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Pág. 7 PROYECTOPROYECTOPROYECTOPROYECTOPROYECTO Lima, sábado 14 de diciembre de 2002 ANEXO B PROCEDIMIENTO PARA FIJACIÓN DE TARIFAS Y COMPENSACIONES PARA LOS SISTEMAS SE C Ítem Procesos Órganos Facultades y obligaciones aPresentación de los Estudios Técnico Económicos Titulares de los Sistemas Secundarios de TransmisiónPresentar los Estudios Técnico Económicos con las Propuestas de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión conforme al Artículo 58° y siguientes de la LCE y Artículo 139° de su Reglamento bPublicación de las Propuestas de Tarifas y Compensaciones y convocatoria a Audiencias Públicas de los Titulares de los SST y OSINERGOSINERG-GARTPublicar en su página WEB las propuestas de los Titulares de los Sistemas Secundarios de Transmisión y convocar a Audiencia Pública para su sustentación y la posterior Audiencia Pública de OSINERG cAudiencia Pública de los Titulares de los SSTOSINERG-GART InteresadosOSINERG-GART: Organizar la Audiencia Pública Titulares de los Sistemas Secundarios de Transmisión: Presentar y sustentar sus propuestas de Tarifas y Compensaciones; y, responder consultas de los asistentes a la audiencia dObservaciones a los Estudios Técnico Económicos de los Titulares de los Sistemas Secundarios de TransmisiónOSINERG-GART Comunicar a los Titulares de Transmisión las observaciones a los Estudios Técnico Económicos eAbsolución de las ObservacionesTitulares de los Sistemas Secundarios de TransmisiónAbsolver las observaciones planteadas por OSINERG fPublicación en página WEB de OSINERG OSINERG-GART Publicar en su página WEB la absolución de observaciones gPrepublicación del Proyecto de Resolución que fija las Tarifas y Compensaciones y la Relación de Información que la sustenta OSINERG-GARTPrepublicar en el Diario Oficial El Peruano y en su página WEB, el Proyecto de Resolución que fija las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión y la relación de información (informes, estudios, dictámenes o modelos económicos ) que la sustentan, con excepción de información clasificada previamente como confidencial mediante Resolución del OSINERG hAudiencia Pública de OSINERG-GARTOSINERG-GART InteresadosAudiencia Pública en que OSINERG sustenta y expone los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en el análisis de los Estudios Técnico Económ icos de los Titulares de los Sistemas Secundarios de Transmisión iOpiniones y sugerencias de los interesados respecto a la PrepublicaciónInteresados OSINERG-GARTInteresados: Podrán presentar a OSINERG GART sus opiniones y sugerencias sobre el Proyecto Prepublicado que fija las Tarifas y Compensaciones.OSINERG-GART: Recepcionar y analizar las opiniones y sugerencias presentadas por los interesados. jPublicación de las Resoluciones de Tarifas y CompensacionesOSINERGPublicar en el Diario Oficial El Peruano y en su página WEB las Resoluciones de Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión aprobadas por el Consejo Directivo kInterposición de Recursos de Reconsideración (de ser el caso)InteresadosEntidades y/o usuarios que se consideren afectados por las Resoluciones que fijan las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión podrán presentar Recurso de Reconsideración lPublicación de los Recursos de Reconsideración y convocatoria a Audiencia PúblicaOSINERG-GARTPublicar en su página WEB los Recursos de Reconsideración y convocar a Audiencia Pública para la sustentación de los recurrentes mAudiencia Pública para Presentación de Recursos de ReconsideraciónOSINERG-GART RecurrentesOSINERG-GART: Organizar la Audiencia Pública Recurrentes: Exponer y sustentar sus recursos de reconsideración y responder a las consultas de los asistentes a la audiencia nOpiniones y sugerencias sobre los Recursos de ReconsideraciónInteresados legitimados OSINERG-GARTInteresados legitimados: Podrán presentar sus opiniones y sugerencias sobre los Recursos de Reconsideración interpuestos por los RecurrentesOSINERG-GART: Recepcionar y analizar las opiniones y sugerencias presentadas por los interesados legitimados ñResolución de Recursos de ReconsideraciónOSINERG Consejo DirectivoResolver los Recursos de Reconsideración como última instancia administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 74° de la LCE oPublicación de las Resoluciones que resuelven Recursos de ReconsideraciónOSINERG-GART Publicar las Resoluciones que resuelven los Recursos de Reconsideración pAudiencias solicitadas por las Empresas Prestadoras y las Organizaciones Representativas de Usuarios (Artículo 8° de la Ley 27838)Interesados Derecho a intercambio de opinión respecto del proceso de fijación de precios reguladosCUNDARIOS DE TRANSMISIÓN Plazos para su pronunciamiento y/o presentación Antes del 01 de diciembre de cada año Dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la Recepción de las Propuestas de Tarifas y Compensaciones Dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la Presentación de los Estudios Técnico Económicos Dentro de los venticinco (25) días hábiles contados a partir de la Presentación de los Estudios Técnico Económicos Dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la comunicación de las observaciones a los Estudios Técnico Económicos Dentro de tres (3) días hábiles de absuelta las observaciones No menor a quince (15) días hábiles anteriores a la publicación a que se refiere el item j), conforme lo establecido en el Artículo 4° de la Ley 27838 Dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la prepublicación del Proyecto de Resolución. Dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes contados a partir de la prepublicación del Proyecto de Resolución. Quince (15) días calendario antes de su vigencia (entra en vigencia el 1° de mayo de cada año, conforme establece el Artículo 141° del Reglamento de la LCE) Dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la Publicación en el Diario Oficial El Peruano de las Resoluciones de Tarifas y Compensaciones Dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo de interposición del Recurso de Reconsideración Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la convocatoria de la Audiencia Pública indicada en el ítem l) Dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la publicación de los recursos de reconsideración indicado en el item l) Dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la interposición de los Recursos de Reconsideración Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la Resolución del Recurso de Reconsideración Desde el inicio hasta el final del proceso