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Pág. 216412 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 Que, el mencionado funcionario ha presentado renun- cia al cargo para el cual fue designado; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el CPC Adrián Alejandro Flores Konja al cargo de Inspector General del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1842 Otorgan autorización y permiso de instalación a persona natural para ope- rar estación del servicio de radiodifu- sión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1087-2001-MTC/15.03 Lima, 19 de diciembre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por don BRIAHAM PAUL ALVARADO HUAMAN, para que se le otorgue autorización para instalar y operar una estación del servicio de radiodi- fusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Cayaltí, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del ser- vicio de radiodifusión se requiere de autorización y permi- so otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servi- cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para ins- talar en un lugar determinado equipos de radiocomunica- ción; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autori- zación para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme- tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 830-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 1054-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for-mulada por don BRIAHAM PAUL ALVARADO HUAMAN cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la auto- rización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el TUPA del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don BRIAHAM PAUL ALVA- RADO HUAMAN, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de insta- lación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para instalar y operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el dis- trito de Cayaltí, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :93.7 MHz Indicativo :OAR-1C-FM Potencia :50 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta :Jr. Almirante Grau Nº 106, distrito de Cayaltí, provin- cia de Chiclayo, departa- mento de Lambayeque. Coordenadas: L.O. 79° 33' 34" L.S. 06° 53' 19" La operación de la referida estación de radiodifusión se efectuará, además de las características técnicas antes indicadas, de acuerdo a los siguientes parámetros técni- cos: a. La potencia radiada efectiva no mayor de 100 w. b. La altura del centro de radiación de la antena sobre el nivel promedio del terreno no debe ser mayor de 30 m. c. Conformar su patrón de radiación con NULL a la lo- calidad de Chiclayo, de manera que solamente sirva a la ciudad de Cayaltí. El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho pe- ríodo, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Don BRIAHAM PAUL ALVARADO HUA- MAN está obligado a instalar y operar el servicio de radiodi- fusión concedido acorde con la presente resolución, es- tando impedido de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autori- zación previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y com- plementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TAVARA MARTIN Viceministro de Comunicaciones 1754