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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2002 (25/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 216362 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de enero de 2002 los mercados monetarios, financieros y de productos, brindado por la empresa Reuters Limited, indispensable para ciertas áreas de esta Comisión Nacional; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son ser- vicios personalísimos los contratos de locación de servi- cios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia arte u oficio; Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Artí- culo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalísimos están exonerados de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa que les correspondan, procediendo su contratación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía, de acuerdo a lo dispuesto por el Artí- culo 20º de la citada norma; Que, mediante el Informe Conjunto Nº 001-2002-EF/ 94.45/94.60 de las Gerencias de Mercados y Emisores y de Investigación y Desarrollo, se ha determinado que la empresa Reuters Limited reúne las características reque- ridas para la realización del servicio a contratarse, en ra- zón de que proporciona las noticias de relevancia en idio- ma español, asimismo el servicio Reuters se caracteriza por tener una mayor cobertura respecto a los hechos rele- vantes ocurridos en la región dado que cuenta con ofici- nas editoriales en las principales ciudades de los merca- dos más importantes de la región, tales como Buenos Ai- res, Bogotá, Brasilia, Lima, Río de Janeiro, Santiago, Sao Paulo y Ciudad de México, lo que permite que las noticias proporcionadas no sean descriptivas únicamente, sino que incorporan un análisis de sus implicancias para el país de origen o la región, aspecto muy importante en el desem- peño de las funciones de ambas áreas; asimismo mani- fiestan que el servicio brindado por Reuters se constituye en una herramienta de trabajo que contribuye a dar cumpli- miento a las diversas funciones asignadas, sobre todo aquellas vinculadas con el análisis constante del merca- do de valores en particular y la economía en general; ade- más se ha desarrollado una serie de formatos para actua- lizar y manipular la información numérica y de noticias de una manera fácil y al alcance de todos, alguna parte de la información que se actualiza de forma permanente como los Principales Indicadores de los Mercados (Inlat) y las Noticias de Reuters, pueden ser consultados por todo el personal de la institución en la sección de Intranet. Por estas razones, la presente contratación puede calificarse como de un servicio personalísimo, siendo aplicable la causal de exoneración prevista en el literal h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así como a lo acordado por el Directo- rio en sesión de fecha 21 de enero de 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública, para la contratación de los servicios referidos en la parte considerativa de la pre- sente resolución, hasta por un monto de US $ 61 596 (Sesenta y un Mil Quinientos Noventiséis y 00/100 Dóla- res Americanos) incluido el Impuesto General a las Ven- tas, por un plazo de 24 meses. Consecuentemente, au- torícese la contratación con la empresa Reuters Limited del servicio personalísimo requerido, mediante un pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo que se remita copia de la presente Resolución y de los Infor- mes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calen-dario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 1620 FONAFE Designan miembros del Directorio de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A. ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 001-2002/001-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y nor- mas modificatorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empre- sa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por los señores Alfonso Brazzini Díaz Ufano y Robert Mc Do- nald Zapff al cargo de miembros del Directorio de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comer- cial S.A. - CORPAC S.A., y agradecidos los servicios pres- tados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 001-2002/001-FONAFE, de fecha 24 de enero de 2002, se designó a las siguien- tes personas como miembros del Directorio de la referi- da Empresa: - Sr. Leoncio Delgado Aguirre - Sr. René Cornejo Díaz 1789 Designan miembros del Directorio de la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. - EGESUR S.A. ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 002-2002/001-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y nor- mas modificatorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empre- sa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por los señores Salvador Linares Pérez, Juan Guillermo Ba- rrientos Díaz, Augusto Rivera Lázaro, José Estela Ramírez y Fernando de los Ríos Ortega al cargo de miembros del Directorio de la Empresa de Generación Eléctrica del Sur - EGESUR S.A., y agradecidos los servicios prestados a di- cha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 002-2002/001-FONAFE, de fecha 24 de enero de 2002, se designó a las siguientes personas como miembros del Directorio de la referida Empresa: - Sr. Jorge León Ballén - Presidente del Directorio - Sr. Rubén Germán Aquino Albino - Sr. Héctor Liendo Alcazar - Sr. Manuel Quiroga Carmona - Sr. Percy Rodríguez Olaechea 1790