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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2002 (13/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 215616 NORMAS LEGALES Lima , domingo 13 de enero de 2002 gicos que sirvan de base para el ejercicio de la función re- guladora que ostenta el organismo de acuerdo a ley. Con el fin de garantizar la mayor transparencia en el procedi- miento de fijación y revisión de los precios regulados, OSI-TRAN formulará los Lineamientos Metodológicos que serándifundidos en la página web del organismo, con la finalidad deque los interesados, puedan presentar ante OSITRAN los co-mentarios, observaciones o aportes correspondientes. 5.1. Formulación de los Lineamientos Metodológicos La Gerencia de Estudios Económicos de OSITRAN elaborará la propuesta de Lineamientos Metodológicos, de manera previa ala fijación y revisión de los precios regulados de OSITRAN. Di- cha propuesta será materia de evaluación por parte de la Ge- rencia General, quien luego de aprobarla la someterá a la consi-deración del Consejo Directivo de OSITRAN, con el fin de queéste pueda otorgar su aprobación y autorizar su difusión. La difusión de la propuesta de Lineamientos Metodológi- cos comprenderá la realización de talleres de trabajo o Au-diencias Públicas dirigidas a permitir la participación de losagentes económicos vinculados a la infraestructura de trans-porte de uso público. De conformidad con lo que señala el Artículo 26º del Re- glamento General de OSITRAN, los comentarios, observa-ciones o aportes a los que se refiere el numeral 5.1. delpresente procedimiento, no tendrán carácter vinculante, nidarán lugar al inicio de un procedimiento administrativo. 5.2. Aprobación de los Lineamientos Metodológicos Una vez que hayan sido debidamente evaluados y proce- sados los comentarios, observaciones o aportes de los in-teresados, la Gerencia de Estudios Económicos presenta-rá ante la Gerencia General la propuesta final de Linea-mientos Metodológicos, quien luego de evaluarla y apro-barla, la someterá a consideración del Consejo Directivo. Una vez aprobados los Lineamientos Metodológicos, el Consejo Directivo de OSITRAN autorizará la difusión de losmismos en la página web institucional. En concordancia con lo que establece el Artículo 5º del De- creto Supremo, OSITRAN permitirá a los interesados, el ac-ceso a los informes, estudios u otros documentos que hayanservido de base para aprobar los referidos Lineamientos. Artículo 6º.- Procedimiento de Fijación y Revisión de los precios regulados de OSITRAN El procedimiento de Fijación y Revisión de los precios re- gulados de OSITRAN se inicia de oficio o a pedido de lasEntidades Prestadoras bajo su ámbito de competencia, conrelación a los servicios prestados por éstas. Artículo 7º.- Procedimiento de Oficio 7.1. Formulación de la propuesta de fijación o revisión de los precios regulados A solicitud del Consejo Directivo de OSITRAN, la Gerencia General encargará a la Gerencia de Estudios Económicosque formule la metodología y propuesta de fijación o revisiónde los precios regulados a que se refiere el Artículo 1º delpresente procedimiento, incluyendo el proyecto normativocorrespondiente. Dicha propuesta se elaborará en el marcode lo dispuesto por los Lineamientos Metodológicos. Para los fines a que se contrae el párrafo precedente, la Gerencia de Estudios Económicos contará con un plazo de sesenta (60)días, prorrogables por única vez a treinta (30) días adicionales. Por iniciativa propia o previa solicitud de los demás órganos funcionales vinculados al ejercicio de la función reguladora,la Gerencia General podrá someter de manera sustentada,a consideración del Consejo Directivo de OSITRAN, la con-veniencia de que se fije o revise los precios regulados. La Gerencia General contará con un plazo de diez (10) días para evaluar y aprobar la propuesta elaborada por la Gerenciade Estudios Económicos, con el fin de someterla a considera- ción del Consejo Directivo, quien aprobará su publicación en el Diario Oficial El Peruano. En dicha publicación se incluirá la fe-cha en la que se llevará a cabo la Audiencia Pública a la que serefiere el Artículo 9º del Decreto Supremo. Así mismo, el Conse-jo Directivo dispondrá la difusión de la propuesta de fijación orevisión de los precios regulados en la página web institucional.Para los fines a que se refiere el párrafo precedente, el Consejo Directivo contará con un plazo de treinta (30) días.Del mismo modo, los interesados contarán con un plazo decuarenta y cinco (45) días para remitir a OSITRAN sus co-mentarios, observaciones o aportes. La Audiencia Pública se llevará a cabo con posterioridad al vencimiento del plazo de recepción de los comentarios, ob-servaciones o aportes de los interesados. En dicha AudienciaPública, se expondrá la Metodología, estudios, informes, y otroselementos que hayan servido de base para la elaboración de la propuesta de fijación o revisión de los precios regulados. En caso que se produzca una variación en la metodología utilizada, ello deberá ser informado y sustentado en la refe-rida Audiencia Pública, así como en la Exposición de Moti-vos de la resolución tarifaria correspondiente. 7.2. Aprobación de la propuesta de fijación o revisión del precio regulado Una vez que hayan sido debidamente evaluados y procesa- dos los comentarios, observaciones o aportes de los intere- sados, la Gerencia de Estudios Económicos presentará antela Gerencia General, en un plazo de quince (15) días, la meto-dología y propuesta final de fijación o revisión del precio regu-lado, así como el proyecto normativo correspondiente. En un plazo de diez (10) días, la Gerencia General evalua- rá y aprobará la propuesta final que establezca el precioregulado materia de fijación o revisión, luego de lo cual lasometerá a la aprobación del Consejo Directivo. El Consejo Directivo contará con un plazo de treinta (30) días para aprobar la referida propuesta final y emitir la Re-solución tarifaria correspondiente. Artículo 8º.- Procedimiento a solicitud de las Entida- des Prestadoras 8.1. Solicitud de la Entidad Prestadora La solicitud de fijación o revisión de los precios regulados a que se refiere el Artículo 1º del presente procedimiento, comprende la metodología y estudios sustentatorios quesirven de base a la propuesta de fijación o revisión del pre-cio regulado solicitada por la Entidad Prestadora. Dichasolicitud se presenta en cumplimiento de lo dispuesto porlos Lineamientos Metodológicos aprobados por OSITRAN. 8.2. Análisis de Procedencia de la solicitudUna vez admitida a trámite la referida solicitud, la Gerencia Le- gal realizará el análisis de procedencia correspondiente en un plazo de veinte (20) días, con el fin de presentar el informe y el proyecto normativo correspondiente, ante la Gerencia General. La Gerencia General contará con un plazo de diez (10) días para evaluar y aprobar el referido informe, con el fin de so-meterlo a consideración del Consejo Directivo. El Consejo Directivo contará con un plazo de treinta (30) días para emitir la Resolución que declara la procedencia oimprocedencia de la referida solicitud, la misma que será publicada en el Diario Oficial El Peruano. En el caso que el Consejo Directivo declare procedente la solicitud, autoriza-rá la difusión de la misma en la página web institucional. 8.3. Evaluación de la solicitud de la Entidad PrestadoraPor encargo de la Gerencia General, la Gerencia de Estu- dios Económicos contará con un plazo de sesenta (60) díaspara evaluar la metodología y propuesta de fijación o revi-sión del precio regulado a que se refiere la solicitud de laEntidad Prestadora, con el fin de presentar ante la GerenciaGeneral el Informe y proyecto normativo correspondiente. En un plazo de diez (10) días, la Gerencia General evaluará y aprobará el referido informe y lo someterá a consideración delConsejo Directivo, quien aprobará su publicación en el DiarioOficial El Peruano. En dicha publicación, se incluirá la fechaen la que se llevará a cabo la Audiencia Pública a la que serefiere el Artículo 9º del Decreto Supremo. Así mismo, el Con-sejo Directivo dispondrá la difusión del Informe de la Gerenciade Estudios Económicos en la página web institucional. Para los fines a que se refiere el párrafo precedente, el Consejo Directivo contará con un plazo de treinta (30) días. Del mismo modo, los interesados contarán con un plazo dePROYECTO