Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2002 (22/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de diciembre de 2002
S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. 42,820.00 133,921.30 102,136.64 315,825.45 294,877.33 44,760.34 934,347.06 234,600.00

3. Comunicar la presente Resolucion Rectoral a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General (e) 22740 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 1323 MORDAZA, 9 de diciembre de 2002 Visto el Oficio Nº 331-OCL-2002-ABAST del Jefe (e) de la Oficina Central de Logistica quien solicita ampliacion de situacion de urgencia en la obra "Proyecto Piloto de Vivienda Martinete"; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Rectoral Nº 0699, de fecha 28 de junio del 2002, se declaro en situacion de urgencia, por el lapso de 150 dias, las adquisiciones de bienes y servicios para la ejecucion de la obra "Proyecto Piloto de Vivienda Martinete", en cumplimiento al Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre el Banco de Materiales S.A.C., el Viceministerio de Vivienda y Construccion y esta MORDAZA de Estudios; Que en el Informe Tecnico Nº 217-OIU-OCI-UNI se sustenta la urgente necesidad de efectuar las contrataciones de bienes y servicios, toda vez que comprometen en forma directa e inminente la culminacion de la obra MORDAZA mencionada, la misma que ha sido declarada de urgente necesidad para el Estado Peruano, al permitir facilitar el acceso a la vivienda a los sectores sociales de menores recursos economicos, de acuerdo con el Plan Nacional de Vivienda; Que para dicha obra se requiere adquirir materiales y contratar servicios por mantos que harian necesaria la convocatoria de Licitaciones o Concursos Publicos, los que por sus mecanismos necesitarian de plazos no menores de 30 dias; Que el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que estan exonerados de los procesos de seleccion, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declarada conforme a Ley; Que asimismo, de conformidad con el Articulo 21º de la acotada MORDAZA, se considera en situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio comprometen en forma directa e inminente, la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado precisa que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de menor cuantia, y todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del senalado articulo; Teniendose en cuenta el Informe Legal Nº 279-2002CGI/OCO-UNI/A.L. de la Oficina Central de Infraestructura; y, De conformidad con el Art. 33º, Inc. b), de la Ley Universitaria Nº 23733, concordante con el Art. 52º, Inc. c), del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: 1. Ampliar la Situacion de Urgencia, aprobada por Resolucion Rectoral Nº 0699 de fecha 28 de junio del 2002, por el lapso de treinta (30) dias calendario, para la adquisicion de bienes y servicios para la culminacion de la obra: "Proyecto Piloto de Vivienda Martinete", y que a continuacion se detallan:

Uniformes Agregados Maquinarias Material electrico y sanitario MORDAZA Cemento Total: Fabricacion e instalacion de escaleras metalicas Suministro, fabricacion y colocacion de ventanas de aluminio Instalaciones electricas Instalaciones sanitarias Colocacion y habilitacion de MORDAZA Encofrado y desencofrado de losas Total: TOTAL FINAL:

S/. 216,690.60 S/. 149,155.51 S/. 204,790.68 S/. 90,998.39 S/. 18,666.28 S/. 1,077,681.37 S/. 2,012,028.43

2. Autorizar la exoneracion de los procesos de seleccion contemplados en el Texto Unico Ordenado de la Ley, articulo 19º, inciso c), de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. Autorizar a la Oficina Central de Infraestructura de esta Universidad para que a traves de su Area de Logistica y Comite Especial designado por Resolucion Rectoral Nº 0540, de fecha 24 de MORDAZA del 2002, procedan a la adquisicion y/o contratacion de bienes y servicios por el monto referencial de S/. 2,012,028.43 mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, con cargo a los recursos provenientes del Contrato celebrado con el Banco de Materiales S.A.C. 4. Comunicar la presente Resolucion Rectoral a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General (e) 22741

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUNAT
Excluyen contribuyentes del Directorio de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 180-2002/SUNAT MORDAZA, 20 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que el articulo 88º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias senala que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que asimismo, el articulo 29º del Codigo MORDAZA referido establece que el pago se efectuara en la forma que senala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de estos, la Resolucion de la Administracion Tributaria, especificando asimismo que el lugar de pago sera aquel que senale la Administracion Tributaria mediante Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que de otro lado, segun el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y modificatorias, los deudores tributarios considerados Medianos y Pequenos Contribuyentes, efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las instituciones bancarias autorizadas, en efectivo o mediante cheque; Que es de interes fiscal excluir algunos contribuyentes del Directorio de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes;

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