Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2002 (24/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de enero de 2002

Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 0238, en lo que se refiere a su estado civil de MORDAZA, de acuerdo con la Partida de Defuncion expedida por el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 07545331; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 331-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 0238, de fecha 19 de marzo de 1979, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA Carreno MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 1710 RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2002-ED MORDAZA, 23 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 54494-2001 y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1272, del 31 de diciembre de 1969, se expidio cedula de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Flores; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Marinkovic, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 1272 en lo que se refiere adicionar el apellido de Estado Civil de casada, segun la MORDAZA certificada de Matrimonio expedida por el Concejo Distrital de Talavera de donde se desprende que contrajo matrimonio con don Gejko Marinkovic Zelykovic; y, de acuerdo a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 06533822; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los registros de estado civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la citada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identifi-

cacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 314-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1272, del 31 de diciembre de 1969, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Marinkovic, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 1711

Autorizan contratacion de servicios de impresion de fichas opticas y de soporte tecnico de equipos informaticos mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-A-2002-ED MORDAZA, 11 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Sexta Disposicion Complementaria y Final del Reglamento del Concurso Publico para Nombramiento en Plazas Docentes, aprobado por Decreto Supremo Nº 0652001-ED, establecio que mediante Resolucion Ministerial se convocara a Concurso Publico para nombramiento en los cargos vacantes directivos y jerarquicos de centros y programas educativos estatales, disponiendose la evaluacion para ratificacion del personal directivo y jerarquico que desempena cargos en la condicion de titular por mas de cinco anos; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2002-ED se amplio hasta el 15 de enero de 2002 el plazo establecido en la precitada disposicion, para la conclusion de los procesos de nombramiento y ratificacion de personal directivo y jerarquico de los centros y programas educativos estatales; Que, el Presidente de la Comision Nacional del Concurso Publico emite Informe Tecnico, en el cual se senalan los hechos que sustentan tecnicamente que la ausencia de la contratacion de los servicios de impresion de las fichas opticas y de soporte tecnico del software y hardware comprometen en forma directa e inminente el desarrollo del examen del Concurso Publico para el MORDAZA de Nombramiento del Personal Directivo y Jerarquico, el cual debe culminar en el plazo referido en el considerando precedente, determinandose en consecuencia la procedencia tecnica de la exoneracion de la contratacion de dichos servicios; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que

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