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Pág. 235277 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de diciembre de 2002 Que, el mencionado funcionario ha presentado renun- cia al cargo; Que, es necesario aceptar dicha renuncia y nombrar al nuevo representante del Poder Ejecutivo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y Ley Nº 27603; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el se- ñor Javier Málaga Cochella, como representante del Poder Ejecutivo en el Directorio del Banco Agropecuario, dándo- sele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Eduardo Villa Luna, como representante del Poder Ejecutivo en el Directorio del Banco Agropecuario. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 22460 Declaran infundado recurso de recon- sideración presentado por la Munici- palidad de Santa Rosa contra la Reso- lución Suprema Nº 106-2002-EF RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 337-2002-EF Lima, 17 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 023-2001 se facultó al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir al Comité Especial de Inmuebles - CEPRI Inmuebles - para su venta, inmuebles registrados en la Superintendencia de Bienes Nacionales, lo que se aprobará en cada oportuni- dad mediante Resolución Suprema refrendada por el Mi- nistro de Economía y Finanzas; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales, orga- nismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, encargado del registro, control y administración del patrimonio mobiliario e inmobiliario es- tatal, cuenta con terrenos de propiedad estatal registrados en el "Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal" e inscritos en los Registros Públicos; Que, mediante Resolución Suprema Nº 106-2002-EF se aprobó la transferencia del inmueble ubicado a la altura del km. 42 de la Panamericana Norte, colindante con la urbanización Country Club Balneario Santa Rosa, ingre- sando por la Av. A. Bertello, Santa Rosa, Lima; Que, mediante escrito presentado por la Municipalidad de Santa Rosa el 24 de mayo del 2002, la referida munici- palidad interpone Recurso de Reconsideración contra la resolución antes indicada; Que, mediante Informe Nº 049-2002/SBN-GO-JAR la Superintendencia de Bienes Nacionales ha señalado que Santa Rosa Club Asociación no era propietaria del terreno de 702 300,00 m2, por el contrario, el mismo estaba en un área de mayor extensión de propiedad del Estado; Que, en el mismo informe se indica que no puede argu- mentarse buena fe en la adquisición del terreno submate- ria toda vez que acuerdo al principio de publicidad estable- cido en el Artículo 2012 del Código Civil, se presume sin admitirse prueba en contrario que toda persona tiene co- nocimiento del contenido de las inscripciones; Que, en este caso también es de aplicación el Principio de Prioridad contenido en el Artículo 2016 del Código Civil, que señala que la prioridad en el tiempo de la inscripción determina la preferencia de los derechos que otorga el re- gistro, por lo que el Estado no ha lesionado ningún dere- cho de terceros ni contraviene constitucionales; Que, en virtud a ello, y en base a lo señalado en el Informe Nº 049-2002/SBN-GO-JAR emitido por la Super-intendencia de Bienes Nacionales procede declarar infun- dado el Recurso de Reconsideración presentado por la Municipalidad de Santa Rosa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 y la Ley Nº 27444; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar infundado el Recurso de Recon- sideración presentado por la Municipalidad de Santa Rosa contra la Resolución Suprema Nº 106-2002-EF por los fun- damentos que señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 22461 EDUCACIÓN Aceptan renuncia del Director Nacional de Formación y Capacitación Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1420-2002-ED Lima, 13 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 741-2002-ED, se designó a don GUILLERMO ESTEBAN SÁNCHEZ MORENO IZAGUIRRE, como Director Nacional de For- mación y Capacitación Docente, dependiente del Vicemi- nisterio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educa- ción, cargo considerado de confianza; Que, el mencionado funcionario ha presentado su re- nuncia al cargo mencionado en el considerando preceden- te; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renun- cia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supre- mos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha de la presen- te Resolución, la renuncia presentada por don GUILLER- MO ESTEBAN SÁNCHEZ MORENO IZAGUIRRE, como Director Nacional de Formación y Capacitación Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 22369 Designan Asesor del Despacho del Vice- ministro de Gestión Pedagógica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1421-2002-ED Lima, 13 de diciembre de 2002