complementaria del Dec MORDAZA Legislativ o N° 757 - Ley MORDAZA para el Crecimi ento de la Inversion Pri vada. 4.- La experiencia en la especialidad para los Consultores de Obras se acreditara como minimo con dos (02) serv icios de consultoria de obras culmi nadas. 5.-La persona natural extranjera que desee inscribirse como tal en el RNC, debera previamente acreditar pos eer la calidad migratoria de independiente o i nmigrante, conforme lo ex ige la Ley de Extranjeria Peruana y adicional mente estar inscri ta en el CIP o CAP, segun corres ponda, para el ejercici o de su profesion en el pais. 6.- E l plantel tecnico que presenten las personas MORDAZA dicas extranjeras, necesariamente deberan estar ins critas en el CIP o CAP segun corresponda, para el ejercici o de su profesion en el pais. 7.- Cuando el Ej ecutor de O bras solici te la Renovacion des pues de haber vencido la v igencia de su inscripcion en el RNC, se le recalculara la Capac idad Contrataci on anteriormente otorgada, si endo el tope MORDAZA, la que tuvo anteriormente, pudi endo en este caso acreditar nuevas obras para dicho fin. 8.- Cuando el Consultor de Obras solicite la Renov acion des pues de haber vencido la v igencia de su inscripcion en el RNC, se le recalificara las Espec ialidades anteriormente otorgada, si endo el

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