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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2002 (13/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 215617 NORMAS LEGALES Lima , domingo 13 de enero de 2002 cuarenta y cinco (45) días para remitir a OSITRAN sus co- mentarios, observaciones o aportes. La Audiencia Pública se llevará a cabo con posterioridad al vencimiento del plazo de recepción de los comentarios, ob-servaciones o aportes de los interesados. En dicha AudienciaPública, se expondrá la Metodología, estudios, informes, y otroselementos que hayan servido de base para la elaboración delInforme de la Gerencia de Estudios Económicos. En caso de que se produzca una variación en la metodolo- gía utilizada, ello deberá ser informado y sustentado en la referida Audiencia Pública, así como en la Exposición deMotivos de la resolución tarifaria correspondiente. 8.4. Aprobación de la propuesta de fijación o revisión del precio regulado Una vez que hayan sido debidamente evaluados y procesa- dos los comentarios, observaciones o aportes de los intere-sados, la Gerencia de Estudios Económicos, en un plazo dequince (15) días, presentará ante la Gerencia General el In-forme que establezca el precio regulado materia de fijación o revisión, así como el proyecto normativo correspondiente. En un plazo de diez (10) días, la Gerencia General evalua- rá y aprobará el referido informe, y lo someterá a conside-ración del Consejo Directivo. El Consejo Directivo contará con un plazo de treinta (30) días para aprobar el Informe de la Gerencia de Estudios Econó-micos y emitir la correspondiente Resolución tarifaria.Artículo 9º.- Recursos Los Reglamentos y Normas de carácter general referidos a sistemas tarifarios o regulatorios, incluyendo las normas ge-nerales para su aplicación, emitidos en ejercicio de la funciónreguladora y normativa de OSITRAN, se sujetan a lo dispues-to por el Numeral 5 del Artículo 200º de la Constitución Políti-ca del Perú, así como por lo dispuesto por la Ley Procesal dela Acción Popular, aprobada por Ley Nº 24968. Título III Disposiciones Finales Primera.- En materia de fijación y revisión de los precios regulados a que se refiere el Artículo 1º, el presente procedi-miento es de aplicación en cuanto no se oponga a lo especí-ficamente establecido en los contratos de concesión de in-fraestructura de transporte de uso público celebrados conanterioridad a la publicación del presente procedimiento. Segunda.- La referencia a “días” en el presente procedi- miento, se entenderá referida a días calendario. Tercera.- El Consejo Directivo de OSITRAN puede declarar expresamente la confidencialidad de determinada informacióna que hace referencia el Artículo 5º del Decreto Supremo. Cuarta.- Autorícese al Presidente del Consejo Directivo de OSITRAN, para que dentro del marco de lo dispuesto en elpresente procedimiento, y con cargo a dar cuenta al Con-sejo Directivo, dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para su cumplimiento. ANEXO Nº 1 DIAGRAMA DE PROCEDIMIENTOS: FIJACION Y REVISION DE PRECIOS REGULADOS (Ref. D.S. Nº 124-2001-PCM) Lineamientos final PROYECTO