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Pág. 216411 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 Autorizan viaje de funcionario de SER- POST S.A. a los EE.UU. para participar en reunión sobre procesos operativos y transporte postal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2002-MTC/15.03 Lima, 23 de enero de 2002 Vista, la Carta Nº 030-G/02 del Gerente General de la empresa Servicios Postales del Perú S.A. - SERPOST S.A.; CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal - UPAEP, ha cursado invita- ción a la empresa Servicios Postales del Perú S.A. para que participe en la Reunión de Evaluación Operativa, que se realizará en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 31 de enero al 1 de febrero de 2002; Que, la realización de dicho evento tiene en cuenta la importancia del flujo de correos entre los países de Latino- américa y los Estados Unidos de América, siendo su obje- tivo evaluar los procesos operativos y favorecer el inter- cambio de experiencias respecto a la problemática del transporte postal, desarrollando y proponiendo acciones que redunden en el mejoramiento del servicio; Que, el Directorio de SERPOST S.A. mediante Acuer- do Nº 147-2001 aprobó la participación en la mencionada Reunión del señor Raúl Fortunic Galindo, Gerente Postal de la mencionada empresa; Que, es interés de SERPOST S.A. la participación en tal evento, teniendo en cuenta las funciones de servicio postal que presta en el país, y en consideración a que se tratarán temas relacionados al mejoramiento del transporte postal; Que, la participación del funcionario mencionado será financiada por la UPAEP; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Raúl Fortunic Galindo, Gerente Postal de la empresa Servicios Postales del Perú S.A. - SERPOST S.A., a la ciudad de Miami, Esta- dos Unidos de América, durante los días 30 de enero al 1 de febrero de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1751 Declaran resuelto contrato de concesión suscrito con DASA S.R.L. para prestar servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 053-2002-MTC/15.03 Lima, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 374-2001- MTC/15.03 se otorgó a DASA S.R.L. concesión para la pres-tación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de difusión directa por satélite en el territorio de la República del Perú, suscribiéndose el respectivo contrato el 28 de agosto de 2001; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 655-2001- MTC/15.03 se asignó a la empresa espectro radioeléctrico para la prestación del servicio otorgado en concesión, se fijaron las metas de uso correspondientes y se aprobaron las características técnicas específicas; Que, el numeral 6.12 de la Cláusula Sexta del contrato de concesión suscrito con la empresa DASA S.R.L. esta- blece obligaciones sujetas a plazo, cuyo incumplimiento ocasiona la resolución de pleno derecho del contrato de concesión, siendo suficiente una comunicación escrita del MINISTERIO; Que, de la misma manera, la referida cláusula establece que en este caso no es de aplicación lo dispuesto en la cláusula 18.04 del presente Contrato, referida a casos en que el Ministerio podrá otorgar un plazo para subsanar el incumplimiento; Que, tampoco es de aplicación la cláusula décima quinta de dicho contrato de concesión pues ella establece expre- samente que la exoneración del cumplimiento de obliga- ciones debido a caso fortuito o fuerza mayor no se aplica al cumplimiento de la obligación establecida en el numeral 6.12 de la Cláusula Sexta del contrato; Que, el Artículo 135º del citado Reglamento establece que el contrato de concesión se resuelve, entre otros, por el incumplimiento de otras obligaciones contraídas por el concesionario cuando hayan sido expresamente conveni- das como causal de resolución del contrato, señalando que el procedimiento para hacer efectiva la resolución se esta- blecerá en el contrato de concesión; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situación mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Tele- comunicaciones según los términos de su Informe Nº 641- 2001-MTC/15.03.UECT señala que ha incumplido la obli- gación establecida en el numeral 6.12 de la cláusula sexta del contrato de concesión suscrito, y que en consecuencia el contrato suscrito ha quedado resuelto de pleno derecho; Que, en consecuencia, debe declararse resuelto el con- trato de concesión suscrito con la empresa DASA S.R.L.; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, el De- creto Supremo Nº 06-94-TCC y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar resuelto el contrato de con- cesión suscrito con la empresa DASA S.R.L. para la pres- tación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de difusión directa por satélite en el territorio de la República del Perú, en consecuencia dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 374-2001-MTC/ 15.03 y la Resolución Viceministerial Nº 655-2001-MTC/ 15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS VICENTE CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1753 Aceptan renuncia de Inspector General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2002-MTC/15.01 Lima, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 026-98-MTC se designó al CPC Adrián Alejandro Flores Konja en el cargo de Inspector General del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción;