Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2002 (07/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2002

Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 2570

PRES
Aprueban donaciones de modulos de produccion en mecanica automotriz y carpinteria metalica a favor de las Municipalidades Distritales de Pichanaki y Pangoa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2002-PRES
MORDAZA, 31 de enero de 2002 Visto el Memorandum Nº 649-2001/PRES-VMDR, del Viceministro de Desarrollo Regional y el Informe Tecnico Nº 003/2001-PRES-DDGM-MAQ-AMD, de la Direccion de Desarrollo y Gestion Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Presidencia es un Organismo Publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley Organica aprobada por Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738 y que mantiene entre sus funciones atender las necesidades de la poblacion, mediante el desarrollo de obras de infraestructura basica y programas sociales; Que, a traves de los Decretos de Urgencia Nº 111-96 y Nº 09-97 se autorizo al Ministerio de la Presidencia a adquirir maquinas y herramientas que permitan la creacion y transferencia de la tecnologia apropiada para contribuir al mejoramiento de los niveles de ingreso de la poblacion; Que, por Oficio Nº 0334-2001-MDP, el MORDAZA Distrital de Pichanaki, remitio al Director de la Direccion Desarrollo y Gestion Municipal los Proyectos para que el Ministerio de la Presidencia, previa evaluacion, otorgue en calidad de donacion, modulos de produccion en mecanica automotriz, carpinteria metalica e industria del calzado; con la finalidad de brindar capacitacion a los jovenes de la zona; Que, en tal sentido, la Direccion de Desarrollo y Gestion Municipal expidio el Informe Tecnico Nº 003/2001PRES-DDGM-MAQ-AMD, por el cual se pronuncian de modo favorable acerca de la procedencia para la aprobacion de la donacion de modulos de produccion en mecanica automotriz y carpinteria metalica; toda vez que se cumplieron los requisitos de infraestructura, tamano de local y MORDAZA potencial; Que, mediante el Memorandum Nº 746-01/PRES-OGAABAST, del Inventario Unificado de Maquinaria China, se establecio la existencia de los Modulos de Produccion referidos en el Informe Tecnico Nº 003/2001-PRES-DDGMMAQ-AMD; Con la opinion favorable de la Oficina de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de dos (2) Modulos de Produccion: Mecanica Automotriz y Carpinteria Metalica, valorizados en la suma de S/. 290 403,30 (Doscientos noventa mil cuatrocientos tres y 30/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; bienes que se encuentran debidamente detallados y valorizados en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Ministerio de la Presidencia MORDAZA de baja de sus registros patrimoniales y contables, los bienes a que se hace referencia en el Anexo 1 de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos fijados por Ley. Articulo 4º.- La entidad beneficiada asumira los gastos que demande el transporte e instalacion de los modulos de produccion materia de donacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

Autorizan el funcionamiento de centro de formacion y capacitacion de conciliadores con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 047-2002-JUS MORDAZA, 31 de enero de 2002 Vista la solicitud con Registro Nº 21243 de fecha 11 de setiembre de 2001, del COLEGIO DE PSICOLOGOS DEL PERU; CONSIDERANDO: Que el COLEGIO DE PSICOLOGOS DEL PERU, es una institucion sin fines de lucro que tiene entre sus finalidades realizar Cursos de Formacion y Capacitacion de Conciliadores Extrajudiciales; Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 43º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el Ministerio de Justicia puede autorizar a entidades de derecho publico o privado a capacitar conciliadores; Que el COLEGIO DE PSICOLOGOS DEL PERU ha solicitado autorizacion para el funcionamiento de su Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, con sede en la MORDAZA de Lima; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0163-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del COLEGIO DE PSICOLOGOS DEL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa los alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificado por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento del CENTRO DE FORMACION Y CAPACITACION DE CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES DEL COLEGIO DE PSICOLOGOS DEL PERU, como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Para la realizacion de los Cursos de Formacion y Capacitacion de Conciliadores Extrajudiciales, el Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores autorizado por la presente Resolucion, debera solicitar y obtener, en cada oportunidad, la autorizacion de la autoridad competente del Ministerio de Justicia, quien previamente a su otorgamiento verificara que los Cursos cumplan con todos los requisitos legales y reglamentarios Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 2571

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