Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2002 (13/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 215603 NORMAS LEGALES Lima , domingo 13 de enero de 2002 cederá al traslado de los asientos de inscripción respecti- vos, a la partida registral que para el CAFAE del organis- mo correspondiente debe abrirse en el libro de Comités de los Fondos de Asistencia y Estímulo. Asimismo, se proce- derá al cierre de la partida primigenia, extendiéndose ano- taciones de correlación en ambas partidas. 5.10. De los subCAFAE Las normas contenidas en los numerales precedentes, son de aplicación para la inscripción de los SubCAFAE a los que alude el Artículo 7º, literal b) del Decreto Supremo Nº 006-75-INAP . 6. RESPONSABILIDAD Son responsables del cumplimiento de la presente di- rectiva, los jefes de los órganos desconcentrados y los re- gistradores. 0586 GOBIERNOS LO CALES MUNICIPALIDAD DE ATE Dan por cumpl idas obras de habi lita- ción urbana de terreno ubi cado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0040 Ate, 9 de enero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; el Expediente Nº 12556-01 seguido por la ASO- CIACION PRO VIVIENDA PORVENIR VITARTE, en el que solicita la Recepción Final de las Obras de Habilitación Urbana que fueron consideradas de tipo progresivo por la Municipalidad de Lima Metropolitana, del terreno de 44,780.00 m² de propiedad de la ASOCIACION PRO VI- VIENDA PORVENIR VITARTE, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la recurrente acredita su Personería Jurídica ac- tualizada según partida Nº 03024315 de fecha 11-10-2001, por consiguiente está acreditando su derecho peticionario; Que, se ha comprobado que mediante Resolución Nº 126-93-MLM/SMDU-DMDU del 13-7-93, otorgado por la Municipalidad de Lima Metropolitana, se recepcionaron las Obras de Habilitación Urbana de propiedad de la Asocia- ción, estableciéndose en la parte final del Art. 3º que con- sidera del tipo progresivo para cumplir con la pavimenta- ción de las calzadas, veredas, rampa de minusválidos, or- namentación de parques en un plazo de 10 años; Que, por inspección ocular efectuada por el personal de la Unidad Técnica de Habilitaciones Urbanas, se ha comprobado la finalización de la pavimentación de calza- da y que la ejecución y entrega de las obras lo efectuó el personal del Ejército por intermedio de la Cía. de Acción Cívica con fecha 11 de setiembre de 1998, donde participó la Municipalidad de Ate, representado por la Dirección de Acondicionamiento Territorial; así mismo el parque está debidamente terminado y cercado; Que, el saldo pendiente de algunas veredas y rampas han sido debidamente notificados a los propietarios de los lotes para su ejecución, conforme a la relación adjuntada por el Presidente de la Asociación que corre a fojas 54 de fecha 10 de diciembre del 2001; Que, con Informe Técnico Nº 063-01-UTHU-SDA- CRyHU-DGU/MDA, procedente de la Unidad Técnica de Habilitaciones Urbanas, Subdirección de Autorizaciones, Certificaciones, Registros y Habilitaciones Urbanas, Direc- ción de Gestión Urbana procede lo solicitado, no conside- rado necesario la aprobación de un nuevo plano de replan- teo ya que el que fue otorgado por la Municipalidad de Lima Metropolitana se encuentra inscrito en Registros Públicos según consta en la Ficha Registral Nº 77912; Que, la propiedad ha cumplido con cancelar los dere- chos que el trámite general mediante orden de pago Nº 0159 del 3-9-01 por un monto de S/. 160.00 Nuevos Soles; Que estando a lo solicitado por el recurrente y a lo esta- blecido por el Reglamento Nacional de Construcciones, Ley Nº 26878 y su Reglamento y en uso de las facultades confe- ridas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853, Artículo 3º de la Ley Nº 26878 modificado por la Ley Nº 27135; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESE, por cumplido por la Asociación Pro Vi- vienda Porvenir Vitarte las obras de Habilitaciones Urbanas que fueran declaradas y recepcionadas del tipo progresivo, en el terreno de 44,780.00 m² por la Municipalidad de Lima Metropo- litana con Resolución Nº 126-93 - MLM/SMDU - DMDU- del 13- 7-1993 dejando expresa constancia que no se aprueba ningún plano ya que, el que formó parte de la Resolución Provincial signado con el Nº 105-93 MLM/DGO-DHU se halla debidamente inscrito e independizado en los Registros Públicos. Artículo 2º.- PASE, a la Subdirección de Planificación Urbana, Obras Públicas y Catastro para los fines de su competencia. Artículo 3º.- QUE, la presente Resolución será trans- crita a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su cono- cimiento que se calificó con las obras del tipo progresivo. Artículo 4º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de la parte interesada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 0773 MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan vi genci a de benefi ci os tributarios otorgados m edi ante la Or- denanza Nº 030-2001-C/MC ORDENANZA Nº 031-2001-C/MC Comas, 26 de diciembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIP ALIDAD DISTRITAL DE COMAS EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA; Y , CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 381-2001-OA T/MC y ampliato- ria Nº 386-2001-OA T/MC la Oficina de Administración Tributa- ria, eleva al pleno la exposición de la recaudación de los ingre- sos en el mes de diciembre del 2001, al haber tenido gran acogida en los contribuyentes deudores que han cancelado sus deudas tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios. Razón por la cual se solicita ampliación de fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 030-2001-C/MC hasta el 29.12.2001; Que, de conformidad con el Artículo 10º incisos 3) y 4) de la Ley Nº 23853 "Orgánica de Municipalidades", y el Artículo 41º del Código Tributario, los gobiernos locales, administrando sus bienes y rentas, pueden disponer la con- donación de intereses moratorios y sanciones respecto a tributos que administran, mediante Ordenanzas; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 36º, 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, concordante con el Texto Unico Ordenado del Código Tributa- rio aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF , el Pleno del Concejo por M AYORIA aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Primero.- PRORROGAR la vigencia de los Beneficios Tributarios otorgados en la Ordenanza Nº 30-2001-C/MC, hasta el día 30 de diciembre del 2001, con excepción de lo referido al Sorteo de Navidad. Segundo.- Encargar a la Oficina de Administración Tri- butaria, Oficina de Administración y Finanzas, Dirección de Saneamiento Ambiental y la Unidad de Comunicación Mu- nicipal, la aplicación, implementación y difusión, según les corresponda de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarto.- Dispensar de la lectura del Acta para el inme- diato cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 0775