Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2002 (07/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de diciembre de 2002

Visto, el Oficio N° 19214-2002-IN-1701 de fecha 18.NOV.2002, mediante el cual el Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC, propone la aprobacion de la Directiva N° 02-2002-IN-1701, que establece Normas y Procedimientos para el Examen de Salud Mental de las personas que requieran la Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil, formulada por la Comision Tecnica Especial nombrada mediante R.M. Nº 1040-2002-IN del 3.ABR.2002. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 25054 que MORDAZA la fabricacion, comercio, posesion y uso por particulares de MORDAZA y municiones que no son de MORDAZA, determina que la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC del Ministerio del Interior, es el organismo encargado de autorizar y controlar las actividades relacionadas con la fabricacion, comercio, posesion y uso de las MORDAZA que no son de guerra; Que, el Articulo 30° del Decreto Supremo N° 015-2002IN de 8.NOV.2002, que aprueba el Reglamento para la obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil, precisa que el Ministerio del Interior, a traves de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC, es el organo competente para registrar a los establecimientos de Salud Publicos o Privados autorizados por el Ministerio de Salud para expedir Certificados de Salud Mental; Que, es necesario establecer las normas y procedimientos para el desarrollo del Examen de Salud Mental de los postulantes a la obtencion de la Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil, por los establecimientos de Salud Publicos o Privados, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 31° Inc. g. del Decreto Supremo N° 015-2002-IN de 8.NOV.2002; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC; lo opinado por la Oficina Sectorial de Planificacion y la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad a lo dispuesto en el Articulo 5° del Decreto Legislativo N° 370 que aprueba la Ley Organica del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 02-2002-IN-1701, que determina las Normas y Procedimientos para el Examen de Salud Mental de los postulantes a obtener la Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC, se encargara de hacer cumplir las disposiciones contenidas en la Directiva aprobada. Registrese, comuniquese y publiquese.

y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil, sea realizada por profesionales y con las garantias que un documento publico exige. C. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio por todos los establecimientos de salud publicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados en la DICSCAMEC para expedir Certificados de Salud Mental para la obtencion inicial, renovacion y transferencia de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil. D. VIGENCIA A partir de la fecha de su aprobacion y con duracion indefinida. II. BASE LEGAL A. Constitucion Politica del Peru. B. Ley Nº 25054 de 19.JUN.1989, que MORDAZA la fabricacion, comercio, posesion y uso por particulares de MORDAZA y municiones que no son de guerra. C. Ley N° 26842 de 15.JUL.1997 - Ley General de Salud. D. D.S. Nº 007-98-IN de 01.OCT.1998, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25054. E. D.S. Nº 007-99-IN de 14.JUL.2000, que modifica el Reglamento de la Ley Nº 25054. F. D.S. N° 009-99-IN de 30.DIC.2000, que modifica articulos del Reglamento de la Ley N° 25054 G. D.S. Nº 007-2000-IN de 14.JUL.2000, que modifica el Reglamento de la Ley Nº 25054. H. D.S. Nº 010-2001-IN de 26.DIC.2001, que sustituye articulos del Reglamento de la Ley Nº 25054. I. Ley Nº 27444 de 10.ABR.2001 - Ley del Procedimiento Administrativo General. J. D.S. Nº 015-2002-IN del 8.NOV.2002 que aprueba el Reglamento para la obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil. III. DISPOSICIONES GENERALES. 1. Los profesionales acreditados de los establecimientos de salud publicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados en la DICSCAMEC para expedir el certificado de salud mental examinaran obligatoriamente las siguientes areas: - Area de Inteligencia: Capacidad para resolver problemas o situaciones desfavorables en la MORDAZA diaria. - Area de Personalidad (Examen Psicopatologico): Conjunto de rasgos caracteristicos de una persona, que son duraderos en el tiempo - Area de Organicidad: Busca medir el grado de compromiso fisiologico funcional del sistema nervioso central. 2. Los profesionales acreditados de los establecimientos de salud autorizados por el Ministerio de Salud y registrados en la DICSCAMEC, seran los unicos que realizaran el examen de salud mental, utilizando uno o mas instrumentos de medicion psicologica validados y estandarizados para cada area a examinar. 3. Los certificados de salud mental seran expedidos por los establecimientos de salud autorizados por el Ministerio de Salud y registrados en la DICSCAMEC, en el formato oficial de cada Colegio Profesional, segun el modelo de certificacion establecido por la DICSCAMEC, que como anexo 01 forma parte de la presente Directiva. 4. Los certificados de salud mental emitidos por los establecimientos de salud autorizados por el Ministerio de Salud y registrados en la DICSCAMEC, para el inicio del tramite de obtencion de la licencia de posesion y uso de MORDAZA de fuego, en sus modalidades de inicial, renovacion y transferencia, tiene una vigencia de noventa (90) dias contados a partir de la fecha de expedicion del mismo.

MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior DIRECTIVA Nº 02 -2002-IN-1701
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DEL EXAMEN DE SALUD MENTAL PARA LA CERTIFICACION DE LOS POSTULANTES A OBTENER LA LICENCIA DE POSESION Y USO DE MORDAZA DE FUEGO DE USO CIVIL. I. ASPECTOS GENERALES A. OBJETO Establecer la secuencia de acciones para el desarrollo del examen de Salud Mental y su correspondiente certificacion, como requisito para obtener la Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil. B. FINALIDAD Garantizar que la certificacion del estado de Salud Mental de los administrados que solicitan Licencia de Posesion

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