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Pág. 235678 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de diciembre de 2002 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Renuevan autorización otorgada a em- presa para operar estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en la provincia de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 668-2002-MTC/03 Lima, 11 de diciembre de 2002 VISTA, la solicitud sobre renovación de autorización de la estación del servicio de radiodifusión sonora co- mercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, pro- vincia y departamento de Puno de la empresa CADE- NA TRANSALTIPLANICA DE COMUNICACIONES E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 268-93-TCC/ 15.17 del 24 de mayo de 1993 se autorizó a la empresa CADENA TRANSALTIPLANICA DE COMUNICACIONES S.R.L., por el plazo de diez (10) años, la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y de- partamento de Puno; Que, mediante Escritura Pública de Transformación del 10 de marzo de 1995, debidamente inscrita en la Ficha Nº 0172 de la Oficina de Registros Públicos de Puno, se transforma la empresa antes mencionada en CADENA TRANSALTIPLANICA DE COMUNICA- CIONES E.I.R.L.; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias, con Informe Nº 137-2002-MTC/15.19.03.2, señala que ha- biéndose efectuado inspección técnica a las instalacio- nes de la referida estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se constató que viene operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad téc- nica para que se le otorgue la renovación de la autoriza- ción solicitada, incluyéndose la adecuación del tipo de emisión de la citada estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica, mediante In- forme Nº 465-2002-MTC/15.19.01, señala que es proce- dente otorgar la renovación de la autorización solicitada, comprendiéndose el cambio de característica técnica an- tes indicado; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias y el TUPA del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empresa CADENA TRANSALTIPLANICA DE COMU- NICACIONES E.I.R.L., para la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamen- to de Puno, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :97.7 MHz. Indicativo :OCZ-7L Potencia :0.25 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación del Estudio y la Planta :Calle Mariano H. Cornejo Nº 123, distrito, provincia y departamento de Puno. Coordenadas: L.O. 70° 12' 00" L.S. 15° 50' 11"Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo 1º, se otorga por el plazo de diez (10) años, que vencerá el 23 de abril del año 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 22480 Otorgan autorizaciones a empresas y persona natural para operar estaciones del servicio de radiodifusión sonora comercial en FM RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 669-2002-MTC/03 Lima, 11 de diciembre de 2002 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RA- DIODIFUSORA MANÁ E.I.R.L., para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, depar- tamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización, per- miso y licencia; otorgándose la autorización por Resolu- ción del Viceministro de Comunicaciones, según lo pre- visto en el artículo 144º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomu- nicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determi- nado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio, señalan que para obtener au- torización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompa- ñar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la au- torización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una dura- ción de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación auto- rizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspon- diente aprobación del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 300-2002-MTC/ 15.19.03.2 y 395-2002-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, respectivamente, señalan que la solicitud formu- lada por la empresa RADIODIFUSORA MANÁ E.I.R.L., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autori- zación y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa RADIODIFU- SORA MANÁ E.I.R.L., autorización y permiso de