Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2002 (14/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 14 de diciembre de 2002
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO ESPECIAL DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Articulo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer un Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa, respecto de deudas cuyo acreedor es la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, en cualquier estado en que se encuentre ante instancias administrativas o judiciales. Articulo 2º.- Deudas que comprende El presente Beneficio comprende la Condonacion del 100% del interes moratorio y de las costas procesales y gastos administrativos que se hubiere generado por el procedimiento de ejecucion coactiva iniciado por deuda del Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Juegos, Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, Arbitrios Municipales, Tasa de Licencia de Funcionamiento y derecho por el uso en la via publica correspondientes a los periodos tributarios comprendidos hasta el mes de setiembre del ano 2002. Los propietarios de predios que actualmente se encuentren desocupados, en ruinas o en MORDAZA de construccion y que esten al dia o que fraccionen su deuda en el pago del Impuesto Predial, gozaran del beneficio de la condonacion del 100% de la deuda tributaria por los arbitrios municipales hasta el ano 2002. Adicionalmente, comprende el descuento del 50% de los Arbitrios Municipales correspondientes hasta el ano 2001. En cuanto a las multas por infracciones formales de naturaleza tributaria y por infracciones de naturaleza administrativa, se condonara el 100% y el 90%, respectivamente. Articulo 3º.- Sujetos comprendidos Podran acogerse a la presente Ordenanza las personas naturales y personas juridicas que no se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion y que mantengan deuda conforme al articulo 2º de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Acogimiento a la presente Ordenanza El acogimiento a la presente Ordenanza podra hacerse mediante el pago al contado o fraccionado, excepto para el beneficio del descuento del 50% de los Arbitrios Municipales, que solo podra hacerse con el pago al contado. Solo podran acogerse a la presente Ordenanza con el pago del monto total de arbitrios que se adeude por cada ano. En el caso de multas tributarias o administrativas, el deudor debera cumplir la obligacion formal tributaria omitida o subsanar la infraccion administrativa detectada, segun sea el caso, dentro del plazo en la presente Ordenanza. El acogimiento al presente beneficio implica el reconocimiento de la deuda. Articulo 5º.- Del plazo de acogimiento El plazo de vencimiento para el descuento correspondiente a los Arbitrios Municipales asi como la condonacion establecida por la presente Ordenanza vence el 21 de diciembre del presente ano. Articulo 6º.- Del pago fraccionado Corresponde a la Oficina de Administracion de Tributos y Rentas recibir las solicitudes, tramitarlas, conceder el fraccionamiento y establecer el numero de cuotas hasta por un MORDAZA de 12 cuotas. Para el otorgamiento del fraccionamiento, el interesado debera adjuntar a su solicitud los documentos que para tal fin exige el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. Articulo 7º.- Incumplimiento de Pago El incumplimiento de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas del contrato de fraccionamiento otorgado con arreglo a la presente Ordenanza, MORDAZA por vencidas las demas cuotas, procediendose a la ejecucion coactiva de los adeudos insolutos incluidos los intereses correspondientes. Articulo 8º.- De las deudas fraccionadas Solo por razones de orden socioeconomico evaluadas por la Administracion Tributaria, se podra, a peticion de parte, proceder a reformular o modificar los convenios de fraccionamiento vigentes, considerando las cuotas canceladas

como pagos a cuenta de la deuda tributaria o administrativa, procediendose a la suscripcion de un MORDAZA convenio. Articulo 9º.- Del Interes del Convenio de Fraccionamiento El interes de fraccionamiento se calculara de acuerdo a las siguientes alternativas: 9.1. Sin interes de fraccionamiento, si el convenio contempla un MORDAZA de dos cuotas. 9.2. Con una tasa del 50% del interes de fraccionamiento, si el convenio contempla mas de dos cuotas. Previa evaluacion de la Administracion se podra otorgar un MORDAZA de doce cuotas. Articulo 10º.- Pagos anteriores Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion alguna. Articulo 11º.- Desistimiento Cuando el contribuyente MORDAZA iniciado procedimientos, contenciosos o no contenciosos ante la municipalidad u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento debera desistirse del procedimiento o presentar MORDAZA autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas o judiciales. Articulo 12º.- De la informacion falsa o inexacta La induccion a error a la Administracion Tributaria en los procesos de evaluacion socioeconomica a que se refiere el articulo 8º, por informacion falsa o inexacta proporcionada por el interesado, MORDAZA lugar a la perdida automatica del beneficio concedido, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Corresponde a la Oficina de Imagen Institucional dar la debida difusion a la presente Ordenanza, en coordinacion con la Oficina de Administracion de Tributos y Rentas. Segunda.- Autorizar a la senora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 22041

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran la nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 93-98-ACSS y de la Resolucion Nº 733-99-RASS
ACUERDO DE CONCEJO Nº 112-2002-ACSS
MORDAZA de MORDAZA, 6 de diciembre de 2002 EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO: CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 043-98-PRES se deja sin efecto la Resolucion Nº 023-90-VC-5600 que dispuso la Afectacion en Uso a favor de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao del Aporte Reglamentario destinado a Otros Fines ubicado en la manzana D-4 de la urbanizacion Prolongacion MORDAZA, MORDAZA Etapa, porque de acuerdo con el Reglamento Nacional de Construcciones y Decreto Supremo Nº 004-85-VC, articulo 21º, el citado aporte debe ser transferido a la Municipalidad Distrital en cuya jurisdiccion se ubica, correspondiendo a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA administrar dicho aporte;

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