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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2002 (17/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

Pág. 215857 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de enero de 2002 -31 de marzo -30 de setiembre -30 de abril - 31 de octubre -31 de mayo - 30 de noviembre -30 de junio - 31 de diciembre Artículo Tercero.- Otorgar un “PREMIO POR PUNTUA- LIDAD” en el distrito de Magdalena del Mar, de la siguiente manera: a) Los contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones tributarias hasta el 31 de diciembre del 2001 y cancelen al contado el total del Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Sere- nazgo del año 2002, tendrán un beneficio de reducción del 25% (veinticinco por ciento) del monto insoluto de dichos Arbitrios Municipales por pronto pago. b) Los contribuyentes que cancelen al contado el total de impuesto predial del año 2002 y las doce (12) cuotas de los Arbitrios Municipales tendrán una reducción del 15% del monto insoluto de los arbitrios del 2002. c) Los contribuyentes que cancelen mensualmente en forma puntual sus Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo), tendrán una reducción del 10% del insoluto de los Arbitrios Municipales corres- pondientes al ejercicio 2002. Si dejan de cancelar cual- quier mes perderán automáticamente el beneficio. Artículo Cuarto.- Los beneficios otorgados en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza no serán acumulables. Artículo Quinto.- Encárguese a la Dirección de Ren- tas y la Unidad de Informática el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 0981 Establecen régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques, Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2002 ORDENANZA Nº 100-MDMM Magdalena del Mar, 14 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Extraordinaria de la fecha, adoptó por MAYORIA, con dis- pensa del trámite de aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 041-MDMM, se estable- ció el régimen tributario aplicable a los Arbitrios de Limpie- za Pública, Parques y Jardines para el ejercicio 2000, la que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 071 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que mediante Ordenanza Nº 065-MDMM, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 041-MDMM para el ejercicio fis- cal 2001, la misma que fue ratificada por el Acuerdo de Con- cejo Nº 044-MLM de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza Nº 064-MDMM, se aprobó el régimen Tributario, del Arbitrio de Serenazgo para el ejer- cicio 2001, la que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 076-MLM de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, las citadas Ordenanzas establecen los montos a co- brar para el ejercicio fiscal 2001 de conformidad con lo precisa- do por el Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributación Municipal y su modificatoria, la Ley Nº 26725 así como los criterios para la determinación de las tasas o los im- portes fijos de los Arbitrios que resulten aplicables al ejercicio; Que, teniendo en cuenta la recesión económica por la que atraviesa nuestro país y por ende los vecinos y contribu- yentes de la Municipalidad de Magdalena del Mar, se ha estimado conveniente aplicar el mismo régimen utilizado durante el ejercicio fiscal 2001; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por los Artículos 36º y 109º, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo, aprobó la siguiente:ORDENANZA SOBRE APLICACIÓN DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO CORRESPONDIENTE A LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2002 Artículo Primero.- Aplíquese para el ejercicio 2002 las disposiciones establecidas en las Ordenanzas Nºs. 041- MDMM, 064-MDMM y Nº 065-MDMM que regulan el régi- men tributario correspondiente a los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2001. Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 041-MDMM a partir del ejercicio fiscal 2002, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera. Artículo 8º.- Se encuentran inafectos al pago de Arbi- trios Municipales, los predios de propiedad de: a)Gobiernos Locales. b)Gobiernos extranjeros y Organismos Internaciona- les Oficiales, siempre que el predio se destine a residencia de sus representantes diplomáticos o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o con- sulados. c)Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, siempre que el predio se destine a sus fines específicos. d)Las entidades religiosas, siempre que se destinen a templos. e)Policía Nacional y FF.AA, destinados a comisarias y cuarteles. Artículo Tercero.- Cuando en las Ordenanzas aco- tadas se haga referencia a la Unidad Impositiva Tributa- ria, se entenderá que es aquella vigente al 1 de Enero del año 2002. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su ratificación por el Concejo Metropolitano de Lima. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 0982 Amplían zonas de parqueo vehicular en el distrito ORDENANZA Nº 101-MDMM Magdalena del Mar, 14 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MADGALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria de la fecha, adoptó por MAYORIA con dis- pensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el inciso d) del Artículo 68º de la Ley de Tributación Municipal, De- creto Legislativo Nº 776 la Municipalidad de Magdalena del Mar emite Ordenanza Nº 50-MDMM que regula el Parqueo Vehicular en la jurisdicción y cuya norma fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 066-MLM de la Mu- nicipalidad Metropolitana de Lima, existiendo el informe Nº 003-02-DR-MDMM de la Dirección de Rentas median- te el cual solicita ampliación de las zonas de parqueo vehicular. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por los Artículos 36º y 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853; aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LAS ZONAS DE PARQUEO VEHICULAR. Artículo Primero.- Amplíese las zonas de Parqueo Ve- hicular en el distrito de Magdalena del Mar, de acuerdo a lo establecido por la Dirección Municipal de Transporte Urba- no de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ofi- cio Nº 1175-01-MML-DMTU-GLTO-DSZ, conforme se de- talla a continuación: