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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2002 (17/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 58

Pág. 215852 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de enero de 2002 Artículo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo las siguientes: a) Emitir opinión con carácter ilustrativo, en todos los asuntos que le sean solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Jefe de la Oficina Registral Grau, o del Presidente del Tribunal Registral del Norte, como Organismo Técnico Consultor de Apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la función registral. c) Proyectar y/o emitir opinión cuando así se le solicite, sobre la normatividad que debe dictar la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, a fin de hacer más efi- ciente la función registral. d) Proponer al Superintendente Nacional la expedición de las directivas que estime conveniente para el mejor fun- cionamiento de los Registros. e) Regir sus actos conforme a las presentes normas y aquellas que para su funcionamiento apruebe la SUNARP. f) Las demás que le asigne el Superintendente Nacio- nal de los Registros Públicos. Artículo 5º.- El Gerente Técnico Registral de la Oficina Registral Grau actuará como Secretario Técnico del Con- sejo Consultivo. Artículo 6º.- El Consejo Consultivo designará, mediante elección de sus integrantes, a su Presidente y su Vicepre- sidente. La participación de sus miembros es ad honorem. Artículo 7º.- El Consejo Consultivo sesionará en cual- quier momento a pedido de su Presidente, del Superinten- dente Nacional, del Jefe de la Oficina Registral o de la mayoría de sus integrantes. El quórum para las reuniones será de la mitad más uno de sus miembros. Copia de las actas, acuerdos y/o propuestas deberán ser remitidos a la Superintendencia Nacional. Artículo 8º.- La Oficina Registral Grau, prestará el apo- yo técnico y logístico necesario para el funcionamiento del Consejo Consultivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1065 SUNAT Precisan nombre de funcionaria designada mediante la Res. Nº 024- 2001/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 003-2002/SUNAT Lima, 16 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 024-2001/SUNAT se designó a la señora Nelly Del Águila Sánchez en el cargo de Intendente Nacional de la Inten- dencia Nacional de Principales Contribuyentes, ratificán- dosele en ese cargo mediante Resolución de Superinten- dencia Nº 099-2001/SUNAT; Que resulta pertinente precisar el nombre completo de la referida funcionaria; En uso de las facultades conferidas en los incisos e) y m) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resoluciones de Su- perintendencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar lo establecido en el Artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº 024-2001/SU- NAT y en la Resolución de Superintendencia Nº 099-2001/ SUNAT, indicando que la funcionaria a la que ambas nor- mas se refieren es la señora Nelly Natividad Del Águila Sánchez.Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 1068 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Prorrogan plazo para pago y presenta- ción de la declaración jurada del Im- puesto a los Juegos de Máquinas Tra- gamonedas correspondiente al período de diciembre del año 2001 SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 009-2002-SAT-MML Lima, 15 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27616, Ley que restituye recur- sos a los Gobiernos Locales, se confirió la administración del Impuesto a los Juegos de Máquinas Tragamonedas a las Municipalidades Provinciales; Que, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, crea- do mediante Edicto Nº 225, es el órgano encargado de la administración de los tributos de la Municipalidad Metropo- litana de Lima; Que, es necesario implementar las medidas que per- mitan al sujeto del Impuesto a los Juegos de Máquinas Tra- gamonedas cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que resulta conveniente prorrogar el vencimiento del plazo de pago y presentación de la declaración jurada corres- pondiente al período de diciembre del año 2001; Que, el Artículo 29 del Texto Unico Ordenado del Códi- go Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, asimismo resulta necesario aprobar el formulario que será utilizado por los sujetos del Impuesto para el cum- plimiento de sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por el inciso d) del Artículo 6º del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorróguese con carácter general hasta el 25 de enero de 2002 el pago y la presentación de la declara- ción jurada del Impuesto a los Juegos de Máquinas Traga- monedas correspondiente al período de diciembre del año 2001, sin el cobro de intereses por el lapso de la prórroga. Artículo 2º.- El pago y la presentación de la declara- ción jurada del Impuesto a los Juegos de Máquinas Traga- monedas de los períodos anteriores al de diciembre del año 2001 que se realicen hasta el vencimiento del plazo mencionado en el artículo anterior, se harán efectivos úni- camente en el Departamento de Servicios al Contribuyen- te del Servicio de Administración Tributaria - SAT y estarán sujetos al interés establecido en el Artículo 33º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario. Artículo 3º.- Apruébese el formulario denominado "De- claración Jurada del Impuesto a los Juegos de Máquinas Tragamonedas" que será utilizado por los sujetos del Im- puesto para el cumplimiento de sus obligaciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARIST A ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria Municipalidad Metropolitana de Lima